Acuerdo de Concejo No. 038 -2016-MPCH.
Chincha Alta, 03 de Junio de
2016
EL
CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto;
en Sesión Ordinaria de Concejo de la Municipalidad Provincial de Chincha, con
el voto unánime de los señores regidores y con la dispensa de la lectura y
aprobación del acta y;
CONSIDERANDO:
Que, el
Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el Artículo 41° de la Ley N°
27972, dispone que los acuerdos son decisiones que toma el concejo referidas a
asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan
la voluntad del órgano de gobierno de practicar determinado acto o sujetarse a
una conducta o norma institucional.
Que, con Ordenanza No. 019-2015-MPCH, de fecha 29 de mayo
de 2015, se declaró zona rígida para el comercio ambulatorio en vías adyacentes al mercado de abastos y
otros; disponiendo plazo para
desocupación de vías en las diferentes calles de la ciudad.
Que, en sesión ordinaria de
concejo de fecha 25 de mayo de 2016, uno de
los puntos de despacho fue el expediente Rgto. No. 9957-2016, de don
Torres Ramos Ericks Sergio, en el que solicita apoyo de maquinarias como
cargador frontal, oruga y otros para el acondicionamiento de terreno de 40.000
m2, adquirido por comerciantes informales
que se han agrupado para habilitarlo para mercado y dejaran las vías públicas;
por lo que puesto a debate el presente pedido, luego de varias intervenciones
se aprobó apoyar a todos los comerciantes informales que quieran formalizarse y
dejar las vías públicas; colaborando con este actuar al desarrollo de la
Provincia.
Estando
a lo expuesto, en consideración a lo aprobado por unanimidad en la Sesión
Ordinaria de Concejo de fecha 25 de mayo de 2016, con la dispensa del trámite y aprobación del
Acta y a las facultades conferidas por la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades.
ACUERDA:
ARTÍCULO
PRIMERO.- Autorizar al Señor Alcalde
de la Municipalidad Provincial de Chincha, Cesar Antonio Carranza Falla, para
que en la medida de la disponibilidad presupuestal y
logística apoyar los esfuerzos de formalización y comercio informal;
dotándoles las actividades operativas en
la medida de lo posible para el acondicionamiento de terrenos adquiridos por
las asociaciones u otros que lo soliciten,
lo requieran y se encuentren inmersos en el fin propuesto, como es la desocupación
de las vías públicas de la ciudad; debiendo posteriormente brindar información
al Concejo sobre lo actuado.
ARTICULO SEGUNDO.-
Encargar a la Gerencia de Servicios
Comunales, Sub Gerencia de Abastecimiento y la Gerencia Municipal, el cumplimiento
del presente acuerdo.
Regístrese,
comuníquese y publíquese.
Ing.
César Antonio Carranza Falla
Alcalde
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