ACUERDO No. 044-2017-MPCH.
Chincha
Alta, 30 de Junio de 2017
EL
CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto; el Oficio No. 651-2017-GAD-CSJIC/PJ, Rgto.
8547-2017, presentado por el Gerente de Administración Distrital de la Corte
Superior de Justicia de Ica, en el que a nombre del Presidente de la Corte
Superior de Justicia de Ica y del
personal de la Corte, solicita la ampliación de plazo hasta del local Centro
Cultural hasta el 29 de setiembre de 2017.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política
del Perú, modificado por el Artículo
Único de la Ley 30305,
señala que las municipalidades
provinciales y distritales son los
órganos de gobierno local.
Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el Artículo 9° de la Ley
27972, Ley Orgánica de Municipalidades en cuanto se refiere a las atribuciones
del Concejo Municipal, refiere que, Corresponde al concejo municipal, (...) 8.
Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos
Que, el Artículo 41° de la Ley
Orgánica de Municipalidades , respecto a los Acuerdos, señala "Los
acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos
de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del
órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una
conducta o norma institucional.
Que, con Acuerdo de Concejo No. 49-2007-MPCH, de fecha
12 de setiembre de 2007, se aprobó el Convenio Marco de Cooperación entre la
Corte Superior de Justicia de Ica y la Municipalidad Provincial de Chincha, ….
Con vigencia de 10 años.
Que, en reuniones de coordinación
para que se desocupe los ambientes asignados por Cesión de Uso del predio municipal
(ambientes) del predio de propiedad municipal Centro Cultural cedidos en uso al Poder Judicial que vence el 27 de
agosto de 2017, la Gerencia Municipal con la Gerencia de Asesoría Jurídica en
visita de trabajo se constituyeron a la Sede de la Corte Superior de Justicia
de lca, entrevistándose con el señor Presidente Dr. JULIO CESAR LEIVA PEREZ,
evento llevado cabo con fecha 23 de Mayo de 2017 de quien se recibiera la
propuesta de un mes, para embalar y desocupar los ambientes, los expedientes
jurisdiccionales que tiene dicho Archivo, así como de los enseres como bienes
escritorios, sillas y otros, en previsión de cautela y mejor disposición de los
mismos, a su sede propia y que estaban ya gestionando alquiler de local en la
Provincia de Chincha para trasladar sus expedientes y/o archivos y bienes
muebles.
Que, ante esta situación, es de
verse que la propuesta indicada, tiene factibilidad en la medida que, en dicha
sede cuentan con Expedientes de Procesos Judiciales que, acorde con las normas
administrativas de toda Entidad Pública, son bienes patrimoniales que se
cautelan con la responsabilidad de ley, sujetos incluso a las normas del órgano de control
gubernamental (Contraloría General de la República), motivo por el cual es
factible otorgar un plazo excepcional hasta el 29 de Setiembre de 2017, último
día hábil, entreguen en dicha fecha la sede ocupada del Centro Cultural a su
propietaria la Municipalidad Provincial de Chincha.
Que, con Informe Legal No.
982-2017-GAJ/MPCH, de fecha 28 de Junio de 2017, el Gerente de Asesoría
Jurídica de la Entidad, ante la
situación planteada, propone que se emita el respectivo Acuerdo de Concejo que
así lo declare, teniendo en cuenta que es una atribución del Concejo Municipal, y el término excepcional y el motivo invocado
por la Gerencia de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de
lca; recomienda que se derive el presente al Pleno del Concejo Municipal para
su determinación pertinente, siendo el criterio por la factibilidad para que
por excepción se amplíe hasta el 29 de Setiembre de 2017, fecha en que
culminará la prórroga de la Cesión de Uso al Poder Judicial, con la entrega a
su propietaria la Municipalidad Provincial de Chincha, para que en dicho lapso
puedan culminar con el retiro de los documentos, expedientes y bienes muebles
de dicha sede, autorizándose al Alcalde Provincial la suscripción de la adenda
del convenio sólo por dicho término.
Estando a lo
expuesto, informe de la Asesoría Jurídica, a lo aprobado por unanimidad en
Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 28 de Junio de 2017, con la dispensa de la
lectura y aprobación del Acta y a las
facultades conferidas por la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades.
ACUERDA:
ARTICULO
PRIMERO.- AUTORIZAR al Ing. Cesar Antonio Carranza Falla,
Alcalde de la Municipalidad Provincial de Chincha, suscribir la adenda del Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre la
Corte Superior de Justicia de Ica y la Municipalidad Provincial de Chincha, para que la vigencia del convenio se amplié hasta
el 29 de setiembre de 2017, fecha
en que culminará la prórroga de la Cesión de Uso al Poder Judicial, con la
entrega a su propietaria la Municipalidad Provincial de Chincha.
ARTICULO
SEGUNDO.- Notificar la presente a la Cortes
Superior de Justicia de Ica, con las formalidades de Ley.
ARTICULO
TERCERO.- Encargar a la Secretaría General de la Municipalidad Provincial de Chincha la
publicación de la presente Ordenanza en el diario oficial de la localidad
y derivarlo al Encargado de la Pagina
Web de la Municipalidad Provincial de Chincha, para su publicación en el Portal
de Transparencia de la Municipalidad Provincial: www.Munichinchagob.pe. con
todos sus anexos
Regístrese,
publíquese, comuníquese y cúmplase.
Ing. CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA
Alcalde
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