ACUERDO DE CONCEJO N° 084-2015-MDS
Sunampe, 20 de julio de 2015
EL ALCALDE DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE:
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo celebrada el día 20 de julio del 2015,
el Informe Legal N° 189-2015-ALE-JRT de la Oficina de Asesoría Legal, mediante
el cual se propone aprobar el Proyecto de Acuerdo de Concejo que dispone el Saneamiento
Físico Legal de Terreno de Aportes de “Otros Usos” y “Otros Fines”; y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme establece el Artículo 194° de la Constitución Política del
Perú, así como el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 (Ley
Orgánica de Municipalidades), los gobiernos locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el Inciso 6) del Artículo
56° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972 señala que son bienes
de las Municipalidades, entre otros, los aportes provenientes de las
habilitaciones urbanas.
Que, conforme se desprende del
Artículo 58° de la misma Ley, los bienes inmuebles de las Municipalidades, a
que se refiere el Artículo 56°, se inscriben en los Registros Públicos, a
petición del Alcalde y por mérito del Acuerdo del Concejo correspondiente. Lo
descrito se halla concordante con lo establecido por los Artículos 2008°, 2009°
y 2010° del Código Civil, así como con lo señalado en los Artículos III del
T.P. y Artículo 1° y 8° del Texto Único Ordenado del Reglamento General de Registros
Públicos, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros
Públicos Nº 079-2005-SUNARP-SN;
Que, el predio con área de aporte para otros fines se encuentra
ubicado en la Lotización de la Cooperativa de Vivienda Magisterial Ltda N° 347
Manzana C Lote 15, del Centro Poblado San Martín jurisdicción de este distrito.
Que, según la Partida Registral N° 11000011 expedida por los
Registros Públicos aparece que este terreno se encuentra inscrito para “Otros Usos” y “Otros Fines” lo que conllevaría a colegir que como aporte
pertenecería a la administración municipal pero no acredita en forma fehaciente
el título de dominio, en consecuencia es de
propiedad de esta Municipalidad Distrital;
Que, la Oficina de Asesoría
Jurídica mediante Informe N° 189-2015-MDS-ALE/JRT emite Opinión en el sentido que
es necesario proceder al Saneamiento Físico Legal del predio antes descrito, a
mérito al Acuerdo de Concejo Respectivo y; la memoria descriptiva elaborado y
plano de ubicación visada por la Oficina de Obras y Desarrollo Urbano;
En uso de las atribuciones
conferidas por Artículo 9° Numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades –
Ley N° 27972, concordante con el Artículo 58° de la misma norma legal y
contando con el voto unánime de los señores Regidores se aprobó el siguiente:
SE ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO.- PROCÉDASE, con el Saneamiento Físico Legal del Terreno de “Otros Usos” y “Otros
Fines” que es de propiedad de la Municipalidad Distrital de Sunampe, que a
continuación se detalla:
A) Terreno predio con área de aporte para otros fines se encuentra ubicado
en la Lotización de la Cooperativa de Vivienda Magisterial Ltda N° 347 Manzana
C Lote 15, del Centro Poblado San Martín jurisdicción de este distrito, con una Extensión superficial de 353.28 m2 Área
digital de 333.7248 m2, cuya matriz se encuentra inscrita
en la Partida N° 11000011 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de la
provincia de Chincha, siendo los Linderos y Medidas Perimétricas del área a
independizar las siguientes:
- Por el Fondo, colinda con el lote D Sub lote 1 (Partida N° 11000746, con una línea
recta de 10.75 ml. (diez y setenta y cinco metros lineales).
- Por la Izquierda entrando, colinda con propiedad de terceros, con
una línea quebrada de tres tramos B-C(8.50ml)
C-D(20.00ml) D-E(8.50ml).
- Por la derecha entrando, Colinda con el lote 14, con una línea
recta de 16.50 ml. (dieciséis con cincuenta metros lineales).
- Por el Frente, Colinda con Calle 4 (Urbanización Cooperativa
Magisterial, con una línea recta de 29.50 ml. (veinte y nueve con cincuenta
metros lineales).
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER la inscripción del bien
inmueble descrito en el Artículo Primero del presente Acuerdo, ante el Registro
de Predios de la Oficina de Los Registros Públicos de Chincha, de acuerdo a lo
establecido por el Artículo 58° de la Ley N° 27972, Artículos. 2008°, 2009° y
2010° del Código Civil, concordante con el Artículo III del T.P. y los
Artículos 1° y del Texto Único Ordenado del Reglamento General de Registros
Públicos.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER la publicación del presente
Acuerdo de Concejo, y efectuar las acciones necesarias para la inscripción ante
los Registros Públicos.
ARTÍCULO CUARTO.- HÁGASE de conocimiento la presente Resolución, a la
Oficina de Obras y Desarrollo Urbano, Gerencia Municipal, y las demás áreas
pertinentes para su cumplimiento y demás fines.
REGÍSTRESE,
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
David Lorenzo Matías Atuncar
Alcalde
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