lunes, 31 de agosto de 2015

Municipalidad Distrital de Sunampe


ACUERDO DE CONCEJO N° 084-2015-MDS
Sunampe, 20 de julio de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL  DE SUNAMPE:
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo celebrada el día 20 de julio del 2015, el Informe Legal N° 189-2015-ALE-JRT de la Oficina de Asesoría Legal, mediante el cual se propone aprobar el Proyecto de Acuerdo de Concejo que dispone el Saneamiento Físico Legal de Terreno de Aportes de “Otros Usos” y “Otros Fines”; y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme establece el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, así como el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 (Ley Orgánica de Municipalidades), los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el Inciso 6) del Artículo 56° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972 señala que son bienes de las Municipalidades, entre otros, los aportes provenientes de las habilitaciones urbanas.
Que, conforme se desprende del Artículo 58° de la misma Ley, los bienes inmuebles de las Municipalidades, a que se refiere el Artículo 56°, se inscriben en los Registros Públicos, a petición del Alcalde y por mérito del Acuerdo del Concejo correspondiente. Lo descrito se halla concordante con lo establecido por los Artículos 2008°, 2009° y 2010° del Código Civil, así como con lo señalado en los Artículos III del T.P. y Artículo 1° y 8° del Texto Único Ordenado del Reglamento General de Registros Públicos, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 079-2005-SUNARP-SN;
Que, el predio con área de aporte para otros fines se encuentra ubicado en la Lotización de la Cooperativa de Vivienda Magisterial Ltda N° 347 Manzana C Lote 15, del Centro Poblado San Martín jurisdicción de este distrito.
Que, según la Partida Registral N° 11000011 expedida por los Registros Públicos aparece que este terreno se encuentra inscrito para “Otros Usos” y “Otros Fines”  lo que conllevaría a colegir que como aporte pertenecería a la administración municipal pero no acredita en forma fehaciente el título de dominio, en consecuencia es de propiedad de esta Municipalidad Distrital;
Que, la Oficina de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 189-2015-MDS-ALE/JRT emite Opinión en el sentido que es necesario proceder al Saneamiento Físico Legal del predio antes descrito, a mérito al Acuerdo de Concejo Respectivo y; la memoria descriptiva elaborado y plano de ubicación visada por la Oficina de Obras y Desarrollo Urbano;
En uso de las atribuciones conferidas por Artículo 9° Numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, concordante con el Artículo 58° de la misma norma legal y contando con el voto unánime de los señores Regidores se aprobó el siguiente:
SE ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO.-  PROCÉDASE, con el Saneamiento Físico Legal del Terreno de “Otros Usos” y “Otros Fines” que es de propiedad de la Municipalidad Distrital de Sunampe, que a continuación se detalla:
A) Terreno predio con área de aporte para otros fines se encuentra ubicado en la Lotización de la Cooperativa de Vivienda Magisterial Ltda N° 347 Manzana C Lote 15, del Centro Poblado San Martín jurisdicción de este distrito, con una Extensión superficial de 353.28 m2 Área digital de 333.7248 m2, cuya matriz se encuentra inscrita en la Partida N° 11000011 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de la provincia de Chincha, siendo los Linderos y Medidas Perimétricas del área a independizar las siguientes:
- Por el Fondo, colinda con el lote D Sub lote 1 (Partida N° 11000746, con una línea recta de 10.75 ml. (diez y setenta y cinco metros lineales).
- Por la Izquierda entrando, colinda con propiedad de terceros, con una línea quebrada de tres tramos B-C(8.50ml)  C-D(20.00ml)  D-E(8.50ml).
- Por la derecha entrando, Colinda con el lote 14, con una línea recta de 16.50 ml. (dieciséis con cincuenta metros lineales).
- Por el Frente, Colinda con Calle 4 (Urbanización Cooperativa Magisterial, con una línea recta de 29.50 ml. (veinte y nueve con cincuenta metros lineales).
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER la inscripción del bien inmueble descrito en el Artículo Primero del presente Acuerdo, ante el Registro de Predios de la Oficina de Los Registros Públicos de Chincha, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 58° de la Ley N° 27972, Artículos. 2008°, 2009° y 2010° del Código Civil, concordante con el Artículo III del T.P. y los Artículos 1° y del Texto Único Ordenado del Reglamento General de Registros Públicos.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo de Concejo, y efectuar las acciones necesarias para la inscripción ante los Registros Públicos.
ARTÍCULO CUARTO.- HÁGASE de conocimiento la presente Resolución, a la Oficina de Obras y Desarrollo Urbano, Gerencia Municipal, y las demás áreas pertinentes para su cumplimiento y demás fines.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
   David Lorenzo Matías Atuncar

Alcalde

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