ORDENANZA N° 006 - 2015 – MDAL
Alto Larán, 16 de Enero de 2015.
El Concejo Municipal de la Municipalidad del Distrito de
Alto Larán; y
CONSIDERANDO:
Que,
los Gobiernos Locales gozan de autonomía
política, económica y administrativas en los asuntos de su competencia,
la misma que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos
y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, en concordancia con
los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades
Nº 27972, y el Artículo 188º de la Constitución Política;
Que,
en uso de dichas facultades, el Artículo 9º de la citada Ley, otorga al Concejo
Municipal, atribuciones, entre otras, para crear, modificar, suprimir o
exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a
Ley, como lo contempla el Inciso 9) del Artículo aludido;
Que,
el Artículo 11º del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, Texto Único Ordenado de la
Ley de Tributación Municipal, vinculado al Impuesto Predial, determina en su
4to. Párrafo, “en el caso de terrenos que no hayan sido considerados en los planos
básicos arancelarios oficiales, el valor del mismo será estimado por la Municipalidad
Distrital, respectiva o, en defecto de ella, el contribuyente tomando en cuenta
el valor arancelario más próximo a un terreno de igual característica”,
Que,
de acuerdo con el Informe Nº 003-2015-JR/MDAL de la Jefatura de Rentas, los predios
destinados para usos industriales, ubicados dentro de la jurisdicción distrital
de Alto Laràn, no cuentan con arancel oficial que los grave, proponiéndose se
apruebe un arancel de S/. 32.00 por metro cuadrado (m2), por ser el más próximo
a otros terrenos de iguales características de otras jurisdicciones, cuya
petición fue respaldado con el Informe Nº 006-2015-MDAL/ALE de Asesoria Legal,
Que,
el Concejo Municipal acogiendo dicha propuesta, en Sesión Ordinaria de fecha 12
de Enero de 2015, lo aprobó por unanimidad, por lo que estando a lo expuesto; y
en concordancia con el Artículo 20° Inciso 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades
N° 27972, se aprueba la siguiente Ordenanza:
ORDENANZA
DE
APROBACION DE ARANCEL PARA TERRENOS INDUSTRIALES
Artículo Primero.- APROBAR como arancel
municipal para el ejercicio fiscal 2015 la suma de S/. 32.00, respecto a los
terrenos con fines industriales, ubicados en la jurisdicción del Distrito de
Alto Laràn.
Articulo
Segundo.-
Comuníquese la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal y Jefatura de Rentas
de la Municipalidad para su cumplimiento.
Artículo
Tercero.-Póngase en
conocimiento de la presente Ordenanza a la Municipalidad Provincial de Chincha.
POR LO TANTO:
Mando se registre,
publíquese y cumpla.
ANA MERCEDES SOTTECCANI
ALTAMIRANO
Alcaldesa
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