jueves, 17 de mayo de 2018

Municipalidad Provincial de Chincha


ORDENANZA No.  012-2018-MPCH
Chincha Alta, 03 de Mayo de 2018.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto, el Oficio N° 089-2017-MDDEC/ALCALDIA, Registro N° 4784-2018, presentado por don Juan Francisco Guillen Cartagena – Alcalde de la Municipalidad Distrital de El Carmen, Provincia de Chincha, sobre exoneración de pagos de derechos de Licencia de Conducir.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales  son los órganos de gobierno local. Tienen  autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, de conformidad con el Artículo 9º, numeral 9) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece como una de las atribuciones del concejo municipal crear, modificar, suprimir o exonerar de tasas, arbitrios licencias y derechos conforme a ley.
Que, el Articulo IV del Título Preliminar de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala “Los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción.
Que, de acuerdo a la documentación de vistos,  el Alcalde de la Municipalidad del distrito de El Carmen, Provincia de Chincha, solicita la exoneración de pagos de las licencias de conducir de unidades motorizadas para el personal de serenazgo y seguridad ciudadana  de la Municipalidad de El Carmen, para 13 personas que menciona en su petitorio; considerando que han adquirido 04 unidades motorizadas y el personal que trabaja en el área no cuentan con la licencia respectiva para conducir estos vehículos.
Que, el procedimiento de licencia de conducir se encuentra considerado en el TUPA aprobado por Ordenanza No. 09-2013-MPCH, de fecha 04 de Julio de 2013, que es el que actualmente rige; considera en el numeral 48.21  Transporte Urbano, modificado por la Ordenanza No. 03-2015-MPCH, de fecha 03 de Febrero de 2015, o sea es un procedimiento establecido en el TUPA, como tal es de cumplimiento a la Ley Nacional…
Que,  con Informe No. 0745-2018-SGTSV/MPCH, de fecha 20 de Abril de 2018, el Sub Gerente de Transporte y Seguridad Vial informa que la Municipalidad Provincial de Chincha, podrá exonerar del derecho de Licencia de Conducir de acuerdo al TUPA vigente, por el monto de S/. 40.93 soles; para el personal del Distrito de El Carmen en un total de (13) trece personas; debiendo cumplir con los requisitos estipulados en el TUPA vigente. Informe ratificado por la Gerencia de Acondicionamiento Territorial con el Informe No. 0971-2018-GAT/MPCH.
Que, con Informe Legal No.726-2018-GAJ/MPCH, de fecha 08 de Abril de 2018, el Geren- te de Asesoría Jurídica de la Entidad, por los fundamentos antes expuestos recomienda que el presente se eleve al Pleno del Concejo Municipal para su debate y determinación pertinente, respecto al pedido de exoneración del pago de derecho de licencia de conducir para los efectivos del personal de seguridad ciudadana de la Municipalidad Distrital de El Carmen, que se indican en el documentos de vistos; con el agregado que deben presentar los demás requisitos  que establece la norma que la regulan (licencia de vehículos menores) y con la evaluación favorable de los exámenes que contempla, sin cuyo requisito no podrá otorgarse; en caso no cumplan con la evaluación, cada personal; con la responsabilidad de que la Sub Gerencia de Transporte y Seguridad Vial deba exigir el cumplimiento de los procedimientos establecidos en la norma nacional, conforme se indica.
Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por los artículos 39° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, con el voto por UNANIMIDAD en la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25 de Abril de 2018, con la dispensa de lectura y aprobación de acta; se aprueba la siguiente:

ORDENANZA
ARTICULO PRIMERO.- Exonerar del pago de los derechos de trámite, ITEM 48.21 OBTENCIÓN DE LA LICENCIA DE CONDUCIR – VEHÍCULO MENOR PARA EL PERSONAL DE SERENAZGO Y SEGURIDAD CIUDADANA DE LA MUNICIPALIDAD DEL DISTRITO DE EL CARMEN, cuya relación se adjunta en el Oficio N° 089-2017-MDDEC/ALCALDIA, Registro N° 4784-2018, de fecha 03 de Abril de 2018; con un total de (13) trece Licencias de conducir; debiendo cumplir con los demás requisitos establecidos en la norma nacional.
ARTÍCULO SEGUNDO.-  Establecer que para otorgarse las Licencias de Conducir deberán cumplir con el procedimiento de evaluaciones (conducir y evaluación psicosomática y demás documentos exigidos en el reglamento).
ARTICULO TERCERO.- Encargar a la Subgerencia de Transito y Seguridad Vial de la Gerencia de Acondicionamiento Territorial el cumplimiento de la presente Ordenanza.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
César Antonio Carranza Falla
Alcalde



0 comentarios:

Publicar un comentario

Con la tecnología de Blogger.