ACUERDO
No. 021 -2017- MPCH.
Chincha
Alta, 31 de marzo de 2017
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE
CHINCHA
VISTO, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 31 de
marzo de 2017, el Oficio No. 416-2017-GORE-ICA-DIRESA/HSJCH-DE-OA,
de fecha 31 de marzo de 2017, presentado por el Director Ejecutivo de la
Dirección Regional de Salud – Hospital San José de Chincha; sobre apoyo
económico para la prevención, vigilancia y control de ARBOVIROSIS (Zika, Dengue,
Chikungunya).
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política
del Perú, modificado por el Artículo
Único de la Ley 30305,
señala que las municipalidades
provinciales y distritales son los
órganos de gobierno local.
Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el artículo 39° y 41° de la Ley 27972, prescriben “ Los
concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación
de ordenanzas y acuerdos” y ”Los
acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos
de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del
órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una
conducta o norma institucional”.
Que, de acuerdo al ARTÍCULO 80°, de la Ley 27972 en lo que respecta al SANEAMIENTO, SALUBRIDAD Y SALUD; las
municipalidades, en materia de saneamiento, salubridad y salud, ejercen las
siguientes funciones: 2. Funciones específicas compartidas de las municipalidades
provinciales: 2.3. Proveer los servicios de saneamiento rural cuando éstos no
puedan ser atendidos por las municipalidades distritales o las de los centros
poblados rurales, y coordinar con ellas para la realización de campañas de control de epidemias y sanidad animal.4.
Funciones específicas compartidas de las municipalidades distritales; en el inciso
4.5. señala la realización de campañas locales sobre medicina preventiva, primeros
auxilios, educación sanitaria y profilaxis.
Que, de acuerdo a documentos
de vistos, el Director Ejecutivo del Director del Hospital San José de Chincha;
nos comunica que se han presentado 6 casos positivos de zika; motivo por el
cual solicita el apoyo económico con la suma de S/. 10,000.oo soles, para fines
de realizar la prevención, vigilancia y control de ARBOVIROSIS (ZIKA, Dengue,
Chikungunya).
Que, por la necesidad de
ayudar a prevenir que se siga expandiendo este virus en la ciudad; el Pleno del
Concejo de la Municipalidad Provincial de Chincha, se auto - convocó a una Sesión Extraordinaria
en forma unánime, para fines de tratar de apoyar económicamente con el monto de
S/. 10,000.oo solesal Hospital San José de Chincha, para el uso en la prevención,
vigilancia y control de ARBOVIROSIS (ZIKA, Dengue, Chikungunya).
Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por la
Constitución Política del Perú,a las facultades conferidas por la Ley 27972 Ley
Orgánica de Municipalidades, a lo aprobado por unanimidad en Sesión
Extraordinaria de Concejo de fecha 31 de marzo de 2017, con dispensa de la
lectura y aprobación del acta, se expidió el siguiente:
ACUERDO:
ARTICULO PRIMERO.- Autorizar el apoyo económico por la suma de
S/. 10,000.oo soles al Hospital San José de Chincha, representado por su
Director Ejecutivo Dr. Hugo E. Huamán Brizuela, para fines de que dicho monto
se utilice en la realización de la prevención, vigilancia y control de
ARBOVIROSIS (ZIKA, Dengue, Chikungunya) en la Provincia de Chincha.
ARTICULO PRIMERO.- Encargar al Gerente de
Planificación y Presupuesto de la Entidad, se sirva afectar dicho monto en la
partida que corresponda, para el apoyo económico aprobado en el artículo
precedente.
ARTICULO TERCERO.- Hacer de conocimiento el
presente Acuerdo al Director Ejecutivo del Hospital San José para conocimiento
y fines pertinentes y a las Unidades Orgánicas de la Entidad que tengan
relación con el cumplimiento del presente acuerdo.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Ing. CESAR ANTONIO CARRANZA FALLA
Alcalde
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