miércoles, 18 de marzo de 2015

Municipalidad Distrital de San Andrés


ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2015-MDSA
San Andrés, 13 de Marzo de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANDRES
POR CUANTO:
EL Concejo Municipal de San Andrés en Sesión Ordinaria de fecha 13 de Marzo del 2015.
CONSIDERANDO:
Que, las municipalidades, no obstante al pertenecer al Sector Publico, de conformidad con la Constitución Política del Estado; artículo 194º concordante con el artículo 11º del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades prescribe: “Las municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico”;
Que, el inciso 1.1 del Articulo N° 1 de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, “Se declara el Estado Peruano, en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano” estableciendo principios, acciones, mecanismos y herramientas para llevar a cabo el mismo.
Que el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamentos de Organización y Funciones – ROF por parte de las entidades de la Administración Publica, en su Artículo 28° precisa que, entre otros, se requiere la aprobación del ROF en el siguiente caso: Para Optimizar o simplificar los procesos de la Entidad con la finalidad de cumplir con mayor eficiencia su misión y funciones;
Que, mediante Ordenanza N° 007-2012-MDSA de fecha 31 de Julio del 2012 se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Andrés y su Organigrama Estructural.
Que, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 24 de Febrero del 2015 se aprobó la creación de tres oficinas en ésta Municipalidad: Acuerdo de Concejo N° 022-2015-MDSA se aprueba la creación de la División de Transporte Urbano, el Acuerdo de Concejo N° 023-2015-MDSA se aprueba la Creación de la Oficina de Salud y Bienestar Social y Acuerdo de Concejo N° 024-2015-MDSA se aprueba la Creación de la Oficina de Participación Vecinal.
El Artículo 9, inciso 3 de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, precisa que son atribuciones del Concejo Municipal, “Aprobar el Régimen de Organización Interior y Funcionamiento del Gobierno Local”, por tal motivo es facultad del Pleno de Concejo aprobar la modificación de los documentos de gestión de esta Municipalidad, siendo en el presente caso correspondiente la modificación del ROF 2012 y el Organigrama Estructural.
Que, los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas, que en materia de competencia de las municipalidades provinciales y distritales, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa, según lo establece el artículo 39 y 40 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
 Estando a lo expuesto y de conformidad con las atribuciones establecidas en el artículo 9o incisos 3 y 8, artículo 40o de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto MAYORITARIO de los miembros del Concejo y, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta; se ha dado la siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
(ROF 2012) Y EL ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANDRÉS
ARTÍCULO PRIMERO APROBAR la modificación del REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF 2012 y ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL documentos que se encuentran adjuntos y forma parte Integrante de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER la publicación de los documentos de gestión aprobados en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Andrés.
ARTICULO TERCERO.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y otras unidades orgánicas el cumplimiento de la presente ordenanza que aprueba los documentos de gestión Modificados.
 POR TANTO:
 Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

JESUS SANTIAGO RAMOS MEDINA

ALCALDE

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