ACUERDO
No.- 090-2015-MPCH
Chincha Alta, 24 de
Diciembre de 2015.
Visto, el Informe No.
2616-2015-GPP/MPCH, de fecha 18 de Diciembre de 2015, emitido por el Gerente de
Planificación y Presupuesto, sobre Presupuesto Institucional de Apertura PIA
para el Año Fiscal 2016.
CONSIDERANDO:
Que, conforme al Artículo II del
Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades, se establece que "Los Gobiernos Locales gozan
de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para
las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno,
administrativos y de administración, con
sujeción al ordenamiento jurídico
en concordancia con el Artículo 194° de La
Constitución Política del Estado, modificado por el Artículo Único de la Ley N° 30305.
Que,
según el artículo 195, numeral l de la Carta Magna, los gobiernos locales son
competentes para aprobar su presupuesto; así como también lo señala el artículo
42º literal d) de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización y que
deberá efectuarse conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las
Leyes Anuales de Presupuesto; En concordancia con tal facultad del artículo 9º
numeral 16, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que indica que le corresponde al Concejo
Municipal entre otras atribuciones, aprobar el presupuesto anual y sus
modificaciones dentro de los plazos señalados por ley, bajo responsabilidad.
Que,
en ese orden el artículo 53. l. numeral 2, literal b) de la Ley Nº 28411, Ley
General del Sistema Nacional de Presupuesto, prescribe que el Titular del
Pliego propone el proyecto de presupuesto al Concejo Municipal, para su
aprobación mediante Acuerdo, siendo posteriormente promulgado a través de Resolución
de Alcaldía.
Que,
el artículo 54.1, literal a) del acotado dispositivo, indica que los gobiernos
locales promulgan o aprueban, según sea el caso sus respectivos presupuestos
dentro de un plazo que vence el 31 de diciembre de cada año fiscal anterior a
su vigencia.
Que,
la Gerencia de Planificación y Presupuesto a través del informe de vistos, remite el proyecto del Presupuesto
Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2016, el mismo que asciende tanto
para el montode Ingresos y Gastos el monto de S/. 31 '065,347.00 (Treinta y Un
Millones sesenta y cinco mil trescientos cuarenta y siete y 00/100 Nuevos
Soles); indicando que el Presupuesto elaborado se encuentra en la Directiva No. 002-2015-EF/50.01 Directiva para los Programas Presupuestales
en el marco de la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Publico
Año Fiscal 2016, la cual toda la información del Presupuesto elaborado
corresponde a la registrada y trasmitida a la Dirección General de Presupuesto
Público.
Que,
en el rubro 1.4 Donaciones y
Transferencias; 1.4.1.4.5.1 Fondo de Compensación Municipal que se señala en el
Presupuesto presentado por la Gerencia de Planificación y Presupuesto,
prescribe que las transferencias que corresponden por la recaudación neta del
Impuesto de Promoción Municipal del Impuesto al Rodaje no reembolsable de Fondo
de Compensación Municipal por la suma de S/. 11`366,943.oo Nuevos Soles,
Presupuesto de Ingresos; Están destinado en un 95% para financiar los gastos
corrientes de la entidad y el 5% para financiar proyectos de Inversión Publica
aprobado anteriormente por acuerdo de Concejo.
Estando a lo expuesto, a lo aprobado por
mayoría de los Miembros presentes en la votación de dicho acto en Sesión
Ordinaria de Concejo de fecha 23 de Diciembre del 2015, con la dispensa de la
lectura y aprobación del Acta y a las facultades conferidas por la Ley 27972
Ley Orgánica de Municipalidades.
ACUERDA.
Artículo Primero.-
APROBAR
el Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2016- PIA de la
Municipalidad Provincial de Chincha, tanto para Ingresos y Gastos la suma
ascendente de 31 '065,347.00 (Treinta y Un Millones, Sesenta y Cinco Mil, Trescientos Cuarenta y
Siete y 00/1 00 Nuevos Soles), para el periodo comprendido entre el 01 de enero
al 3 1 de diciembre de 2016; de conformidad con los considerandos expuestos en
el presente acuerdo.
Artículo Segundo.-
FIJAR
en un 95% del Fondo de Compensación
Municipal (FONCOMÚN) de la Municipalidad Provincial de Chincha a ser destinado
para financiar los gastos corrientes de le Entidad y en un 5% para financiar
proyectos de Inversión Publica.
Artículo Tercero.-
ENCARGAR
a la Gerencia de Planificación y Presupuesto el cumplimiento del presente
acuerdo y la ejecución de los trámites que resulten necesarios de acuerdo a
ley.
Artículo Cuarto.-
ENCARGAR
al Jefe de Imagen Institucional, la publicación del presente acuerdo en el
Portal Institucional (www.munichincha.gob.pe).
Regístrese, publíquese, comuníquese
y cúmplase.
Ing.
César Antonio Carranza Falla
Alcalde
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