ORDENANZA No. 011-2018-MPCH
Chincha Alta, 03 de Mayo de 2018.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto,
el Informe No. 0324-2018-GAT-GM/MPCH, de fecha 25 de Abril de 2018, emitido por la Gerente de Administración
Tributaria de la Entidad, sobre ampliación de los alcances de la Ordenanza de
Fraccionamiento de deudas de Mercados.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo
194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de
la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local.
Tienen autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el Artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades
señala que es atribución del Concejo entre otros, numeral 8. Aprobar, modificar
o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Asimismo el Artículo
40°, en relación a las Ordenanzas, señala “Las ordenanzas de las
municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia,
son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura
normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización
interna, la regulación, administración y supervisión
de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene
competencia normativa.
Que, por Informe No. 265-2018-R-GAT/MPCH,
la Sub-Gerencia de Recaudación refiere respecto a la Ordenanza No. 09-2018-MPCH
sobre fraccionamiento de las deudas por derecho de uso de las mesas y/o puestos
de los mercados de propiedad de la Municipalidad Provincial de Chincha, esta no
contempla el plazo de vigencia para otorgar el beneficio de fraccionamiento a
los usuarios de las mesas y puestos de los mercados señalados, por lo que
sugiere que se establezca el plazo de vigencia.
Que, por Informe Legal No. 725-2018-GAJ/MPCH, de fecha 25
de Abril de 2018, el Gerente de Asesoría Jurídica de la Entidad, considerando
el informe emitido por la Gerencia de Administración Tributaria de la Entidad,
propone que se incluya un plazo de vigencia a la ordenanza citada, la misma que
será de 60 días para que se acojan al beneficio indicado, del pago de hasta
cinco (5) armadas mensuales, plazo que comenzara a correr desde la fecha de publicación de la Ordenanza
que disponga la inclusión del plazo de los 60 días hábiles; el fraccionamiento
referido es respecto a las deudas actualizadas al año 2017 de los mercados de
propiedad municipal, señalando las deudas del Mercado de Abastos, Sector 01,
02, 03 y 04; Mercado Ferial y Mercado Modelo con el detalle de la deuda
indicada, refiriendo que las deudas de los Mercados están retrasadas en el pago
por derecho de uso mensual; derivándose el presente al pleno del concejo para
su determinación.
Estando a lo expuesto, con el voto por UNANIMIDAD efectuado en la
Sesión Ordinaria de Concejo de fecha25 de abril de 2018, con la dispensa de
lectura y aprobación de acta y a las facultades conferidas por la Ley 27972 Ley
Orgánica de Municipalidades; se aprueba la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO N° 1.- APROBAR la
ampliación de los alcances de la Ordenanza No. 09-2018-MPCH; estableciéndose el
plazo de vigencia de la ordenanza citada, será de 60 días hábiles, para que se acojan al
beneficio indicado, del pago de hasta cinco (5) armadas mensuales, de las
deudas de los años 2003 al 2007 por concepto de derecho de uso mensual de las
mesas y puestos del Interior del Mercado de Abastos Sector 01, 02, 03 y 04,
Mercado Modelo, Mercado Ferial; plazo que comenzara a correr desde la fecha de publicación de la
presente. Ordenanza
ARTICULO No. 2.- Encargar a la
Sub Gerencia de Recaudación de la Gerencia de Administración Tributaria de la
Entidad, el cumplimiento de lo aprobado en el artículo precedente; y la Oficina
de Imagen Institucional para fines de difundir los alcances de la presente
ordenanza y cumplir con los fines dispuestos.
ARTICULO No. 3.- Encomendar a la Gerente de Secretaria
General de la Entidad la publicación de la presente en el Diario Oficial de la
localidad y en la Página Webb de la Entidad www.municipalidadchincha.gob.pe.
Regístrese,
comuníquese, publíquese y archívese.
César
Antonio Carranza Falla
Alcalde
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