Municipalidad Provincial de Chincha
ORDENANZA N° 007- 2019-A/MPCH
Chincha Alta, 30 de Abril de 2019
VISTO: el Informe N° 00-2019 GM/MPCH de fecha de Abril de
2019, del Gerente Municipal de la Entidad, sobre aprobación del Proyecto de
Reglamento de Elecciones de Autoridades Municipales de Centros Poblados;
CONSIDERANDO:
Que, el
Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Articulo
Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y
distritales son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica
y administrativa en asuntos de su competencia;
Que, el
Articulo o de la Ley 27072, Ley Orgánica de Municipalidades señala las atribuciones
del Concejo; Corresponde al concejo municipal(... ) Aprobar modificar o derogar
las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos;
Que el
Artículo 40° de la citada Ley 27972, respecto a las ORDENANZAS, señala “Las
ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales en la materia de
su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la
estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la
organización interna, la regulación, administración y supervisión de los
servicios públicos y las materias en los que la municipalidad tiene competencia
normativa”;
Que, la Ley
No 28440. señala en su Artículo 1° el Objeto de la Ley, señalando “La presente
Ley norma el proceso de la elección democrática de alcaldes y regidores de las
municipalidades de centros poblados, de acuerdo a lo previsto en el artículo
132 de la Ley No 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. En las elecciones de
autoridades de las municipalidades de centros poblados se elige un (1) alcalde
y cinco (5) regidores quienes postulan en lista completa;
Que, con
informe de vistos, el Gerente Municipal de la Entidad, remite el Proyecto de
Reglamento de Elecciones de Autoridades Municipales de Centros Poblados emitido
por el Coordinador de Elecciones del Centro Poblado de Bellavista del Distrito
de San Pedro de Huacarpana, para que se revise y luego se derive al Pleno del
Concejo para su aprobación;
Que, con
Informe No 866-2016-GAJ/MPCH, de fecha 17 de Abril de 2019, el Gerente de
Asesoría Jurídica de la entidad, opina sobre la factibilidad de la aprobación
del Proyecto de Ordenanza propuesta, recomendando se eleve al Pleno del Concejo
para su debate y determinación pertinente;
Estando a lo
expuesto, informe del Coordinador de Elecciones del Centro Poblado de
Bellavista del Distrito de San Pedro de Huacarpana. Gerente de Asesoría
Jurídica, Gerente Municipal, a lo aprobado por Unanimidad en Sesión Ordinaria
de Concejo de fecha 29 de Abril de 2019, con la dispensa de la lectura y
aprobación del acta y a las facultades conferidas por la Ley 27972 Ley Orgánica
de Municipalidades; se aprueba lo siguiente
ORDENANZA
Artículo Primero: APROBAR el
Reglamento de Elecciones de las Autoridades Municipalidades de Centros Poblados
de la Provincia de Chincha, el mismo que consta de VI Capítulos 39 artículos y
dos disposiciones complementarias, que adjunto que forma parte de Ordenanza
Artículo Segundo: Autorizar al Sr. Armando Huamán Tasayco,
Alcalde de la Municipalidad Provincial de Chincha emitir las disposiciones complementarias
para el fiel cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza con la
formalidad que establece la Ley
Artícuto Tercero: Dejar sin efecto cualquier norma municipal
de igual o menor jerarquía que se oponga a la presente ordenanza
Artículo Cuarto: Encargar que la Secretaria General de la
Municipalidad Provincial de Chincha efectué las notificaciones de la presente
Ordenanza a las Oficinas de la Entidad para su debido cumplimiento la misma que
entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario de
la Provincia y en el Portal Web de la Municipalidad.
Regístrese,
publíquese, comuníquese, cúmplase y archívese
ARMANDO HUAMÁN TASAYCO
ALCALDE
0 comentarios:
Publicar un comentario