sábado, 31 de enero de 2015

Municipalidad Provincial de Chincha


RESOLUCIÓN N°. 080-2015-A/MPCH.
Chincha Alta, 28 de Enero de 2015.

CONSIDERANDO:
Que, el  Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley N° 28607 establece que las municipalidades provinciales  son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia en concordancia con el Artículo II  del Título Preliminar de la  Ley N° 27972, Ley  Orgánica de Municipalidades.
Que, de conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades No. 27972,   LA DEFENSA JUDICIAL DE LOS INTERESES Y DERECHOS DE LOS GOBIERNOS LOCALES,  ARTÍCULO 29.- PROCURADURÍAS PÚBLICAS MUNICIPALES - La representación y defensa de los intereses y derechos de las municipalidades en juicio, se ejercitan a través del órgano de defensa judicial conforme a ley, el cual está a cargo de procuradores públicos municipales y el personal de apoyo que requiera.
Que, el artículo 9° numeral 23 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal " Autorizar al Procurador Público Municipal, para que en defensa de los intereses y derechos de la municipalidad y bajo responsabilidad, inicie o impulse procesos judiciales contra los funcionarios, servidores o terceros respecto de los cuales el órgano de control interno haya encontrado responsabilidad civil o penal, así como en los demás procesos judiciales interpuestos contra el gobierno local o sus representantes
Por consideraciones expuestas en la presente y con las facultades conferidas en la Ley  Orgánica de Municipalidades No. 27972;

SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Encargar a partir de la fecha al Abog. PEDRO RODOLFO HUAROTE ALDAY, como Procurador de la Municipalidad Provincial de Chincha, con las atribuciones y obligaciones establecidas por Ley y en los documentos de gestión institucional.
Artículo 2°.- FIJAR, para dicho cargo de confianza, la remuneración establecida en el Presupuesto Municipal.
Artículo 3°.- DAR POR CONCLUIDA toda designación y/o encargatura efectuada con anterioridad a través de resolución municipal que haya hecho mención al cargo de Procurador de la Municipalidad Provincial de Chincha.
Artículo 4°.- ENCARGAR  a la Secretaría General oficiar al Concejo  de Defensa Jurídica del Estado, para su conocimiento y acreditación respectiva, conforme a Ley.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y PUBLIQUESE.

Ing. CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA

Alcalde

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