Con relación a diferentes versiones, especialmente en
redes sociales, sobre un dictamen de una Junta Médica Penitenciaria, el
Ministerio de Salud se dirige a la opinión pública para señalar lo siguiente:
1. De acuerdo con la normatividad vigente, la
designación de una Junta Médica Penitenciaria se produce a solicitud de un
establecimiento penal del INPE, la que se canaliza según sea el caso a través
de una Dirección Regional de Salud, Gerencia Regional de Salud o Dirección de
Redes Integradas de Salud de Lima.
2. La Junta Médica puede estar conformada por tres
hasta un máximo de cinco profesionales médicos especialistas, uno de los cuales
es designado por el Instituto Nacional Penitenciario (INPE).
3. El dictamen de la Junta Médica tiene carácter CONFIDENCIAL
(sobre identidad de la persona, diagnóstico, tratamiento y conclusiones, entre
otros) y únicamente es entregado a la dirección del establecimiento
penitenciario que solicitó la conformación de dicho cuerpo colegiado.
4. Ninguna instancia del Ministerio de Salud,
incluyendo las direcciones o gerencias del acápite 1 que participaron en su
conformación, tiene injerencia alguna en el dictamen final de la Junta Médica.
5. La conformación de la Junta Médica y su dictamen respectivo,
constituye uno más de los varios requisitos a seguir dentro del proceso
establecido en el Reglamento de la Comisión de Gracias Presidenciales.
Jesús María, 21 de diciembre de
2017
MINISTERIO DE SALUD
Oficina General de Comunicaciones
0 comentarios:
Publicar un comentario