jueves, 9 de mayo de 2019

Crean la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial


 POR: OSCAR VELIT BAILETTI

Se ha creado la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, [Ley N° 30943] entidad que reemplaza a la OCMA y ODECMAS. Para ello, se han modificado diversos artículos del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial y de la Ley de la Carrera Judicial l; se establece que dicha entidad podrá investigar, en el marco del procedimiento administrativo-disciplinario, los hechos, acciones u omisiones que constituyan infracciones disciplinarias por parte de jueces de todos los niveles y del personal auxiliar jurisdiccional del Poder Judicial, salvo en el caso de los jueces supremos, cuyo expediente debe ser remitido a la Junta Nacional de Justicia.
Igualmente, podrá realizar, de manera regular, acciones preliminares para la obtención de indicios, elementos de convicción o evidencias respecto de hechos, acciones u omisiones de jueces superiores, especializados o mixtos, o personal auxiliar jurisdiccional que sustenten el inicio o no del procedimiento administrativo-disciplinario. Del mismo modo, la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial podrá recibir quejas y reclamos contra un juez de cualquier nivel o contra el personal auxiliar jurisdiccional del Poder Judicial, referidas a su conducta funcional; y rechazar, preliminarmente, aquellas quejas manifiestamente maliciosas o que no sean de carácter funcional.
Por otro lado, el artículo 103-A, sobre los requisitos para ser jefe de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, establece que, entre otros, este deberá ser peruano de nacimiento, tener entre 45 y 75 años, y ser abogado titulado, con colegiatura al día y con experiencia profesional acreditada no menor de quince 15 años. Por lo tanto, no   se   requerirá ser juez supremo o de algún otro nivel para ocupar dicho puesto.
Asimismo, el artículo 103-C crea la especialidad de control disciplinario judicial, integradas por magistrados, que son denominados jueces de control, quienes se incorporarán mediante concurso público de méritos conducido por la Junta Nacional de Justicia para pres-tar servicios en la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial. Así lo establece la Ley N° 30943, publicada ayer miércoles 8 de mayo de 2019 en el diario oficial El Peruano, Ley de creación de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial.

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