ORDENANZA No. 012-2018-MPCH
Chincha Alta, 03 de Mayo de 2018.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto, el Oficio N°
089-2017-MDDEC/ALCALDIA, Registro N° 4784-2018, presentado por don Juan
Francisco Guillen Cartagena – Alcalde de la Municipalidad Distrital de El Carmen,
Provincia de Chincha, sobre exoneración de pagos de derechos de Licencia de
Conducir.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo
194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de
la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local.
Tienen autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia.
Que,
de conformidad con el Artículo 9º, numeral 9) de la Ley Orgánica de Municipalidades
Nº 27972, establece como una de las atribuciones del concejo municipal crear,
modificar, suprimir o exonerar de tasas, arbitrios licencias y derechos
conforme a ley.
Que,
el Articulo IV del Título Preliminar de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades
señala “Los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada
prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral,
sostenible y armónico de su circunscripción.
Que, de acuerdo a la documentación de
vistos, el Alcalde de la Municipalidad
del distrito de El Carmen, Provincia de Chincha, solicita la
exoneración de pagos de las licencias de conducir de unidades motorizadas para
el personal de serenazgo y seguridad ciudadana
de la Municipalidad de El Carmen, para 13 personas que menciona en su
petitorio; considerando que han adquirido 04 unidades motorizadas y el personal
que trabaja en el área no cuentan con la licencia respectiva para conducir
estos vehículos.
Que, el procedimiento de licencia de conducir se
encuentra considerado en el TUPA aprobado por Ordenanza No. 09-2013-MPCH, de
fecha 04 de Julio de 2013, que es el que actualmente rige; considera en el
numeral 48.21 Transporte Urbano,
modificado por la Ordenanza No. 03-2015-MPCH, de fecha 03 de Febrero de 2015, o
sea es un procedimiento establecido en el TUPA, como tal es de cumplimiento a
la Ley Nacional…
Que, con Informe No. 0745-2018-SGTSV/MPCH, de
fecha 20 de Abril de 2018, el Sub Gerente de Transporte y Seguridad Vial
informa que la Municipalidad Provincial de Chincha, podrá exonerar del derecho
de Licencia de Conducir de acuerdo al TUPA vigente, por el monto de S/. 40.93
soles; para el personal del Distrito de El Carmen en un total de (13) trece
personas; debiendo cumplir con los requisitos estipulados en el TUPA vigente.
Informe ratificado por la Gerencia de Acondicionamiento Territorial con el
Informe No. 0971-2018-GAT/MPCH.
Que,
con Informe Legal No.726-2018-GAJ/MPCH, de fecha 08 de Abril de 2018, el Geren-
te de Asesoría Jurídica de la Entidad, por los fundamentos antes expuestos
recomienda que el presente se eleve al Pleno del Concejo Municipal para su
debate y determinación pertinente, respecto al pedido de exoneración del pago
de derecho de licencia de conducir para los efectivos del personal de seguridad
ciudadana de la Municipalidad Distrital de El Carmen, que se indican en el
documentos de vistos; con el agregado que deben presentar los demás
requisitos que establece la norma que la
regulan (licencia de vehículos menores) y con la evaluación favorable de los
exámenes que contempla, sin cuyo requisito no podrá otorgarse; en caso no
cumplan con la evaluación, cada personal; con la responsabilidad de que la Sub
Gerencia de Transporte y Seguridad Vial deba exigir el cumplimiento de los
procedimientos establecidos en la norma nacional, conforme se indica.
Estando a lo
expuesto, en uso de las facultades conferidas por los artículos 39° y 40° de la
Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, con el voto por UNANIMIDAD en la Sesión
Ordinaria de Concejo de fecha 25 de Abril de 2018, con la dispensa de lectura y
aprobación de acta; se aprueba la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO
PRIMERO.- Exonerar del pago de
los derechos de trámite, ITEM 48.21 OBTENCIÓN
DE LA LICENCIA DE CONDUCIR – VEHÍCULO MENOR PARA EL PERSONAL DE SERENAZGO Y
SEGURIDAD CIUDADANA DE LA MUNICIPALIDAD DEL DISTRITO DE EL CARMEN, cuya
relación se adjunta en el Oficio N° 089-2017-MDDEC/ALCALDIA, Registro N°
4784-2018, de fecha 03 de Abril de 2018; con un total de (13) trece Licencias
de conducir; debiendo cumplir con
los demás requisitos establecidos en la norma nacional.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Establecer que para otorgarse las Licencias
de Conducir deberán cumplir con el procedimiento de evaluaciones (conducir y
evaluación psicosomática y demás documentos exigidos en el reglamento).
ARTICULO TERCERO.-
Encargar a la Subgerencia de Transito y Seguridad Vial de la Gerencia de
Acondicionamiento Territorial el cumplimiento de la presente Ordenanza.
Regístrese, publíquese, comuníquese y
cúmplase.
César Antonio Carranza Falla
Alcalde
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