ACUERDO DE
CONCEJO No. 063-2015-MPCH.
Chincha Alta, 31 de agosto de 2015
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE CHINCHA
Visto;la carta de
fecha 25 de agosto de 2015, presentada por el Pbro. MARCO ANTONIO MARTINEZ
RUIZ, Párroco de la Parroquia Santo Domingo de Guzmán, sobre donación de Chatarras.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado
por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales
y distritales son órganos de gobierno local,
tienen autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el artículo 41°
de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, señala que
"Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidos a asuntos
específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad
del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una
conducta o norma institucional.
Que, por
otro lado, el artículo 59° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades,
señala taxativamente lo siguiente: "Los bienes municipales pueden ser
transferidos, concesionados en uso o en explotación, arrendados o modificados
su estado de posesión o propiedad mediante cualquier otra modalidad, por
acuerdo del concejo municipal".
Que, el
Artículo 64° de la Ley 27072, señala que “Las municipalidades,
por excepción, pueden donar, o permutar, bienes de su propiedad a los Poderes
del Estado o a otros organismos del Sector Público”.
Que, de acuerdo al documento
de vistos, presentado por el Párroco de la Parroquia Santo Domingo, requiere
las chatarras con el fin de obtener fondos para el mantenimiento de la
Parroquia que representa.
Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por los
artículos 39° y 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, los
regidores del Concejo Municipal con el voto por UNANIMIDAD de los miembros
asistentes en la Sesión Ordinaria de fecha 26 de agosto de 2015, con la dispensa
de lectura y aprobación de acta;
ACUERDA
ARTICULO PRIMERO.-DONAR a favor de
la Parroquia Santo Domingo de Guzmán, representado por el Pbro. MARCO ANTONIO MARTINEZ RUIZ, los Bienes
Muebles en desuso (chatarras), de la Municipalidad Provincial de Chincha; para
fines que de que obtengan fondos para el mantenimiento de la Parroquia Santo Domingo
de Guzmán.
ARTICULO SEGUNDO.- Encargar a la Gerente Municipal Dar de Baja a los Bienes Muebles en desuso (chatarras), de la
Municipalidad Provincial de Chincha, de conformidad con la normas de la
materia, para dar cumplimiento a lo expuesto en el Articulo precedente.
ARTICULO TERCERO.- Encargara la Sub Gerencia de Abastecimiento y a la Unidad de Patrimonio se
proceda a la entrega respectiva a la Parroquia Santo Domingo, que acredite la
disposición de dichos Bienes Muebles en desuso (chatarras), con la formalidad y
con la documentación pertinente.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
Ing. César Carranza Falla
Alcalde
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