miércoles, 5 de octubre de 2016

PROCESO DE SELECCIÓN PARA JUECES SUPERNUMERARIOS


DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE ICA
CONVOCATORIA PÚBLICA N° 001-2016-CSJIC/PJ
Por encargo de la Sala Plena de la Corte Superior de Justicia de Ica, se convoca a los señores abogados para integrar la Relación de Abogados Aptos para el desempeño como Juez Supernumerarios del Distrito Judicial de Ica, a nivel de Juez Superior, Juez Especializado y/o Mixto y Juez de Paz Letrado, conforme a los procedimientos establecidos en la Resolución Administrativa N° 243-2008-CE-PJ, y Resolución Administrativa N° 053-2011-CE-PJ.
Se consideran como plazas hábiles para designar, aquellas que se producen por inexistencia de Juez Titular, licencia, comisión de servicio, renuncia, promoción, cese, en cuyos casos se cubren de acuerdo a Ley, mediante la designación en orden de prelación de jueces supernumerarios de acuerdo a la especialidad [Civil, Penal (Investigación Preparatoria, Juez Unipersonal), Familia, Laboral y Mixto]
 I.- OBJETIVO DE LA CONVOCATORIA.-
 Seleccionar profesionales en Derecho, que reúnan los requisitos para ocupar el cargo de Jueces Superiores, Jueces Especializados o Mixtos y Jueces de Paz Letrado, de acuerdo a la LOPJ, Ley de la Carrera Judicial N° 29277, comprendiéndose en la presente selección, a los abogados que actualmente ocupan cargo como Juez Supernumerario en el Distrito Judicial de Ica; a fin de ser incorporados al Registro Distrital Transitorio de Jueces Supernumerarios de la Corte Superior de Justicia de Ica.
II.- NORMAS LEGALES
1. Norma de creación de los Registros Distritales Transitorios de Jueces Supernumerarios, en las Cortes Superiores de Justicia del país, Resolución Administrativa N° 243-2009-CE-PJ.
2. Reglamento del Registro Distrital Transitorio de Jueces Supernumerarios del
Poder Judicial, Resolución Administrativa N° 243-2009-CE-PJ.
3. Reglamento de concursos para el acceso abierto en la selección y
Nombramiento de Jueces y Fiscales (Consejo Nacional de la Magistratura).
4. Ley de la Carrera Judicial, Ley N°. 29277.
III.- REQUISITOS PARA POSTULAR
3.1 Requisitos comunes para postular: Los establecidos en el artículo 4° de la Ley N° 29277, Ley de la Carrera Judicial.
3.2 Requisitos especiales para postular según nivel que se postula: Los establecidos en los Artículos 7°, 8° y 9° de la Ley de la Carrera Judicial N° 29277, según el siguiente detalle:
A. REQUISITOS ESPECIALES PARA JUEZ SUPERIOR
1. Ser mayor de treinta y cinco (35) años.
2. Tener la calidad de abogado colegiado o haber desempañado la docencia universitaria en materia jurídica por un periodo no menor de diez (10) años.
B. REQUISITOS ESPECIALES PARA JUEZ ESPECIALIZADO O MIXTO
1. Ser mayor de treinta (30) años
2. Tener la calidad de abogado colegiado o haber desempañado la docencia en materia jurídica por un periodo no menor de cinco (05) años.
C. REQUISITOS ESPECIALES PARA JUEZ DE PAZ LETRADO
1. Ser mayor de veinticinco (25) años.
2. Tener la calidad de abogado colegiado o haber desempañado la docencia materia jurídica por un periodo no menor de tres (3) años; o haberse desempeñado como Secretario o Relator de Sala por más de dos (2) años o como Secretario de Juzgado por más de cuatro (4) años.
IV.- DOCUMENTOS OBLIGATORIOS A PRESENTAR:
Solicitud que se presentara en la Mesa de Partes de la Presidencia de Corte, ubicada en la Calle Ayacucho N° 500, Ica (plazuela Barranca), en el horario de 8:00 a.m. a 12:00 m y de 2:15 p.m. a 4:00 pm.
El Formato de solicitud de postulación y declaración jurada se encontrara en la página web de la Corte Superior de Justicia de Ica (www.pj.gob.pe, clicar en el link de Corte Superiores y luego Ica), deberá ser impresa y acompañar los siguientes documentos:
1).- Copia legalizada del DNI y del Título de Abogado
2).- DECLARACIÓN JURADA de:
a. Ser peruano de nacimiento y tener el pleno ejercicio de la ciudadanía y de los derechos civiles.
b. No haber sido condenado, ni haber sido pasible de una sentencia con reserva de fallo condenatorio por la comisión del delito doloso. La rehabilitación, luego de cumplida una sentencia condenatoria, no habilita postular a Juez Supernumerario.
c. No encontrarse en estado de quiebra culposa o fraudulenta, ni ser deudor alimentario moroso.
d. No presentar discapacidad mental, física o sensorial, ni ser deudor alimentario moroso.
e. No haber sido destituido por medida disciplinaria del Poder judicial o del Ministerio Publico, ni despedido de cualquier otra dependencia de la administración pública, estatales o de la actividad privada por falta grave.
f. No estar incurso en ninguna de las otras incompatibilidades señaladas por ley.
3).- Original de la Constancia de Colegiatura del respectivo Colegio de Abogados, indicando fecha de incorporación y habilitación.
CRONOGRAMA DEL PROCESO:

Publicación de la Convocatoria y Cronograma (*)
Del 03 al 10 de octubre del 2016
Presentación de Solicitudes
11,12 y 13 de octubre del 2016.
Revisión de las solicitudes y documentación
14 de octubre del 2016.
Publicación de Postulantes aptos para el examen de conocimiento (**)
17 de octubre del 2016.
Examen de Conocimientos
24 de octubre del 2016.
Resultado de la Evaluación (**)
25 de octubre del 2016.
Presentación de Curriculum
Del 26 a 28 de octubre del 2016
Calificación Curricular
31 de Octubre al 04 de Noviembre del 2016.
Publicación de la Relación de Abogados que pasan a entrevista personal (**)
07 de Noviembre del 2016.
Entrevista Personal
14 de Noviembre del 2016.
Publicación de resultado final del proceso (**)
15 de Noviembre del 2016
Presentación de resultado final y actuados a la Sala Plena
18 de Noviembre del 2016
   (*) Se publicara en el Diario Judicial de Ica y Pagina Web del Poder Judicial. (**)
Se publicara en la página Web del Poder Judicial
Nota: Serán excluidos de plano, los postulantes que no cumplan con cualquiera de los requisitos señalados por ley.
Las notificaciones se efectuaran vía correo electrónico que los postulantes señalen y/o en su teléfono móvil que indiquen.



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