ORDENANZA N° 031-2016-MPP
Pisco, 30 de Diciembre de 2016
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE
PISCO
POR CUANTO:
Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de
fecha 29 de Diciembre del 2016, el informe N° 801-2016-MPP-OGPPR, de fecha 19
de Diciembre del 2016, de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y
Racionalización, e Informe N° 2134-2016-MPP-OGAJ de la Oficina General de
Asesoría Jurídica respecto a la Actualización e Incorporación de Procedimientos
Administrativos vinculados a la Ley Nº 28976 – Ley Marco de la Licencia de
Funcionamiento y a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 058-2014-PCM, al
Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad
Provincial de Pisco, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución
Política del Perú, establece que “Las Municipalidades gozan de autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su competencia”, en concordancia
con lo previsto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 -
Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, el Texto Único de Procedimientos
Administrativos (TUPA), es un documento de gestión que simplifica los procedimientos
administrativos y servicios prestados en exclusividad las Municipalidades,
facilitando de esta manera a los administrados el conocimiento de los requisitos,
las instancias que decidirán sobre los procedimientos o prestaciones de los
servicios, los plazos de resolución y demás detalles relevantes en su tramitación;
Que mediante el Informe Nº
74-2016-MPP-OGPPR-UPRE, la Unidad de Planificación y Racionalización, remite a
la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Racionalización el proyecto
de modificación y actualización del TUPA para incluir procedimientos administrativos
vinculados a la Ley Nº 28976 - Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, cada
cual con sus respectivos requisitos, plazos y propuesta de Derecho de Tramitación;
y el Decreto Supremo Nª 058-2014 PCM Reglamento de Inspección Técnicas de
Seguridad en Edificaciones, así como lo planteado en la Resolución Ministerial
Nº 088-2015-PCM;
Que, mediante el Informe N°
2134 - 2016 - MPP - OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, opina que es legalmente
viable que el Concejo Municipal apruebe la propuesta realizada sobre la
actualización e incorporación de los citados procedimientos administrativos;
Que, la propuesta se enmarca dentro del
Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal en su Meta 34:
“Exigir los requisitos contemplados en la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia
de Funcionamiento, emitir la licencia en los plazos consignados en el
instructivo y publicar en el portal web Institucional la información vinculada
con el procedimiento de licencia y de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones”
la que exige en su actividad 1: “Actualización de medios de difusión y
orientación adecuada a los administrados sobre los procedimientos de licencia
de funcionamiento e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones (ITSE)
en base a la normativa vigente”, debiéndose actualizar el Texto Único de
Procedimientos Administrativos - TUPA, los extremos de las unidades orgánicas
ya señaladas;
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº
088- 2015-PCM se aprueba el Modelo de los Procedimientos Administrativos de
Licencia de Funcionamiento e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones
para las Municipalidades Provinciales y Distritales los mismos que cumplen con
los criterios legales para la formulación de un procedimiento a iniciativa de
parte y la forma en que se determinan los plazos de atención y derechos de
tramitación de los procedimientos ITSE y la diligencia de levantamiento de observaciones,encontrándose
acorde con el marco legal previsto en el Reglamento de ITSE aprobado por
Decreto Supremo Nº 058- 2014 - PCM y la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General;
Que, asimismo, los procedimientos vinculados
a la Ley Nº 28976, Decreto Supremo Nª 058-2014 - PCM y Resolución Ministerial Nº
088- 2015-PCM, se adecuara la modificación en relación al cambio de
denominación de la unidad orgánica, inicio de trámite, autoridad competente
para resolver e instancias de resolución de recursos; planteamiento que
permitirá una mejor precisión del procedimiento y por consiguiente una mejor
atención del mismo;
Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de
Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que “Las Ordenanzas de las municipalidades,
en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor
jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se
aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de
los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene
competencia normativa. Mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o
exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de
los límites establecidos por ley (…).
Asimismo, el artículo 9º inciso 8) de la
misma norma, señala que corresponde al Concejo Municipal “Aprobar, modificar o
derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”.
Estando a lo expuesto, y en uso de las
atribuciones conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Provincial
por UNANIMIDAD, y con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del
acta, aprobó lo siguiente;
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN E INCORPORACIÓN
DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS VINCULADOS A LA LEY Nº 28976 - LEY MARCO DE
LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Y A LO ESTABLECIDO EN EL DECRETO SUPREMO Nº
058-2014 - PCM, AL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE PISCO
ARTICULO PRIMERO.- APROBAR la
actualización e incorporación de procedimientos administrativos vinculados a la
Ley Nº 28976 - Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y a lo establecido en el
Decreto Supremo Nº 058-2014- PCM, Inspecciones técnicas de seguridad en
edificaciones, al Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), en los
procedimientos de Defensa Civil, Registro y Recaudación de acuerdo al anexo que
forma parte integrante de la presente ordenanza.
ARTÍCULO SEGUNDO.- MODIFICAR la
Ordenanza N° 012-2013-MPP que aprueba el Texto Único de Procedimientos
Administrativos – TUPA de la Municipalidad Provincial de Pisco, en el extremo
pertinente conforme al artículo primero.
ARTÍCULO TERCERO.- Publicar la
Presente Ordenanza en el diario local , en los paneles de la municipalidad y en
la página Web de conformidad con el artículo 44° de la Ley Orgánica de Municipalidades.
ARTÍCULO CUARTO.- DEROGAR todas las disposiciones Municipales que se opongan a la presente
ordenanza.
REGISTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
TOMAS VILLANUEVA ANDIA CRISOSTOMO
ALCALDE
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