viernes, 16 de octubre de 2015

Municipalidad Provincial de Chincha


ORDENANZA No. 035-2015-A/MPCH
Chincha Alta, 15 de Octubre de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
VISTO; la Ordenanza N° 032-2015-MPCH, de fecha 31 de Agosto del 2015, publicado en el Diario Verdad del Pueblo, con fecha 11 de Setiembre del 2015, que aprueba la Rebaja del Pago de los Derechos por Depósito Municipal y Fraccionamiento por Infracciones al Reglamento de Tránsito y que cuenta con Cinco Artículos y cinco Disposiciones complementarias y finales.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales  son órganos de gobierno local, tienen  autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el Artículo 195° de la Constitución Política del Perú, otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales al disponer que estos tienen competencia para crear modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales conforme a ley, estableciendo adicionalmente que las municipalidades tienen competencias para administrar sus bienes y rentas.
Que, el primer párrafo del Artículo 74° de la Constitución Política del Perú, establece que los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar éstas, dentro de su jurisdicción, y con los límites que señala la Ley.
Que,  de conformidad con lo establecido por el Inc. 8) del Art.  9° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos.
Que, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 14 de octubre del 2015, el Señor Regidor Luis Lorenzo Cruz Carbajal, expone dentro de sus pedidos  que en la redacción de la Ordenanza se  ha consignado datos que no correspondían, específicamente en el primer párrafo del Artículo tercero de la Ordenanza N° 032-2015-MPCH, solicitando su modificación, quedando como sigue: Por la presente Ordenanza se otorgarán los siguientes beneficios solamente a los vehículos que se encuentren internados Hasta el 15 de Setiembre del 2015, en el depósito Municipal y que no estén incursos en las Infracciones al Reglamento Nacional de Tránsito. Códigos M- 1, M-2, y/o se encuentren con Orden Judicial en trámite.
Que, de acuerdo a lo expuesto y al pedido en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 14 de Octubre del 2015, es necesario se modifique la Ordenanza N° 032-2015-MPCH, de fecha 31 Agosto del 2015, sólo en el extremo del primer párrafo del Artículo Tercero;
Estando a lo expuesto, en uso de las facultades establecidas en los Artículos 9°, 20° y 40° de la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal luego del debate correspondiente y con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del Acta, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente:
ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA QUE APRUEBA LA REBAJA DEL PAGO DE LOS DERECHOS POR DEPOSITO MUNICIPAL Y
FRACCIONAMIENTO POR INFRACCIONES  AL REGLAMENTO DE TRANSITO.
Artículo Primero.-MODIFICAR el Artículo Tercero, de la Ordenanza N° 32-2015-MPCH, que aprueba la Rebaja del Pago de los Derechos por Depósito Municipal y Fraccionamiento por Infracciones al Reglamento de Tránsito, en los siguientes términos:
ARTICULO TERCERO.- BENEFICIOS
Por la presente Ordenanza se otorgarán los siguientes beneficios solamente a los vehículos que se encuentren internados hasta el 15 de Setiembre del 2015, en el depósito Municipal y que no estén incursos en las Infracciones al Reglamento Nacional de Transito. Códigos M- 1, M-2, y/o se encuentren con Orden Judicial en trámite:
a).- Rebajar  el derecho de liberación del vehículo a la suma de S/. 57.50  nuevos soles (pago único) a  las Motos, Mototaxis, Ciclomotores, Bicicletas y Automóviles, condonándose los intereses y moras generados; teniendo como requisito principal para que se acojan con este beneficio; deben cancelar el 10% del pago de la papeleta de infracciónal Reglamento Nacional de Tránsito y acogerse al Fraccionamiento de la misma.
b) No están comprendidos en el presente beneficio las infracciones con los Códigos M-1, M-2 y aquellas que se encuentren en proceso judicial en trámite.”
Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario de la provincia de Chincha.
Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Ordenanza en el portal institucional de la Municipalidad Provincial de Chincha, dentro del día siguiente de su aprobación.
POR TANTO:
Mando se Registre, Comunique Publique y Cumpla.
Ing. César Antonio Carranza Falla

Alcalde

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