viernes, 3 de julio de 2015

Municipalidad Distrital de Chincha Baja


ORDENANZA MUNICIPAL N° 005-2015/MDCHB
Chincha Baja, 18  de junio del 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHINCHA BAJA
POR CUANTO:
El Acuerdo de Concejo N° 055-2015-MDCHB de fecha 17 de junio del 2015, sobre pago de derecho para Licencia de Construcción;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el  artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modificado por el artículo único de la Ley N° 28607, en concordancia con el art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, establece  que las Municipalidades Provinciales y Distritales como órganos de Gobierno Local, tienen autonomía política y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 9° del artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades, “Corresponde al Concejo Municipal: crear, modificar, suprimir o exonerar las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias  y derechos conforme  a Ley”.
Que, el artículo 40° de la Ley N° 27972, Orgánica de Municipalidades, establece que mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley.
Estando a lo que se expone de conformidad con la Ley N° 27444, concordante con el numeral 8.-art.9° de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, y con voto unánime de los miembros del Concejo Municipal, aprobó la siguiente.
ORDENANZA  QUE  PRUEBA  ESTABLECER  PAGO  UNICO  PARA  LA  OBTENCIÓN  DE  LA  LICENCIA  DE  CONSTRUCCIÓN
Artículo Primero.- Establecer el pago único de S/.50.00 (Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) como derecho para la obtención de la Licencia de Construcción, contemplado en el ítem 96° del TUPA, a favor de las personas naturales propietarios de viviendas damnificadas de la jurisdicción del distrito de Chincha Baja y que se acojan al Programa de Techo Propio.
Artículo Segundo: El plazo para acogerse, se inicia desde el día siguiente de la publicación de la presente norma municipal hasta el 31 de diciembre del año 2015.
Artículo Tercera.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a las Instancias Administrativas correspondientes de la Municipalidad Distrital de Chincha Baja.
POR TANTO:    Publíquese, y cúmplase.
Oscar William Rojas Ormeño
Alcalde
                                                                                                             


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