EN
OPERATIVOS PARTICIPÓ LA PNP CARRETERAS
De acuerdo al Plan de Operaciones Anual
de Fiscalización a nivel nacional, la Superintendencia de Transporte Terrestre
de Personas, Carga y Mercancías-SUTRAN, a través de su brazo supervisor impuso
–entre enero y diciembre del 2015- 29,283 papeletas a los conductores que prestaron el servicio de transporte regular personas con
vehículos que no cuentan con la autorización del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones (MTC).
Las intervenciones y sanciones al servicio informal
de transporte de personas se realizaron en operativos conjuntos
con la Policía Nacional del Perú (División de Carreteras y Tránsito) tanto en
ciudades como en las vías nacionales, donde con la aplicación de nuevas
estrategias de fiscalización se detectaron inéditos hábitos de los conductores
para desacatar el Reglamento Nacional de Administración de Transporte.
Cuatro regiones con
presencia permanente de SUTRAN son
las que registran el mayor índice de aplicación de Actas No Conformes (F1) a
conductores que prestaron el servicio de transporte de personas informal en el
país: Lima (5,970 papeletas), Cusco (3,371 papeletas), Arequipa (3,337
papeletas) y La Libertad (2,631 papeletas).
Asimismo, las tres
regiones sin presencia permanente de la
SUTRAN que anotan
altas sanciones a los vehículos que transportan pasajeros sin autorización del
MTC son Huancavelica (39 papeletas), Apurímac (30 papeletas) y Pasco (23 papeletas).
“Los mayores índices de accidentes de tránsito en las vías nacionales
son protagonizadas por los colectivos, vehículos que no cuentan con las condiciones
que el MTC exige para prestar este servicio y que siempre van a altas velocidades
y que son capaces de realizar adelantamientos en curvas peligrosas como los de
la Carretera Central”, declaró la Superintendente de la Sutran, María Jara
Risco.
“Desde la
SUTRAN tenemos como objetivo combatir los dos tipos
de informalidad: la primera, considerada pura, que consiste en brindar el
servicio sin autorización del MTC y el segundo, prestar un servicio distinto a
la autorizada, como ocurre con las unidades con autorización para prestar
servicios turísticos; pero en la práctica realizan un servicio regular de
transporte de pasajeros, ello no lo vamos a permitir”, concluyó.
Cabe señalar que prestar el servicio sin
autorización, es considerada una falta muy grave (F1), ameritando el internamiento
de vehículo al depósito, retención de la licencia de conducir por 60 días y el
pago de S/.3, 950 soles (1 UIT).
La SUTRAN exhorta a los usu-arios de los servicios de
transporte terrestre que elijan empresas de transporte autorizadas,
embarcándose en terminales terrestres formales, así evitarán contratiempos
pudiendo disfrutar de una viaje seguro.- Denuncias ALO SUTRAN 0800 -12345-comunicate@sutran.gob.pe.
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