ORDENANZA No. 021-2016-MPCH
Chincha
Alta, 27 de Junio de 2016
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
VISTO, el Informe No. 1632-2016-DTSV/MPCH, de fecha 06 de
Junio de 2016, emitido por la Jefe de la
División de Transito, Transporte y Seguridad Vial, sobre empadronamiento de
Vehículos Menores.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Artículo 194° de la
Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley N°
30305 señala que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos
de gobierno local. Tienen autonomía, política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia; en coherencia con el Artículo II del Título
Preliminar de la aludida Ley N° 27972.
Que, el Artículo 195° de la misma norma establece que
los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y la
prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las
políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo, en concordancia con
lo estipulado en el artículo 8° y 9" de la Ley de Bases de la Descentralización
- Ley No. 27783.
Que, el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica
de Municipalidades, respecto a las Ordenanzas,
señala "Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y
distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general
de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las
cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión
de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene
competencia normativa".
Que, Ley N° 27189, Ley de Transporte Publico Especial
de Pasajeros en Vehículos Menores, así como los D.S N°055-2010-MTC, el cual
aprueban el Reglamento Nacional de Transporte Publico Especial de Pasajeros en
Vehículos Menores Motorizados o No Motorizados y lo establecido como función
específica en el Artículo 81° de la Ley N°27972 Ley Orgánica de
Municipalidades, establecen las facultades y competencias de los Gobiernos
Locales para regular el Servicio de Transporte Publico en Vehículos Menores.
Que, con Informe No. 1632-2016-DTSV/MPCH, de fecha 06
de Junio de 2016, comunica que el Empadronamiento de los Vehículos Menores, así
como de sus propietarios y/o conductores permitirá realizar el registro físico
y digital de todo el parque automotor que es utilizado como unidad de
producción de servicio; donde la base creada de datos podrá interconectarse con
el Sistema de Seguridad Ciudadana y la Policía Nacional para optimizar la
Seguridad de operadores y usuarios de este servicio de transporte logrando
además la identificación de las unidades y contar con una herramienta de
planificación estratégica. Informe ratificado por la Gerencia de
Acondicionamiento con Informe No. 1516-2016-GAT/MPCH, de fecha 06 de Junio de
2016.
Que, con Informe Legal No. 1381-2016-GAJ/MPCH, de
fecha 22 de Junio de 2016, el Gerente de Asesoría Jurídico de la Entidad,
considerando el incremento del parque automotor en el tema de vehículos menores
en la jurisdicción, en cuanto se refiere a los vehículos menores y los propios
conductores no se encontrarían debidamente formalizados y por otro lado, el aumento de faltas y actos
generados en contra de la ley, es necesario que la Municipalidad Provincial de
acuerdo a sus atribuciones y competencias norme esta realidad, identificando a los propietarios, vehículos y
conductores que realizan el Servicio de Transporte Público de personas; esta
información se constituirá en una valiosa base de datos para la toma de
decisiones, y la disposición que puedan adoptar las Autoridades competentes
como el Ministerio Público, Poder Judicial, así como la Policía Nacional del
Perú, considerando el marco establecido en el Decreto Legislativo N° 1216, que fortalece
la Seguridad Ciudadana en Materia de Tránsito y Transporte, de la Fiscalía y
Sociedad Civil para la realización de un trabajo conjunto para el
fortalecimiento de la Seguridad Ciudadana; de acuerdo con el Artículo 4° inciso
(a) del Reglamento de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehículos
Motorizados, las Municipalidades Distritales son competencias para
"Aprobar las normas complementarias necesarias para la gestión y
fiscalización del servicio especial dentro de su jurisdicción"; por lo que
por las consideraciones indicadas y el Informe Técnico de la Jefatura de
Tránsito, Transporte y Seguridad Vial de la Gerencia de Acondicionamiento
Territorial de la Entidad, RECOMIENDA factible la aprobación de dicho proyecto,
SUGIRIENDOSE se derive al Pleno del Concejo Municipal de la Entidad para la
consideración que estime pertinente.
Estando a lo
expuesto, informe de la División de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial, Gerencia de Asesoría Legal, con el voto unánime de los
señores regidores en la Sesión Ordinaria
de Concejo de fecha 22 de Junio de 2016, con dispensa del trámite y lectura del Acta se aprobó la siguiente:
ORDENANZA:
Artículo Primero.- APROBAR Proyecto para el Empadronamiento de Vehículos Menores destinados al
Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en la jurisdicción de la
Provincia de Chincha, el mismo que adjunto forma parte de la presente
ordenanza.
Artículo
Segundo.- INCORPORAR, en la Escala de Multas Administrativas las Infracciones
y/o sanciones que se mencionan en el proyecto
aprobado en el artículo precedente.
Artículo
Tercero.- SOLICITAR el apoyo de la Policía Nacional del Perú, para
que brinde las garantías que el caso requiere el personal encargado de realizar
el empadronamiento de vehículos menores.
Artículo
Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de
Acondicionamiento Territorial y a la Jefatura de Transportes, Transito y
Seguridad Vial de la Municipalidad Provincial de Chincha, la difusión y el
cumplimiento de la presente ordenanza.
Artículo
Quinto.- FACÚLTESE, al Alcalde Provincial de Chincha para que mediante Decreto de Alcaldía
modifique, amplíe o dicte normas complementarias a la presente ordenanza.
Artículo Sexto.- DISPONER, la publicación de la presente Ordenanza en el diario
oficial de la Provincia, la misma que entra en vigencia a partir del día
siguiente de su publicación.
Artículo Sétimo.- DISPONER, la publicación del texto íntegro del Proyecto en el
Portal de la Municipalidad Provincial de Chincha www.municipalidadchincha.qob.pe
Regístrese, comuníquese y archívese.
Ing. César
Antonio Carranza Falla
Alcalde
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