sábado, 16 de mayo de 2015

Municipalidad Distrital de Grocio Prado


DECRETO DE ALCALDIA N° 001 - 2015
Grocio Prado, 12 de mayo de 2015
El Alcalde de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, provincia de Chincha, Región lca;
VISTO:
El informe N° 013-2015 ORS/MDGP, emitido por el Lic. JUAN CARLOS PACHAS CASTILLA, responsable de la Oficina de Residuos Sólidos de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, es un órgano de gobierno local, tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos que le confiere el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Art. II del Título de la Ley N° 27972,
Que, el Art. 80 de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que las municipalidades regulan las materias de Saneamiento, Salubridad y Salud, y, siendo estas funciones específicas y exclusivas de las Municipalidades distritales,
Que, por Decreto Supremo N° 033-2015-EF, se han promulgado los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la gestión y Modernización Municipal del año 2015, donde manifiesta las metas y asignación referente a los recursos del Plan de Incentivos y los mecanismos que deberán cumplirse hasta el 31 de diciembre del año en curso, según refiere este Decreto Supremo,
Que, estando a las consideraciones expuestas, a las facultades y atribuciones como lo prescribe la Ley N° 27972 — Ley Orgánica de Municipalidades;
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: IMPLEMENTAR un PROGRAMA DE SEGREGACIÓN EN LA FUENTE Y RECOLECCIÓN SELECTIVA DE RESIDUOS SÓLIDOS DOMICILIARIOS EN UN 30% DE LAS VIVIENDAS URBANAS DEL DISTRITO DE GROCIO PRADO - 2015, atendiendo a 1500 viviendas (mínimo) a partir de la fecha hasta el 31 de diciembre del año en curso.
ARTICULO SEGUNDO: Designar como responsable para la ejecución del PROGRAMA DE SEGREGACIÓN EN LA FUENTE Y RECOLECCION SELECTIVA DE RESIDUOS SÓLIDOS DOMICILIARIOS EN UN 30% DE LAS VIVIENDAS URBANAS DEL DISTRITO DE GROCIO PRADO - 2015, al Lic. JUAN CARLOS PACHAS CASTILLA, debiendo de dar cuenta de los avances debidamente fundamentado en forma mensual ante la Gerencia Municipal, o el Area que haga sus veces en forma jerárquica.
ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR a la Oficina de Imagen Institucional su publicación en el Diario Local de la Provincia.
ARTÍCULO CUARTO: el presente DECRETO entra en vigencia al día siguiente de su publicación.
REGÍSTRESE, PUBLIQUESE, CÚMPLASE Y ARCHÍVESE,
Luis Alfredo Tasayco Tasayco
Alcalde


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