ORDENANZA MUNICIPAL N° 006-2017-MDCHB
Chincha Baja 17 de mayo del
2017
EL
ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHINCHA BAJA
POR
CUANTO.-
El Concejo Municipal de Chincha Baja, en Sesión
Ordinaria de fecha 16 de mayo de 2017.
VISTO.-
El
Informe Técnico N° 167-2017-UOPHUC de la Unidad de Obras Privadas – Habilitaciones
Urbanas y Catastro de la Municipalidad Distrital de Chincha Baja, mediante el
cual solicita se establezca un pago único por derecho de Licencia de Construcción,
y;
CONSIDERANDO:
Que,
de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 194° de la Constitución Política del
Perú, modificada por el Artículo Único de la Ley de Reforma Constitucional Ley
N° 30305, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley
Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, establece que las Municipalidades
Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local, que emanan de la
voluntad popular, con personería jurídica de derecho público y autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia,
correspondiendo al Consejo Municipal las funciones normativas y fiscalizadoras
y a la Alcaldía funciones ejecutivas;
Que, el Art, 40° de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades establece que las
“Ordenanzas de las Municipalidades, en materia de su competencia, son normas de
carácter general de mayor jerarquía en la estructura orgánica normativa
municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la
regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las
materias en las que las municipalidades tienen competencia normativa. Mediante
Ordenanza se crea, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas,
licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por la
Ley.
Que, de acuerdo al numeral 3 del Art. 79° de la Ley Orgánica de
Municipalidades Ley 27972, establece que son funciones exclusivas de las
Municipalidades regular y otorgar autorizaciones, derechos, licencias y
realizar la fiscalización de las construcciones, ampliación, remodelación o
demolición de inmuebles, conformidad de obra y declaratoria de fábrica.
Que, ante la difícil situación económica por la que atraviesan las
familias de nuestra jurisdicción, es necesario brindar facilidades para que puedan
acceder a los programas sociales del Estado para la construcción de sus
viviendas.
Que,
mediante informe legal N° 095-2017-MDCHB/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica
opina que es procedente emitir la presente ordenanza.
Que,
estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Ordinaria de fecha
16demayo del 2017 yen uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la
Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Municipalidades, se aprueba
la siguiente:
ORDENANZA QUE ESTABLECE EL PAGO UNICO
PARA LA OBTENCION DE L
A LICENCIA DE EDIFICACION
Artículo PRIMERO.- EXONERAR el
derecho por emisión de Licencia de Edificación establecido en el ítem 96 del
Texto Único de Procesos Administrativo – TUPA vigente, a favor de personas
naturales del distrito de Chincha Baja, (damnificadas).
Artículo SEGUNDO.- ESTABLECER como
pago único por derecho administrativo para la obtención de Licencia de
Edificación la suma de S/.50.00 (Cincuenta y 00/100 Soles) debiendo el
beneficiario presentar una declaración jurada indicando que la vivienda se
encuentra en situación de damnificado.
Artículo TERCERO.- La
presente Ordenanza entra en vigencia al siguiente día de su publicación en el
diario oficial de la localidad hasta el 31 de diciembre del 2017.
Artículo CUARTO.- ENCARGAR a la
Oficina de Acondicionamiento territorial, Unidad de Caja y demás unidades
administrativas, el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal.
POR TANTO:
Mando se
Registre, Publique, Comunique y Cumpla.
Oscar
William Rojas Ormeño
Alcalde
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