martes, 23 de enero de 2018

Municipalidad Provincial de Chincha

ACUERDO N° 005-2018 – MPCH
Chincha Alta,  15 de Enero de 2018.
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
VISTO; en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 10 de Enero de 2018, el Oficio No. 594-2017-A/MDPN, de fecha 29 de Diciembre de 2017, Rgto. 21090-2017, sobre ratificación de Ordenanza Municipal No. 019-2017/MDPN, del 29 de Diciembre de 2017, que aprueba Los Arbitrios de Limpieza Pública (Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Jardines y Serenazgo para el año 2018 – en el Distrito de Pueblo Nuevo, Provincia de Chincha.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Estado, modificado por el Artículo Único de la Ley N° 30305, señala que las  Municipalidades tienen autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; en coherencia con el Artículo II del Título Preliminar de la aludida Ley Nº 27972, de acuerdo con el cual la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.
Que, el artículo 40° ­párrafo tercero- de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para la entrada en vigencia y exigibilidad de las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales, estas deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción.
Que, el Artículo 41, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala: "Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.
Que, el Artículo 69° del TUO de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo No. 156-2004-EF y modificatorias, establecen que la determinación de las tasas deberán sujetarse a los criterios de racionalidad que permitan determinar el cobro exigido por el servicio prestado, basado en el costo que demanda el servicio y su mantenimiento, así como el beneficio individual prestado de manera real y/o potencial utilizándose para la distribución entre los contribuyentes de una municipalidad, del costo de los arbitrios de manera vinculada y dependiendo del servicio público involucrado, entre otros criterios que resulten válidos para la distribución; el uso, tamaño y ubicación del predio del contribuyente.
Que, la Encargada de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Municipalidad del distrito de Pueblo Nuevo, remite la proyección de gastos del año 2016 y 2017 que se genera por la prestación de los servicios de Serenazgo, Limpieza Pública y  Parques y Jardines; para fines de sacar los costos del servicio a prestar.
Que, el documentos de vistos, refiere en dicho documento que dicha Ordenanza que aprueba el monto de derecho por emisión mecanizada de actualización de valores , determinación de tributos y su distribución a domicilio del impuesto predial y arbitrios municipales para el año 2018 en el distrito de Pueblo Nuevo y se remite para su ratificación del Concejo Provincial.
Que, asimismo la Ordenanza No. 019-MDPN/2017,  cuenta con el Informe Legal No. 0183-2017-MDPN/ACGP donde emite opinión favorable respecto a la aprobación de la Ordenanza antes referida.
Estando a lo expuesto,   a  lo  aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 10 de enero de 2018, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta y a las facultades conferidas por la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, se expide la siguiente:
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO.- RATIFICAR la Ordenanza No. 019-2017/MDPN, de fecha 29 de Diciembre de 2017, donde se aprueba Los Arbitrios de Limpieza Pública (Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Jardines y Serenazgo para el año 2018 – En el Distrito de Pueblo Nuevo; siendo respecto a la publicación para su vigencia será de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de dicha Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, Provincia de Chincha.
ARTICULO SEGUNDO.- Encargar a la Secretaria General, derivar la presente con la debida nota de atención a la Alcaldesa (e) de Pueblo Nuevo.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y PUBLIQUESE
ING. CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA
ALCALDE


0 comentarios:

Publicar un comentario

Con la tecnología de Blogger.