El Jurado
Nacional de Elecciones a través de la Resolución N° 0014-2018-JNE, requiere a
Jesús Santiago Ramos Medina, alcalde de la Municipalidad Distrital de San
Andrés, a que convoque a sesión extraordinaria de concejo a fin de discutir el
pedido de vacancia presentado por Rosario Del Pilar Medina Tataje; para ello se
le otorga el plazo perentorio de cinco días
hábiles, contabilizados desde la notificación de este pronunciamiento, exhortándolo
a que dé cumplimiento al procedimiento establecido en la Ley 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades y en el Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley
del Procedimiento Administrativo General, bajo apercibimiento de remitir copias
de los actuados al Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal
de Ica, a efectos de que se ponga en conocimiento del fiscal provincial de turno,
para que evalúe su conducta de acuerdo con sus competencias.
Igualmente
dispone el JNE que de no cumplir el
alcalde distrital con el mandato indicado en el citado artículo segundo, la
primera regidora Doris Victoria Hernandez Céspedes o cualquier otro regidor,
previa notificación escrita al alcalde, podrá convocara sesión de concejo
respetando estrictamente las formalidades previstas en el Texto Único Ordenado
de la Ley 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General.
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