ACUERDO No. 020-2017-MPCH
Chincha
Alta, 27 de marzo de 2017
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE
CHINCHA
Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha
22 de febrero de 2017, el Oficio No. 117-2017-OS/OR ICA, Rgto. 2650-2017,
presentado por el Jefe Regional de OSINERGMIN – Ica, sobre Convenio Específico de Cooperación
Interinstitucional entre OSINERGMIN y la Municipalidad Provincial de Chincha.
CONSIDERANDO:
Que, el
Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en cuanto a su
Finalidad, señala: "FINALIDAD Los gobiernos locales representan al
vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales
y el desarrollo integral, sostenible y
armónico de su circunscripción.
Que, el numeral 26 del Artículo
9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala, numeral 26.
Aprobar la celebración de convenios de cooperación nacional e internacional y
convenios interinstitucionales.
Que, el Artículo
41 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades respecto a los Acuerdos
señala, "Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a
asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan
la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o
sujetarse a una conducta o norma institucional".
Que, el proyecto
de acuerdo específico, busca desarrollar
actividades conjuntas que conlleven a dar a conocer los derechos y
responsabilidades de los usuarios del servicio público de electricidad y de los
agentes que comercializan hidrocarburos, así como a tramitar sus solicitudes,
reclamos, quejas y denuncias cuando el caso lo amerita y lograr con ello una mejor
calidad de estos servicios en la provincia.
Que, revisada la propuesta de Convenio Específico, en cuanto se refiere a la CLAUSULA TERCERA:
OBLIGACIONES DE LAS PARTES, respecto a la MUNICIPALIDAD existen dos puntos
(literales a) y e) ) que deben ser previamente verificados, a saber: La designación de un funcionario que hará de
agente de OSINERMING (labor
o función adicional al cargo que tenga en la Municipalidad), que es facultad
de la Entidad y con respecto a proporcionar una sede u oficina (Ambiente Seguro,
Saludable y Accesible al Ciudadano); en la actualidad no se cuenta.
Que, con Informe
Legal No. 277-2017-GAJ/MPCH, de fecha 21 de febrero de 2017, el Gerente de
Asesoría Jurídica de la Entidad, de conformidad con la propuesta de Convenio de
Cooperación Interinstitucional, lo establecido en la Ley 27972 Ley Orgánica de
Municipalidades, recomienda que el presente se derive al Pleno del Concejo
Municipal, para su determinación pertinente, siendo de su criterio la
aprobación con las observaciones indicadas.
Estando a lo dispuesto en el artículo 41 de
la Ley Orgánica de Municipalidades No. 27972, el Concejo Provincial de Chincha,
en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha
22 de febrero de 2017, aprobó por
unanimidad con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, el siguiente
ACUERDO:
ARTICULO
PRIMERO.- Autorizar al Señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de
Chincha, Ing. Cesar Antonio Carranza Falla, suscribir el Convenio Interinstitucional
con OSINERGMIN y la Municipalidad Provincial de Chincha; el mismo que consta de
nueve clausulas y que adjunto forma parte del presente acuerdo..
ARTICULO
SEGUNDO.- Encargar
a la Secretaria General la publicación del presente Acuerdo con las formalidades de Ley en el
Diario de la Localidad y en la Página Web de la Institución.
Regístrese,
comuníquese y publíquese
Ing.
CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA
Alcalde
0 comentarios:
Publicar un comentario