jueves, 8 de septiembre de 2016

Municipalidad Provincial de Chincha


ORDENANZA No.  030-2016-MPCH
Chincha Alta, 06 de Agosto de 2016.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto,los Oficios Nos. 140-2016-REGPOL-ICA-DIVPOL-CH-CS-SEC, de fecha 02 de mayo de 2016, Rgto. 8690-2016 y el Oficio No. 1000-2016-REGPOL-ICA-DIVPOL-CH-AD, de fecha 19 de mayo de 2016 Rgto. 10000-2016,  ambos sobre expedición de Licencia de Conducir de Vehículo Menor.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales  son los órganos de gobierno local. Tienen  autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, de conformidad con el Artículo 9º, numeral 9) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece como una de las atribuciones del concejo municipal crear, modificar, suprimir o exonerar de tasas, arbitrios licencias y derechos conforme a ley;
Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala “Los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción.
Que, de acuerdo a la documentación de vistos,  con el  Oficio No. 140-2016- REGPOL-ICA-DIVPOL-CH-CS-SEC, de fecha 02 de mayo de 2016, Rgto. 8690-2016, se solicita la Licencia de Conducir para (11) once efectivos y en el Oficio No. 1000-2016-REGPOL-ICA-DIVPOL-CH-AD, de fecha 19 de mayo de 2016, Rgto. 10000-2016, se solicita la Licencia de conducir de vehículo menor  para 08 ocho efectivos policiales, considerando que se ha incrementado la flota vehicular de la Unidad Policial.
Que, el procedimiento de licencia de conducir se encuentra considerado en el TUPA aprobado por Ordenanza No. 09-2013-MPCH, de fecha 04 de Julio de 2013, que es el que actualmente rige; considera en el numeral 48.21  Transporte Urbano, modificado por la Ordenanza No. 03-2015-MPCH, de fecha 03 de Febrero de 2015, en el cual se estableció el costo en 09863% de la UIT;  sobre cuya base se deberá declarar la exoneración del derecho de pago de las Licencias de conducir para los efectivos policiales que se mencionan en los Oficios  Nos. 140-2016-REGPOL-ICA-DIVPOL-CH-CS-SEC, de fecha 02 de mayo de 2016, Rgto. 8690-2016 y el Oficio No. 1000-2016-REGPOL-ICA-DIVPOL-CH-AD, de fecha 19 de mayo de 2016 Rgto. 10000-2016.
Que, con Informe No. 1182-2016-GAJ/MPCH e Informe No.1378-2016-GAJ/MPCH, del Gerente de Asesoría Jurídica de la Entidad, opina sobre la factibilidad de considerarse la exoneración del pago del derecho de Licencia de Conducir para los efectivos policiales que se mencionan en los Oficios mencionados.
Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por los artículos 39° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, con el voto por UNANIMIDAD de los regidores asistentes en las Sesiones Ordinarias de Concejo de fechas 27 de mayo de 2016 y 22 de Junio de 2016, con la dispensa de lectura y aprobación de acta; se aprueba la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO PRIMERO.- Exonerar del pago de los derechos del ITEM 48.21 OBTENCIÓN DE LA LICENCIA DE CONDUCIR – VEHÍCULO MENOR PARA EL PERSONAL DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERU, cuya relación SE ADJUNTA en los Oficios  Nos. 140-2016- REGPOL-ICA-DIVPOL-CH-CS-SEC, de fecha 02 de mayo de 2016, Rgto. 8690-2016 y el Oficio No. 1000-2016-REGPOL-ICA-DIVPOL-CH-AD, de fecha 19 de mayo de 2016 Rgto. 10000-2016; dando un total de (19) diecinueve Licencias de conducir; debiendo cumplir con los demás requisitos establecidos en la Ley
ARTÍCULO SEGUNDO.- Encargar a la Subgerencia de Transito y Seguridad Vial de la Gerencia de Acondicionamiento Territorial el cumplimiento de la presente Ordenanza.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
Ing. César Antonio Carranza Falla
Alcalde



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