jueves, 3 de enero de 2019

Municipalidad Provincial de Chincha


ORDENANZA N° 30- 2018 – MPCH
Chincha Alta,31 de Diciembre   de 2018
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
VISTO; el Informe No. 1866-2018-GAT/GM/MPCH, de fecha 12 de Diciembre de 2018, presentado por la Gerente de Administración Tributaria de la Entidad, mediante el cual solicita ratificación  de las Tasas de Arbitrios Municipales para el año 2019.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el Articulo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, los gobiernos locales, el Concejo Municipal cumplen funciones normativas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú; de otro lado, el numeral 8) del artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica Municipalidades, establece que son atribuciones del Concejo Municipal la aprobación, modificación y derogación de ordenanzas;
Que, el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades prescribe que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal.
Que, por Ordenanza N° 047-2017-MPCH de fecha 28 de Diciembre de 2017 se aprobó la Ordenanza que aprueba el Régimen Legal de Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana del Distrito de Chincha Alta para el ejercicio fiscal 2018, sobre la base del costo del servicio prestado con el Informe Técnico Financiero distribuidos de acuerdo a criterios que guardan relación directa con el servicio.
Que, por Ordenanza No. 04-2018-MPCH, de fecha 22 de Febrero de 2018, se dejó en suspenso la ejecución de la Ordenanza No. 047-2017-MPCH, de fecha 28 de Diciembre de 2017…
Que, la Sub-Gerencia de Recaudación con Informe N° 951-2018-R-GAT/MPCH, de fecha  11 de Diciembre de 2018, solicita que se ratifique la Ordenanza No. 04-2018-MPCH; considerando que con Informe No. 28-A-2018-R-GAT/MPCH, de fecha 15 de Enero de 2018, informo que (...) para dar cumplimiento a la Ordenanza N° 047-2017-MPCH No contamos con el programa y//o sistema instalado en nuestra base de datos, teniendo un inconveniente de llevar a cabo las nuevas tarifas que dice la norma municipal y no contando con los programas modificados en nuestra base de datos y la presencia del contribuyente a diario en la plataforma de atención, pidiendo pagar sus arbitrios, sugiere que se continúe con la Ordenanza N° 08-2011, 043-2015 y 042-2016(...). refiere. Informe  que ha sido ratificado por la Gerencia de Administración Tributaria de la Entidad con el No. 1866-2018-GAT/GM/MPCH y solicita que se ratifique la Ordenanza No. 004-2018-MPCH, reajustándose con la aplicación de la variación acumulada del índice de precio al consumidor, conforme a lo señalado en los artículos 69y 69B del Decreto Supremo 154-2004-EF de la Ley de Tribulación Municipal No. 776.
Que, con Informe Legal No. 2817-2018-GAJ/MPCH, de fecha  12 de Diciembre de 2018, el Gerente de Asesoría Jurídica de la Entidad, indica que en el Marco del TUO de la Ley de Tributación Municipal aprobado por el D.S. No. 156-2004-EF, recomienda que se derive el pedido al Pleno del Concejo Municipal para su pronunciamiento que corresponda, correspondiendo su formalización vía ordenanza con el requisito sine quanun de la publicación para su vigencia conforme al artículo 109° de la Constitución Política del Perú.
Estando a lo expuesto, a lo aprobado con el voto unánime de los regidores en la Sesión Ordinaria de fecha  12 de Diciembre del 2018, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta y a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; se aprueba lo siguiente:
ORDENANZA 
Artículo Primero:   RATIFICAR los alcances de la Resolución No. 04-2018-MPCHen  el que se quedó en suspenso la ejecución de la Ordenanza No. 047-2017-MPCH, de fecha 28 de Diciembre de 2017; reajustándose con la aplicación de la variación acumulada del índice de precio al consumidor, conforme a lo señalado en los artículos 69y 69B del Decreto Supremo 154-2004-EF de la Ley de Tribulación Municipal No. 776; conforme se precisa en la parte considerativa de la presente ordenanza.
Articulo Segundo: Encomendar  a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planificación y Presupuesto, Sub-Gerencia de Logística y Gerencia de Acondicionamiento Territorial de la entidad se implemente un sistema informático instalado en la base de datos de la Sub Gerencia de Recaudación para poner en vigencia la presente ordenanza.
Artículo Tercero: ENCARGAR que la Secretaria General de la Municipalidad Provincial de Chincha efectué las notificaciones de la Presente Ordenanza, la misma que entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario de la Provincia y en el Portal Web de la Municipalidad WWW. Municipalidadchincha.gob.pe
Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase y archívese.
Ing. CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA


ALCALDE

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