sábado, 27 de mayo de 2017

Municipalidad Distrital de Chincha Baja


ORDENANZA Nº 013-2017-MDCHB
Chincha Baja, 26 de mayo del 2017
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHINCHA BAJA
VISTO:
El Informe Nº258-2017-MDCHB/GM de Gerencia Municipal y el Informe N°0248-2017-MDCHB/OPP de la Oficina de Planificación y Presupuesto, solicitando aprobación del Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2018 del distrito de Chincha Baja, en cumplimiento a la Décimo Sexta Disposición Complementaria de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y sus modificatorias.
CONSIDERANDO
Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194º en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobiernos, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades en su artículo IX del Título Preliminar dispone que el proceso de planeación local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con los vecinos; y en sus artículos 9º, 53º, 97º y la Décimo Sexta Disposición Complementaria, disponen que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan en concordancia con los planes de desarrollo concertado; asimismo las municipales regulan la participación vecinal en la formulación de los presupuestos participativos;
Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en sus artículos 18º y 20º, establece que los Planes y Presupuestos Participativos son de carácter territorial y expresan los aportes y participación del sector público y privado, de las sociedades regionales y locales y la cooperación técnica internacional; dichas herramientas de inversión se elaboran y ejecutan en función a Planes de Desarrollo y Programas de Inversiones debidamente concertados
Que, el Decreto Legislativo 1252, crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como sistema administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública.
Que, la Ley Nº 28056, en su artículo 1º, señala que el Proceso del Presupuesto Participativo es un mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado-Sociedad Civil. Para ello los gobiernos regionales y gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación en la programación de sus presupuestos; así como en la vigilancia y fiscalización de la gestión de los recursos públicos;
Que, el Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo; en su artículo 7º, numeral 7.4 establece que el gobierno regional o gobierno local, mediante ordenanza, dispone las medidas necesarias para reglamentar el proceso de identificación y acreditación de Agentes Participantes;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01, se aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el marco de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en los artículos 9º, inciso 8) y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el voto en Mayoría del pleno del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN
RESULTADOS 2018, DEL DISTRITO DE CHINCHA BAJA
Artículo 1º.-APROBAR el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2018 del distrito de Chincha Baja, el mismo que consta de 04 Títulos, 10Capítulos, 46 Artículos y 06 Disposiciones Finales, cuyo texto íntegro forma parte de la presente ordenanza.
Artículo 2º.- FACULTAR al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las normas complementarias de la presente ordenanza.
Artículo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Oficina de Planificación y Presupuesto, en coordinación con los Jefes de Oficina integrantes del Equipo Técnico, el cumplimiento de los fines y objetivos de la presente ordenanza, autorizando a través de las Unidades orgánicas pertinente las facilidades logísticas y financieras que sean necesarias para el cumplimiento de las actividades del desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo 2018.
Artículo 4º.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente ordenanza en el diario de mayor circulación local; y a la Unidad de Imagen Institucional la publicación en el portal institucional www.munichinchabaja.pe
Artículo 5º.- DEROGAR las ordenanzas y/o dispositivos municipales que se opongan a la presente disposición.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase
Oscar William Rojas Ormeño

Alcalde

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