sábado, 27 de mayo de 2017

Municipalidad Distrital de Chincha Baja


 ORDENANZA MUNICIPAL N° 006-2017-MDCHB
Chincha Baja 17 de mayo del 2017
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHINCHA BAJA
POR CUANTO.-
El Concejo Municipal de Chincha Baja, en Sesión Ordinaria de fecha 16 de mayo de 2017.
VISTO.-
El Informe Técnico N° 167-2017-UOPHUC de la Unidad de Obras Privadas – Habilitaciones Urbanas y Catastro de la Municipalidad Distrital de Chincha Baja, mediante el cual solicita se establezca un pago único por derecho de Licencia de Construcción, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por el Artículo Único de la Ley de Reforma Constitucional Ley N° 30305, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local, que emanan de la voluntad popular, con personería jurídica de derecho público y autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Consejo Municipal las funciones normativas y fiscalizadoras y a la Alcaldía funciones ejecutivas;
Que, el Art, 40° de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades establece que las “Ordenanzas de las Municipalidades, en materia de su competencia, son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura orgánica normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que las municipalidades tienen competencia normativa. Mediante Ordenanza se crea, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por la Ley.
Que, de acuerdo al numeral 3 del Art. 79° de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley 27972, establece que son funciones exclusivas de las Municipalidades regular y otorgar autorizaciones, derechos, licencias y realizar la fiscalización de las construcciones, ampliación, remodelación o demolición de inmuebles, conformidad de obra y declaratoria de fábrica.
Que, ante la difícil situación económica por la que atraviesan las familias de nuestra jurisdicción, es necesario brindar facilidades para que puedan acceder a los programas sociales del Estado para la construcción de sus viviendas.
Que, mediante informe legal N° 095-2017-MDCHB/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica opina que es procedente emitir la presente ordenanza.
Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Ordinaria de fecha 16demayo del 2017 yen uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Municipalidades, se aprueba la siguiente:
ORDENANZA QUE ESTABLECE EL PAGO UNICO PARA LA OBTENCION DE L
A LICENCIA DE EDIFICACION
Artículo PRIMERO.- EXONERAR el derecho por emisión de Licencia de Edificación establecido en el ítem 96 del Texto Único de Procesos Administrativo – TUPA vigente, a favor de personas naturales del distrito de Chincha Baja, (damnificadas).
Artículo SEGUNDO.- ESTABLECER como pago único por derecho administrativo para la obtención de Licencia de Edificación la suma de S/.50.00 (Cincuenta y 00/100 Soles) debiendo el beneficiario presentar una declaración jurada indicando que la vivienda se encuentra en situación de damnificado.
Artículo TERCERO.- La presente Ordenanza entra en vigencia al siguiente día de su publicación en el diario oficial de la localidad hasta el 31 de diciembre del 2017.
Artículo CUARTO.- ENCARGAR a la Oficina de Acondicionamiento territorial, Unidad de Caja y demás unidades administrativas, el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal.
POR TANTO:
Mando se  Registre, Publique, Comunique y Cumpla.
Oscar William Rojas Ormeño

Alcalde

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