sábado, 6 de febrero de 2016

Municipalidad Provincial de Pisco


ORDENANZA Nº 002-2016-MPP
Pisco,  18 de Enero de 2016
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO
POR CUANTO:
En sesión de Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 15 de Enero de 2016, visto el Informe Nº. 02311-2015-MPP–GSC  de fecha 16 de diciembre de 2015 de la Gerencia de Servicio a la Ciudad, el Informe Nº. 0477–2015–MPP–GSC- SGAPYJ  de fecha 16 de diciembre de 2015 de la Sub Gerencia de Ambiente Parques y Jardines, referido a la aprobación de la Ordenanza Municipal que actualiza y Reactiva la Comisión Ambiental Municipal de Pisco – CAM Pisco,
CONSIDERANDO:
Que, el Articulo N° 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia del Articulo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de las ordenanzas; asimismo los Artículos 2° y 67° establecen como deber primordial del Estado el de garantizar el derecho de todas las personas a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, determinando en la política Nacional del Ambiente y promoviendo el uso sostenible de sus recursos naturales.
Que, el numeral 14.2 del artículo 14 de la Ley General del Ambiente, establece que el Sistema Nacional de Gestión Ambiental se constituye sobre la base de las instituciones estatales, órganos y oficinas de los distintos ministerios, organismos públicos descentralizados e instituciones públicas a nivel nacional, regional y local que ejercen competencias y funciones sobre el ambiente y los recursos naturales; así como por los Sistemas Regionales Locales de Gestión Ambiental, contando con la participación del sector privado y la sociedad civil.
Que, los numerales 17.1 del artículo 17 del Decreto Legislativo N° 1013 que aprueba la Ley de Creación Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, precisan que los gobiernos regionales y locales aprueban la creación, el ámbito, la composición y las funciones de las Comisiones Ambientales Regionales – CAR y de las Comisiones Ambientales Municipales – CAM, respetivamente;
Que, por otro lado, los numerales 25.1 y 25.2 del artículo 25 de la Ley N° 28245 regulan la constitución de las Comisiones Ambientales Municipales, precisando que las mismas, son las instancias de gestión Ambiental, encargadas de coordinar y concertar la política ambiental municipal que promueven el dialogo y el acuerdo entre los sectores público y privado y que articulan sus políticas ambientales con las Comisiones Ambientales Regionales y el Ministerio del Ambiente.
Que, el artículo 49 del Reglamento de la Ley Marco del Sistema de Gestión Ambiental aprobado por Decreto Supremo N° 008-2005-PCM, precisa que la Comisión Ambiental Municipal es la encargada de la coordinación y la concertación de la política ambiental local, promoviendo el diálogo y acuerdo entre los actores locales.
Que, mediante Ordenanza Municipal N° 011-2005-MPP de fecha 15 de noviembre del 2005 se creó la Comisión Ambiental Municipal de Pisco, bajo los procesos promovido por el Consejo Nacional del Ambiente – CONAM que a la fecha no existe, puesto que con el Decreto Legislativo N° 1013 aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; que a la fecha se han incluido otras instituciones a la Comisión Ambiental Municipal, por ello que se hace indispensable actualizar la conformación de la CAM.
Que, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, el Concejo Municipal aprobóUNANIMIDAD la siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE ACTUALIZA Y REACTIVA LA COMISIÓN AMBIENTAL MUNICIPAL DE PISCO
Artículo 1°.-ACTUALIZAR Y REACTIVAR, la COMISIÓN AMBIENTAL MUNICIPAL – CAM PISCO, como la instancia de gestión ambiental de la Provincia de Pisco, encargada de coordinar y concertar la política Ambiental Local, promoviendo el dialogo y el acuerdo entre los sectores públicos, privados y sociedad civil, articulando sus políticas ambientales con la Comisión Ambiental Regional - CAR Ica y el Ministerio del Ambiente.
Artículo 2°.- La comisión Ambiental Municipal de Pisco tendrá las siguientes funciones:
a)    Ser la instancia de concertación de la Política Ambiental Local en coordinación   con el Gobierno Local para la implementación del Sistema Local de Gestión Ambiental.
b)    Construir participativamente el Plan y la Agenda Ambiental Local  que serán aprobados por el Gobierno Local.
c)    Lograr compromisos concretos de las instituciones integrantes en base a una visión compartida de desarrollo sostenible.
d)    Elaborar Propuestas para el funcionamiento, aplicación y evaluación de los Instrumentos de Gestión Ambiental y la ejecución de Políticas Ambientales.
e)    Facilitar la solución de conflictos ambientales entre el sector público y privado, incluyendo la actividad empresarial del estado.
f)     Participación y representación en la instancia regional.
g)    Promover la aplicación del Sistema de Gestión Ambiental Local
h)    Promover mecanismos de participación de la sociedad civil y la actividad privada en la Gestión Ambiental.
Artículo 3°.- La Comisión Ambiental Municipal – CAM Pisco, estará conformada por los siguientes miembros:
1.    Tres  representantes de la Municipalidad Provincial de Pisco.
2.    Un representante de la Municipalidad Distrital de Paracas.
3.    Un representante de la Municipalidad Distrital de San Andrés
4.    Un representante de la Municipalidad Distrital de Túpac Amaru Inca.
5.    Un representante de la Municipalidad Distrital de San Clemente.
6.    Un representante de la Municipalidad Distrital de Independencia.
7.    Un representante de la Municipalidad Distrital de Humay.
8.    Un representante de la Municipalidad Distrital de Huáncano
9.    Un Representante del Gobierno Regional de Ica. 
10.  Un representante de la Gerencia Sub Regional de Pisco–GORE Ica.
11.  Un representante de la UE 404 Hospital San Juan de Dios
12.  Un representante de la Unidad de Gestión Educativa Local - UGEL PISCO
13.  Un representante de la Dirección Regional de la Producción
14.  Un representante de la Dirección Regional Agraria Pisco
15.  Un representante de la Autoridad Local del Agua Pisco - ALA
16.  Un representante de la Reserva Nacional de Paracas – SERNANP.
17.  Un representante del Instituto del Mar del Perú-Laboratorio Costero de Pisco.
18.  Un representante de la Capitanía Guardacostas Marítima del Puerto de Pisco - DICAPI
19.  Un representante de EMAPISCO SAGG
20.  Un representante de la Empresa Privada APROPISCO
21.  Un representante de la Empresa Privada Corporación Aceros Arequipa
22.  Un representante de la EmpresaPrivada PLUSPETROL PERU CORPORATION S.A.
23.  Un representante de la Universidad San Luis Gonzaga de Ica.
24.  Un representante de la Universidad Particular Alas Peruanas
25.  Un representante de las Juntas Vecinales.
26.  Un representante de ONGs - CEDEP
Artículo 4°.- La incorporación de miembros a la Comisión Ambiental Municipal – CAM Pisco, queda abierta para las instituciones u organizaciones interesadas en la Gestión Ambiental.
Artículo 5°.- Las instituciones conformantes de la CAM, deberán designar un representante titular y alterno, mediante comunicación escrita, la misma que deberá ser suscrita por el directivo de más alto nivel.
Artículo 6°.- La aprobación de los instrumentos de gestión ambiental provincial debe contar con la opinión favorable de la Comisión Ambiental Municipal – CAM Pisco, sin perjuicio de la intervención de las instituciones públicas y privadas, y órganos de base representativos de la sociedad civil.

Los instrumentos de gestión ambiental provincial, deben guardar estricta concordancia con los aprobados para el ámbito nacional y regional, de conformidad con el Art. 26 de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental – Ley 28245 y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2005-PCM.
Artículo 7°.- Disponer la publicación de la presente Ordenanza en el portal institucional de la Municipalidad Provincial de Pisco (www.munipisco.gob.pe).
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.


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