RESOLUCIÓN N°. 080-2015-A/MPCH.
Chincha Alta, 28 de Enero de 2015.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la
Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley N°
28607 establece que las municipalidades provinciales son órganos de gobierno local. Tienen
autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia
en concordancia con el Artículo II del
Título Preliminar de la Ley N° 27972,
Ley Orgánica de Municipalidades.
Que,
de conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades No. 27972, LA DEFENSA JUDICIAL DE LOS INTERESES Y
DERECHOS DE LOS GOBIERNOS LOCALES, ARTÍCULO
29.- PROCURADURÍAS PÚBLICAS MUNICIPALES - La representación y defensa de los
intereses y derechos de las municipalidades en juicio, se ejercitan a través
del órgano de defensa judicial conforme a ley, el cual está a cargo de
procuradores públicos municipales y el personal de apoyo que requiera.
Que, el artículo 9° numeral 23 de la Ley N° 27972,
Ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal
" Autorizar al Procurador Público Municipal, para que en defensa de los
intereses y derechos de la municipalidad y bajo responsabilidad, inicie o
impulse procesos judiciales contra los funcionarios, servidores o terceros respecto
de los cuales el órgano de control interno haya encontrado responsabilidad
civil o penal, así como en los demás procesos judiciales interpuestos contra el
gobierno local o sus representantes
Por consideraciones expuestas en la presente y con las facultades
conferidas en la Ley Orgánica de
Municipalidades No. 27972;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.-
Encargar a partir de la fecha al Abog. PEDRO RODOLFO HUAROTE ALDAY, como
Procurador de la Municipalidad
Provincial de Chincha, con las atribuciones y obligaciones
establecidas por Ley y en los documentos de gestión institucional.
Artículo 2°.- FIJAR,
para dicho cargo de confianza, la remuneración establecida en el
Presupuesto Municipal.
Artículo 3°.- DAR
POR CONCLUIDA toda designación
y/o encargatura efectuada con anterioridad a través de resolución municipal que
haya hecho mención al cargo de Procurador de la Municipalidad Provincial de
Chincha.
Artículo 4°.-
ENCARGAR a la Secretaría General oficiar al Concejo de Defensa Jurídica del Estado, para su
conocimiento y acreditación respectiva, conforme a Ley.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y PUBLIQUESE.
Ing.
CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA
Alcalde
0 comentarios:
Publicar un comentario