ACUERDO DE
CONCEJO
No.
010-2016-MPCH
Chincha Alta, 01 de
Febrero de 2016
EL
ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto; el Expediente
Rgto. 1619-2016, presentado por AFP INTEGRA S.A, representada por su Gerente General JORGE
RAMOS RAYGADA, sobre sesión de 2500 m2 de terreno del Parque Cruz Blanca,
ubicado en la Av. Los Arenales s/n. Plaza de Armas Cruz Blanca, por un periodo
de 60 días, para la construcción de un parque de juego el que tendrá una
permanencia de 20 años para ser utilizado por la comunidad.
CONSIDERANDO:
Que, el
Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo
Único de la Ley 30305, señala que las
municipalidades provinciales y distritales
son órganos
de gobierno local, tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, de acuerdo a lo establecido por el numeral 26 del
Artículo 9° de la Ley N° 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde al
Concejo Municipal, aprobar la celebración de convenios de cooperación nacional
e internacional y convenios interinstitucionales.
Que, el Artículo 41° de la Ley N° 27972, dispone que
los acuerdos son decisiones que toma el concejo referidas a asuntos específicos
de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del
órgano de gobierno de practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o
norma institucional.
Que, de acuerdo al ARTÍCULO 82.-
EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES Y RECREACIÓN, en su Artículo 18° prescribe que las
Municipalidades deben Normar, coordinar
y fomentar el deporte y la recreación, de manera permanente, en la niñez, la
juventud y el vecindario en general, mediante las escuelas comunales de
deporte, la construcción de campos deportivos y recreacionales o el empleo
temporal de zonas urbanas apropiadas, para los fines antes indicados; coordinan
con las entidades públicas responsables y convocan la participación del sector
privado.
Que, el objeto de la Empresa mencionada en vistos, es
brindar a los niños espacios seguros de recreación e integración familiar que
los estimule en su buen desarrollo. Es por ello que realiza en colaboración con
la ciudadana la construcción de un “Parque de Juegos” para niños en el Perú.
Que, la Municipalidad Provincial Chincha,
con el fin de brindarle a la Comunidad Chinchana zonas de esparcimiento,
bienestar, salud, educación tiene el
deber de captar y hacer gestiones con los inversionistas privados, tanto a
nivel nacional como del extranjero, para
que realicen proyectos de Interés municipal, de conformidad con las normas vigentes.
Que es necesario se
ceda el terreno de 2500 m2, del Parque de Cruz Blanca, ubicado en Av. Los
Arenales s/n., Plaza de Armas, Cruz Blanca por un periodo de 60 días, para la
construcción de un parque de Juegos; dejando un área perimetral de 8.00 ml. de
ancho x 50.00 m.l. de largo en cado lado del terreno, para otros usos del
proyecto, se autorice al Alcalde firmar los respectivos convenios con
Transportes y Comunicaciones y sustentar la documentación que nos están
requiriendo, en el Oficio de la referencia para el logro de lo expresado en el
párrafo precedente.
Estando a
lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por los artículos 39° y 41° de
la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, los regidores del Concejo
Municipal con el voto por UNANIMIDAD efectuado en la Sesión Ordinaria de
Concejo de fecha 27 de enero de 2016, con la dispensa de lectura
y aprobación de acta; se aprueba el siguiente Acuerdo.
ACUERDO:
ARTICULO PRIMERO.- CEDER a AFP INTEGRA S.A, representada por su Gerente General JORGE
RAMOS RAYGADA, el terreno de 2500 m2 de
terreno del Parque Cruz Blanca, ubicado en la Av. Los Arenales s/n. Plaza de
Armas Cruz Blanca, por un periodo de 60 días, para la construcción de un parque
de juego, para niños.
ARTICULO SEGUNDO.- La Gerente
Municipal en coordinación con las Oficinas respectivas se encargaran del
cumplimiento del presente acuerdo.
Regístrese, publíquese,
comuníquese y cúmplase.
Ing. CÉSAR ANTONIO
CARRANZA FALLA
Alcalde
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