ORDENANZA No.
030-2016-MPCH
Chincha
Alta, 06 de Agosto de 2016.
EL ALCALDE DE LA
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto,los
Oficios Nos. 140-2016-REGPOL-ICA-DIVPOL-CH-CS-SEC, de fecha 02 de mayo de 2016,
Rgto. 8690-2016 y el Oficio No. 1000-2016-REGPOL-ICA-DIVPOL-CH-AD, de fecha 19
de mayo de 2016 Rgto. 10000-2016, ambos
sobre expedición de Licencia de Conducir de Vehículo Menor.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política
del Perú, modificado por el Artículo
Único de la Ley 30305,
señala que las municipalidades
provinciales y distritales son los
órganos de gobierno local.
Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, de conformidad con el Artículo 9º, numeral 9) de la
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece como una de las
atribuciones del concejo municipal crear, modificar, suprimir o exonerar de
tasas, arbitrios licencias y derechos conforme a ley;
Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley
27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala “Los gobiernos locales
representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios
públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción.
Que, de acuerdo a la documentación de vistos, con el
Oficio No. 140-2016- REGPOL-ICA-DIVPOL-CH-CS-SEC, de
fecha 02 de mayo de 2016, Rgto. 8690-2016, se solicita la Licencia de Conducir
para (11) once efectivos y en el Oficio No. 1000-2016-REGPOL-ICA-DIVPOL-CH-AD,
de fecha 19 de mayo de 2016, Rgto. 10000-2016, se solicita la Licencia de
conducir de vehículo menor para 08 ocho
efectivos policiales, considerando que
se ha incrementado la flota vehicular de la Unidad Policial.
Que, el procedimiento de licencia de conducir se
encuentra considerado en el TUPA aprobado por Ordenanza No. 09-2013-MPCH, de
fecha 04 de Julio de 2013, que es el que actualmente rige; considera en el
numeral 48.21 Transporte Urbano,
modificado por la Ordenanza No. 03-2015-MPCH, de fecha 03 de Febrero de 2015,
en el cual se estableció el costo en 09863% de la UIT; sobre cuya base se deberá declarar la exoneración
del derecho de pago de las Licencias de conducir para los efectivos policiales
que se mencionan en los Oficios Nos. 140-2016-REGPOL-ICA-DIVPOL-CH-CS-SEC, de
fecha 02 de mayo de 2016, Rgto. 8690-2016 y el Oficio No.
1000-2016-REGPOL-ICA-DIVPOL-CH-AD, de fecha 19 de mayo de 2016 Rgto.
10000-2016.
Que,
con Informe No. 1182-2016-GAJ/MPCH e Informe No.1378-2016-GAJ/MPCH, del Gerente
de Asesoría Jurídica de la Entidad, opina sobre la factibilidad de considerarse
la exoneración del pago del derecho de Licencia de Conducir para los efectivos
policiales que se mencionan en los Oficios mencionados.
Estando a lo expuesto, en uso de las facultades
conferidas por los artículos 39° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades,
Ley 27972, con el voto por UNANIMIDAD de los regidores asistentes en las Sesiones
Ordinarias de Concejo de fechas 27 de mayo de 2016 y 22 de Junio de 2016, con
la dispensa de lectura y aprobación de acta; se aprueba la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO
PRIMERO.- Exonerar del pago de
los derechos del ITEM 48.21 OBTENCIÓN DE
LA LICENCIA DE CONDUCIR – VEHÍCULO MENOR PARA EL PERSONAL DE LA POLICIA
NACIONAL DEL PERU, cuya relación SE ADJUNTA en los Oficios Nos. 140-2016- REGPOL-ICA-DIVPOL-CH-CS-SEC,
de fecha 02 de mayo de 2016, Rgto. 8690-2016 y el Oficio No.
1000-2016-REGPOL-ICA-DIVPOL-CH-AD, de fecha 19 de mayo de 2016 Rgto.
10000-2016; dando un total de (19) diecinueve Licencias de conducir; debiendo cumplir con los demás
requisitos establecidos en la Ley
ARTÍCULO SEGUNDO.-
Encargar a la Subgerencia de Transito y Seguridad Vial de
la Gerencia de Acondicionamiento Territorial el cumplimiento de la presente
Ordenanza.
Regístrese, publíquese,
comuníquese y cúmplase.
Ing. César Antonio Carranza
Falla
Alcalde
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