ACUERDO
No. 072-2017-MPCH
Chincha
Alta, 09 de Noviembre de 2017
Visto, el Informe No. 431-2017-GM/MPCH, de fecha 08 de
noviembre de 2017, emitido por la Gerente Municipal, sobre Convenio de
Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio del Ambiente y la
Municipalidad Provincial de Chincha.
CONSIDERANDO:
Que, el
Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el Artículo X
del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades,
señala que en cuanto a la Promoción del Desarrollo Integral , Los gobiernos locales
promueven el desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento económico, la
justicia social y la sostenibilidad ambiental. La promoción del desarrollo
local es permanente e integral. Las municipalidades provinciales y distritales
promueven el desarrollo local, en coordinación y asociación con los niveles de
gobierno regional y nacional, con el objeto de facilitar la competitividad
local y propiciar las mejores condiciones de vida de su población.
Que, el Artículo 9°
de la Ley Orgánica de Municipalidades señala que es atribución del Concejo
entre otros, numeral 26. Aprobar la celebración de convenios de cooperación
nacional e internacional y convenios interinstitucionales".
Que, el Artículo 41°
de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades respecto a los Acuerdos
señala, "Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos
específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la
voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse
a una conducta o norma institucional".
Que, con Informe No. 097-2017-MPCH/GAT/UF/ING.JLSH, el
Jefe de la Unidad Formuladora, con fecha 08 de noviembre de 2017, comunica que
con la finalidad de dar cumplimiento
a lo establecido al Decreto Legislativo N° 1252 que crea el Sistema Nacional de
Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley N° 27293, Ley
del Sistema Nacional de Inversión Pública (invierte.pe); la Unidad a su cargo
manifiesta que el PIP RECUPERACION DEL ÁREA DEGRADADA POR RESIDUOS SÓLIDOS
PAMPA CHANCHERÍA SECTOR PAMPA DE ÑOCO, DISTRITO DE PUEBLO NUEVO, PROVINCIA DE
CHINCHA, DEPARTAMENTO DE ICA, de código SNIP N° 358155, tanto que toda gestión
derivada de ello y específicamente el Convenio de Cooperación Interinstitucional
entre el Ministerio del Ambiente y la Municipalidad Provincial de Chincha para
la ejecución del Proyecto de Inversión Pública de Competencia Municipal
Exclusiva relacionado a la recuperación de áreas degradadas por residuos sólidos;
debe ajustarse al marco de la Normativa
Invierte.pe; por lo que a fin de dar cumplimiento con los requisitos
para la ejecución del Proyecto, recomienda que el Pleno de Concejo apruebe el
Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio del Ambiente y
la Municipalidad Provincial de Chincha para la ejecución del Proyecto de
Inversión Pública de Competencia Municipal Exclusiva relacionado a la
recuperación de áreas degradadas por residuos sólidos bajo la normativa
del D. L. N° 1252 del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de
Inversiones.
Que, con Informe Legal No. 2938-2017-GAJ/MPCH, de
fecha 09 de Noviembre de 2017, el Gerente de Asesoría Jurídica de la Entidad,
comunica que estando a las atribucionesdel Concejo Municipal, señalado en el
Artículo 9°, de la Ley 27972, recomienda se haga de conocimiento del Pleno del
Concejo Municipal siendo el criterio que existe marco legal respecto al
procedimiento de aprobación, el cual debe formalizarse vía Acuerdo de Concejo,
autorizándose al Alcalde Provincial la suscripción del referido Convenio;
previo requisito de su publicación que deberá encargarse a la Secretaria
General de la Entidad.
Que, con Informe de vistos, la Gerente Municipal, con
el Informe del Jefe de la Unidad Formuladora, Informe Legal deriva el presente
para fines que se eleve al Pleno del Concejo para su debate y aprobación.
Estando
a lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades No.
27972, el Concejo Provincial de Chincha, en Sesión Ordinaria de Concejo de
fecha 08 de Noviembre de 2017,
aprobó por unanimidad con la dispensa de
la lectura y aprobación del Acta, el siguiente
ACUERDO:
ARTICULO
PRIMERO.- APROBAR la celebración del Convenio de Cooperación Interinstitucional
entre el Ministerio del Ambiente y la
Municipalidad Provincial de Chincha, autorizándose al Ing.
Cesar Antonio Carranza Falla, Alcalde de la Municipalidad Provincial de
Chincha, suscribir el Convenio con el
Ministerio del Ambiente para la "RECUPERACIÓN DEL ÁREA DEGRADADA POR RESIDUOS
SÓLIDOS PAMPA CHANCHERÍA SECTOR PAMPA DE ÑOCO DISTRITO DE PUEBLO NUEVO,
PROVINCIA DE CHINCHA-DEPARTAMENTO DE ICA".
ARTICULO
SEGUNDO.- Encargar
a la Secretaria General de la entidad, hacer de conocimiento el
presente Acuerdo de Concejo al Ministerio del Ambiente, con la debida nota de atención.
Regístrese,
publíquese, comuníquese y cúmplase.
Ing.
CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA
Alcalde
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