ORDENANZA
N°. 040 - 2015 - MPCH
Chincha Alta, 27 de Noviembre de 2015.
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE
LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA;
VISTO; en Sesión Ordinaria de
Concejo de fecha 25 de Noviembre de 2015, el Plan de Contingencia Frente al
Fenómeno El Niño 2015-2016 de la Municipalidad Provincial de Chincha;
presentado por GEPREDES SAC.
CONSIDERANDO:
Que,
el Artículo 194 de la Constitución Política del Estado, modificado por el
Artículo Único de la Ley N° 30305, señala que las Municipalidades tienen autonomía, política,
económica y administrativa en los asuntos de su competencia; en coherencia con
el Artículo II del Título Preliminar de la aludida Ley Nº 27972, de acuerdo con
el cual la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las
municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno,
administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.
Que,
el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), fue creado
por Ley 29664, como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado,
transversal y participativo, con la finalidad de identificar y reducir los
riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos; así como, evitar la
generación de nuevos riesgos, y preparación y atención ante situaciones de
desastres mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política,
componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres;
Que, el numeral 6.1 del artículo 6 de la Ley
No. 29664, señala que la Política
Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres se establece, entre otros, sobre la
base de los siguientes componentes: a) Gestión Prospectiva: conjunto de
acciones que se planifican y realizan con el fin de evitar y prevenir la
conformación del riesgo futuro que podría originarse con el desarrollo de
nuevas inversiones y proyectos en el territorio; b) Gestión Correctiva:
conjunto de acciones que se planifican y realizan con el objeto de corregir o miti-gar
el riesgo existente; y c)Gestión Reactiva: conjunto de acciones y medidas
destinadas a enfrentar los desastres ya sea por un peligro inminente o por
materialización del riesgo.
Que, por D.S N° 045-2015-PCM “Decreto Supremo se
declara el Estado de Emergencia en algunos distritos y provincias comprendidos
en los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca,
Amazonas, San Martín, Ancash, Lima, Ica, Arequipa, Cusco, Puno, Junín y
Provincia Constitucional del Callao, por Peligro Inminente ante el periodo de
lluvias 2015-2016 y posible ocurrencia del Fenómeno El Niño.”
Que, el D.S N°058-2015-PCM “Decreto Supremo prorroga el Estado de Emergencia en algunos
distritos y provincias comprendidos en los departamentos de Tumbes, Piura,
Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas, San Martín, Ancash, Lima, Ica, Arequipa,
Cusco, Puno, Junín y Provincia Constitucional del Callao, por Peligro Inminente
ante el periodo de lluvias 2015-2016 y posible ocurrencia del Fenómeno El
Niño”.
Que, dichas
normas nacionales antes citadas, por el cual se declara el Estado de Emergencia
por peligro inminente ante el periodo de lluvias 2015-2016 y posible ocurrencia
del Fenómeno El Niño, comprende a la
Provincia de Chincha, incluyendo sus 11 distritos que han sido definidos con
riesgo frente al Fenómeno El Niño.
Que, el presente Plan de Contingencia se elabora en
el marco del cumplimiento de las disposiciones del Ejecutivo en lo que respecta
a los preparativos y la respuesta frente al Niño que se presentará entre los
meses de diciembre de 2015 y marzo de 2016.
Que, el Plan de Contingencia Frente al Fenómeno El
Niño 2015-2016, de la Municipalidad Provincial de Chincha, es un documento
orientador de las acciones de preparación y respuesta en un escenario de
intervención de impacto nivel II o también dicho de intervención provincial, es
decir sólo cuando las capacidades de respuesta del distrito afectado no son
suficientes para controlar los daños y atender las necesidades que un evento
adverso ha provocado y por lo tanto se requiere de la intervención provincial;
por lo tanto el presente documento articula a todos los integrantes del Grupo
de Trabajo asignándoles responsabilidades y tareas a emprender en caso de
ocurrir un evento adverso de nivel II,
así mismo involucra a diversas áreas orgánicas del Municipio en calidad de
apoyo de las tareas de respuesta. Por otro lado delega responsabilidades a
diferentes actores que conforman la Plataforma Provincial de Defensa Civil y
les proporciona a todos una serie de protocolos y procedimientos específicos
para orientarse en las tareas de respuesta, las cuales están organizadas en 6
áreas funcionales: Conducción y coordinación, Análisis operacional, Salud,
Búsqueda y salvamento, Logística y Asistencia Humanitaria.
Que, el Plan de Contingencia Frente al Fenómeno El
Niño 2015-2016, de la Municipalidad Provincial de Chincha, consta de la
Presentación, Información General, Base Legal, Objetivos del Plan, Escenarios
de Riesgo, Organización frente a la emergencia, Procedimientos Específicos,
Presupuesto, Directorio, Inventario de Recursos, Esquema de Alerta Temprana a
Nivel Provincial, Esquema de la cadena de llamadas y Tarjetas de acción.
Estando a lo expuesto, a lo aprobado por unanimidad por los Miembros presentes en
la votación de dicho acto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25 de
Noviembre del 2015, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta y a las
facultades conferidas por la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, se
expide la siguiente:
ORDENANZA:
ARTICULO PRIMERO.- Aprobar el Plan de Contingencia Frente al Fenómeno El Niño
2015-2016, de la Municipalidad Provincial de Chincha, que consta de
Presentación, Información General, Base Legal, Objetivos del Plan, Escenarios
de Riesgo, Organización frente a la emergencia, Procedimientos Específicos,
Presupuesto, Directorio, Inventario de Recursos, Esquema de Alerta Temprana a
Nivel Provincial, Esquema de la cadena de llamadas y Tarjetas de acción, el
mismo que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal.
ARTICULO
SEGUNDO.- Encárguese del Cumplimiento de la Presente
Ordenanza al encargado de la Oficina de Defensa Civil, al Grupo de Trabajo y a
las Unidades Orgánicas de la Municipalidad.
ARTICULO
TERCERO.- Encargar a la Secretaria General la publicación
de la presente Ordenanza, en cumplimiento al marco legal establecido, para su
finalidad y fines pertinentes.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y
CÚMPLASE
Ing. CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA
Alcalde
0 comentarios:
Publicar un comentario