sábado, 31 de enero de 2015

Municipalidad Provincial de Chincha


 ACUERDO DE CONCEJO No. 09-2015-A/MPCH.
Chincha Alta,   29 de Enero de 2015
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
Visto; el informe No. 110-2015-SGRH/MPCH, de fecha 28 de Enero de 2015, mediante el cual comunica la revisión de los procesos administrativos que ha seguido el Ministerio de Trabajo a la Municipalidad Provincial de Chincha, referente al expediente 037-2014-JZ-CH
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional y la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, señalan que las municipalidades, son órganos de gobierno local que emanan de la voluntad popular, con personería jurídica de derecho público y autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el artículo 9° numeral 23 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal " Autorizar al Procurador Público Municipal, para que en defensa de los intereses y derechos de la municipalidad y bajo responsabilidad, inicie o impulse procesos judiciales contra los funcionarios, servidores o terceros respecto de los cuales el órgano de control interno haya encontrado responsabilidad civil o penal, así como en los demás procesos judiciales interpuestos contra el gobierno local o sus representantes.
Que, de acuerdo al Decreto Legislativo N° 1068, los Procuradores Públicos Municipales ejercen la defensa jurídica del Estado de acuerdo a la Constitución, al citado Decreto Legislativo, su Ley Orgánica y su Reglamento Decreto Supremo N° 017- 2008 — JUS.
Que, con Resolución Directoral No. 104-2014-DPSC/ICA, de fecha 30 de Diciembre de 2014, se resolvió confirmar la Resolución Zonal No. 083-2014-GORE-ICA-DRTPE-JZ-CH, de fecha 03 de Noviembre de 2014, en la parte que impone sanción económica a la Municipalidad Provincial de Chincha, por la primera inasistencia a la citación del inspector laboral, fijándose una multa de s/. 102,600.oo nuevos soles, que deberá abonar la Municipalidad Provincial de Chincha.
Que, con informe legal No. 087-2015-GAJ/MPCH, de fecha 28 de Enero de 2015, el Asesor Jurídico comunica que los Actos de Administración Publica pueden ser impugnados en vía de acción, la acción contenciosa administrativa prevista en el Artículo 148 de la Constitución Política  tiene por finalidad el control jurídico por el Poder Judicial de las actuaciones de la administración publica sujetas al derecho administrativo y la efectiva tutela de los derechos e intereses de los administrados.
El Concejo Municipal, en uso de las facultades conferidas por los artículos 39° y 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972 , Los regidores del Concejo Municipal con el voto por UNANIMIDAD efectuado en la Sesión Ordinaria de fecha 28 de enero de 2015, con la dispensa de lectura y aprobación de actas;
ACUERDA
ARTICULO PRIMERO.- AUTORIZAR al Procurador Público de la Municipalidad Provincial de Chincha, ABOG. PEDRO RODOLFO HUAROTE ALDAY, para que formule Demanda Contenciosa Administrativa contra la Resolución Directoral No. 104-2014-DPSC/ICA, emitida por la Dirección Regional de Trabajo Y P.E.-ICA, ante el Poder Judicial; en defensa de los Intereses de la Municipalidad Provincial de Chincha.
ARTICULO SEGUNDO.-  Encargar al Procurador Publico Municipal de la Municipalidad Provincial de Chincha el cumplimiento  del presente Acuerdo.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
Ing. CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA

Alcalde

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