ACUERDO
No. 046-2016-MPCH.
Chincha Alta, 30 de Junio de
2016
EL
CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto;
en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 22 de
Junio de 2016, la carta presentada por el representante de N & S,
sobre convenio marco para Centro de Hemodiálisis.
CONSIDERANDO:
Que, el
Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, de acuerdo a lo establecido
por el numeral 26 del Artículo 9° de la Ley N° 27972- Ley Orgánica de
Municipalidades, corresponde al Concejo Municipal, aprobar la celebración de
convenios de cooperación nacional e internacional y convenios interinstitucionales.
Que, el Artículo 41° de la Ley N°
27972, dispone que los acuerdos son decisiones que toma el concejo referidas a
asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan
la voluntad del órgano de gobierno de practicar determinado acto o sujetarse a
una conducta o norma institucional.
Que, con fecha 24 de febrero de
2016, Rgto. 4631-2016, don Enrique SayanMirenghi, representante de N & S,
remite carta comunicando que en reuniones con el Gerente de ESSALUD Ica, para
analizar las necesidades inmediatas en atenciones en salud pública; quien
les manifestó que las atenciones a
pacientes que requieren hemodiálisis es un problema sumamente grave en toda la
región y sin solución a corto plazo. Actualmente no se cuenta con la capacidad
ni calidad que se necesita para atender a los pacientes que sufren de esta deficiencia
renal. Por lo que presenta un primer proyecto “CENTRO MUNICIPAL DE HEMODIALISIS
PARA LA CIUDAD DE CHINCHA, el cual ha sido elaborado por la matriz en España,
Network &Succes (NS ESPAÑA); por lo que necesitan para fines de su
edificación del Centro de Hemodiálisis un área aproximada de mil metros
cuadrados; la misma que tendría que otorgarse mediante convenio ceder en uso dicho terreno por un periodo de
doce años y al termino del mismo cederán a la Municipalidad la infraestructura
y equipamiento.
Que, con Dictamen de fecha 22 de
Junio de 2016, la Comisión de Salud de la Municipalidad Provincial de Chincha,
opina favorablemente para que autorice la firma de Convenio Marco entre la
Municipalidad Provincial de Chincha y NS Chincha HD S.A.C, para la Implementación
de un Centro de Hemodiálisis en la ciudad de Chincha.
Que, por Informe No. 1377-2016-GAJ/MPCH, el Gerente de Asesoría
Jurídica de la Entidad, informa que estando a la propuesta citada y teniendo en
consideración el Dictamen de la Comisión
de Salud del Concejo Municipal, que ha establecido su Acta de Comisión que ve una oportunidad importante el Proyecto del
Centro de Hemodiálisis que sería de mucha utilidad para la Población Chinchana,
haciendo luego referencia a lo que establece
el artículo 9° literal 26 de la Ley Orgánica de Municipalidades,
recomienda se derive al Pleno del Concejo para la determinación pertinentes.
Que, en Sesión Extraordinaria de
Concejo de fecha 30 de Junio de 2016, se aprobó por unanimidad que
conjuntamente con el Convenio Marco se apruebe el Convenio Específico para
iniciar los trámites para la construcción y equipamiento de un Centro Municipal
de Hemodiálisis en la ciudad de Chincha; toda vez que el convenio marco solo es
para impulsar los trámites administrativos y el especifico es para iniciar los
tramites del “CENTRO MUNICIPAL DE HEMODIALISIS PARA LA CIUDAD DE CHINCHA.
Estando a lo expuesto, en consideración a lo aprobado por
unanimidad en la Sesión Ordinaria de Concejo de Concejo de fecha 22 de Junio de
2016 y lo aprobado en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 30 de Junio de
2016; ambas con la dispensa del trámite y aprobación del Acta y a las
facultades conferidas por la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades.
ACUERDA:
ARTÍCULO
PRIMERO.- Autorizar al Señor Alcalde
de la Municipalidad Provincial de Chincha, Ing. Cesar Antonio Carranza Falla,
suscribir el Convenio Marco de Cooperación para el Desarrollo y Consolidación
de la Actividad Sanitaria en la ciudad
de Chincha, con la Empresa NS CHINCHA HD S.A.C., el mismo que consta de
diez clausulas y que adjunto forma parte del presente acuerdo; y posteriormente
el Convenio Específico para Iniciar la tramitación de la Implementación de un
Centro Municipal de Hemodiálisis en la ciudad de Chincha.
ARTICULO SEGUNDO.-
Encargar a la Secretaria General la
publicación del presente Acuerdo con las
formalidades de Ley en el Diario de la Localidad y en la Página Web de la
Institución.
Regístrese,
comuníquese y publíquese.
Ing. César Antonio Carraza Falla
Alcalde
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