miércoles, 20 de julio de 2016

Municipalidad Distrital de Sunampe


ORDENANZA MUNICIPAL Nº 013 -2016-MDS
Sunampe, 08 de Julio del 2016
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE
POR CUANTO
VISTO; En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha; 08 de Julio del 2016; sobre el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Plan de Desarrollo Local Concertado-PDC del distrito de Sunampe del 2016 al 2026;
Considerando:
Que la ley N°27783, Ley de Base de la Descentralización, en su artículo 17° establece que los gobiernos Regionales y Locales están en la obligación de promover la participación ciudadana en la gestión pública y en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, que según su artículo 18° numeral 18.2 son de carácter territorial y expresan los aportes e intervenciones tanto del sector público como privado, de las sociedades regionales y locales y de la cooperación internacional;
Que, de acuerdo al Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972- Ley Organiza de Municipalidades, los gobiernos locales, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política, establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico.
Que, según el artículo 97° de la ley N°27972 Ley Orgánica de Municipalidades, los planes de desarrollo municipal concertados y sus presupuestos participativos tiene carácter orientador de la inversión, asignación y ejecución de los recursos municipales y responden fundamentalmente a los principios de participación, transparencia, gestión moderna y rendición de cuentas, inclusión, eficiencia,. Eficacia, equidad, sostenibilidad, imparcialidad y neutralidad, consistencia de las políticas locales, competitividad e integración, siendo su aprobación una de las atribuciones del concejo municipal, tal como lo establece el numeral 1) del  Artículo 9º de la Ley Nº 27972.
Que, mediante Ordenanza Municipal N°007-2016-MDS, se aprobó el proceso de actualización y formulación del Plan de Desarrollo Local Concertado  del Distrito de Sunampe, cuya finalidad  es la de generar las condiciones para promover un proceso técnico y participativo con los diferentes actores sociales del distrito y las instituciones públicas y privadas, para planificar el desarrollo integral de la jurisdicción con un horizonte temporal al año 2026;
Que, mediante el Ordenanza Municipal Nº 007-2016-MDS de fecha 14 de Abril del 2016, que aprueba el Reglamento el Proceso Actualización del Plan de Desarrollo Concertado 2016-2016- (PDC) del Distrito de Sunampe.
Que, con Informe N°193-2016-OPP/MDS, la oficina de planeamiento y presupuesto, mediante el cual precisa que el Plan de Desarrollo Local Concertado,  es una propuesta de política pública cuyo propósito de contar con un marco de referencia para formular los planes y presupuestos estratégicos y operativos de los siguientes años, a través del cual puedan generarse y desarrollarse una seria de acciones, actividades, programas y proyectos que estén orientados al desarrollo y fortalecimiento , en el marco del  proceso de modernización y armonía del distrito de Sunampe.
Que, la oficina de Asesoría Legal con informe 295-2016-AL/MDS, señala  que resulta necesario aprobar el Plan  de Desarrollo Local Concertado –PDC del Distrito de Sunampe 2016 al 2026; por lo que recomienda que los actuados sean elevados al Concejo Municipal de esta Municipalidad, para que de acuerdo a las atribuciones que se les ha conferido a través del artículo 9° inciso 9) de la Ley Orgánica de Municipalidades, y conforme a lo
Estando a lo expuesto y uso de las atribuciones conferidas al concejo municipal por el artículo 9°, 39° y 40° de la ley N°27972, Ley Orgánica de Municipales, el Concejo Municipal luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE DESARROLLO
LOCAL CONCERTADO DEL DISTRITO DE SUNAMPE 2016-2026,
EL MISMO QUE CONSTA DE 02 VOLÚMENES,
SEGÚN EL DETALLE SIGUIENTE:
VOLUMEN 01: ESTUDIO DE LÍNEA BASE
VOLUMEN 02: PROPUESTA DE DESARROLLO LOCAL
SE ACORDO:
ARTÍCULO PRIMERO.-APROBAR el Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito de Sunampe 2016-2026, el mismo que consta de 02 volúmenes, según el detalle siguiente:
Volumen 01: Estudio de Línea Base
Volumen 02: Propuesta de Desarrollo Local
ARTÍCULO SEGUNDO.-ENCARGAR a la Gerencia Municipal y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la supervisión, monitoreo y la actualización del Plan de Desarrollo Local Concertado aprobado, y la  asistencia al Comité Ciudadano a cargo del Seguimiento y Monitoreo del Plan aprobado.
ARTÍCULO TERCERO.-ENCARGAR al despacho de la Secretaria General la publicación, así como al Área de imagen institucional la difusión por los medios visuales y elec-trónicos, del Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito de  Sunampe 2016-2026,
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

David Lorenzo Matías Atúncar
Alcalde



   

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