sábado, 5 de diciembre de 2015

Municipio Distrital de Pueblo Nuevo


ORDENANZA  N°13-A- MDPN/2015
Pueblo  Nuevo, 17  de Julio  del  2015
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE PUEBLO NUEVO–PROVINCIA  DE CHINCHA.
VISTO:
En  Sesión Extraordinaria de concejo de la fecha  17 de  Julio  del  dos  mil  quince, el informe 010-2015-ST-CODISEC  de la Secretaria  Técnica del Comité distrital de Seguridad Ciudadana del  Distrito  de  Pueblo  Nuevo –Chincha –Ica   y;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194°, modificada por la Ley  N° 28607 de la reforma constitucional del cap. xiv del título IV, reconoce que las municipalidades como órganos  de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que la ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana N° 27933 tiene como objeto el proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades, garantizar la seguridad, paz, tranquilidad, el cumplimiento, respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional comprende a las personas naturales, jurídicas, sin excepción, que conforman la nación  peruana, para ello establece que el sistema nacional de seguridad ciudadana(SINASEC) y los otros sistemas administrativos y funcionales del estado contribuyan a garantizar la seguridad ciudadana participando en los procesos y acciones que de ellas se deriven, componen el citado sistema  entre otros, los comités de Seguridad Ciudadana(CODISEC).
Conforme al artículo 13° del citado dispositivo de los comités regionales, provinciales y distritales son los encargados de formular lo planes, programas, proyectos, y directivas de seguridad ciudadana, así como de ejecutar lo mismo en sus jurisdicciones, en el marco  de la política nacional diseñada por el CONASEC.
Que el reglamento de la Ley del Sistema de Nacional de Seguridad Ciudadana, aprobada con Decreto Supremo N° 011-2014-in expresa en su Artículo 46°, que los planes son instrumentos de gestión y orden que orientadas el quehacer en materia  de seguridad ciudadana en los ámbitos provincial, distrital y con un enfoque de resultados. Contiene un diagnóstico del problema  y establece una misión, objetivos estratégicos, y específicos, actividades, indicadores, metas responsables, que se elaboran en concordancia  con los objetivos estratégicos contenidos en las políticas nacionales y Regionales de carácter multianual, estos planes se ajustan trimestralmente, de acuerdo al análisis del proceso de ejecución y de los resultados obtenidos mediante la aplicación de los respectivos indicadores de desempeño
Que en el artículo 47°in fine, del reglamento establece que además de su aprobación por el Comité Regionales, Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana, los planes deberán ser ratificados por los Concejos Regionales de los Gobiernos Regionales y por los Concejos Municipales Provinciales y Distritales, según corresponda a efectos de su obligatorio cumplimiento como Políticas Regionales, Provinciales y Distritales, de manera concordante con el artículo 30°,literal e; precisa que como Secretaria Técnica del CODISEC, la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Distrital o el órgano que haga de sus veces, tiene como función, entre otros, el presentar al Concejo Municipal Distrital el Plan de Seguridad Ciudadana Aprobado por el CODISEC, para su ratificación mediante Ordenanza Municipal;
Que en tal sentido, con informe N° 010-2015-ST-CODISEC el Secretario Técnico del CODISEC del Distrito de Pueblo Nuevo remite el Plan de Seguridad Ciudadana del Distrito de Pueblo Nuevo 2015 – Chincha, Aprobado en Sesión Ordinaria del Comité realizada el veintiséis  de  Marzo del 2015, a efectos de que sea ratificado por el Concejo Municipal mediante Ordenanza, conforme establece el reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, expresando que el documento así Aprobado y Ratificado, tiene que  ser derivado a la Secretaria Técnica del  COPROSEC, CORASEC, CONASEC.
Que, el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana del Distrito de Pueblo Nuevo 2015, obedece a la necesidad de contar con un instrumento de gestión interinstitucional para reducir la violencia  y la inseguridad desde una óptica integral, multisectorial, dentro del marco de las políticas del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana en concordancia con la ley N° 27933 – Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, tiene por finalidad plantear una estrategia de lucha contra la Inseguridad Ciudadana en el Distrito de Pueblo Nuevo, con la participación activa y coordinada de la sociedad civil, la Municipalidad, Policía Nacional del Perú y otras Instituciones Públicas y Privadas a través del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana(CODISEC);
Estando a los fundamentos antes expuestos, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8 del artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, contando con el voto UNANIME  de los Señores Regidores  y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, se ha dado la siguiente:
ORDENANZA  QUE APRUEBA  EL PLAN  DE  SEGURIDAD  CIUDADANA  Y COVIVENCIA  SOCIAL  2015  DEL  DISTRITO  DE  PUEBLO  NUEVO – CHINCHA – ICA.
Artículo  Primero.-  RATIFICAR  el  Plan  de  Seguridad  Ciudadana  del  Distrito  de  Pueblo  Nuevo  - Provincia  de  Chincha – Departamento  de  Ica.  P
Articulo  Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Subgerencia de Seguridad Ciudadana, a la Secretaria de Imagen Institucional y Comunicaciones, Gerencia de Administración Tributaria y Finanzas y demás Unidades Orgánicas de la Municipalidad, el estricto cumplimiento de la Presente Ordenanza y del Plan Aprobado.
Regístrese, Comuníquese, Publíquese y  Cúmplase
Hugo Jesús Buendía Guerrero - Alcalde
VO –CHINCHA-n



















0 comentarios:

Publicar un comentario

Con la tecnología de Blogger.