ORDENANZA No. 01-2015-MPCH
Chincha Alta, 28 de Enero de 2015
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE CHINCHA
VISTO,
el
informe No. 022-2015-GM/MPCH, de fecha 14 de enero de 2015, suscrito por la
Gerente Municipal, sobre aprobación de Proyecto de Reglamento de Altas, Bajas y Enajenación de Bienes
Patrimoniales Muebles de la Municipalidad Provincial de Chincha;
CONSIDERANDO:
Que, el Art. 194° de la Constitución
Política del Estado señala que las Municipalidades Provinciales y
Distritales, son órganos de gobierno
local, tiene autonomía Política. Económica y Administrativa en los asuntos de
su competencia conforme a Ley.
Qué,
de conformidad con lo establecido por el Inc. 8) del Art. 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades N°
27972, corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las
Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos.
Que, el proyecto de reglamento
adjunto, de Altas, Bajas y Enajenación de Bienes Patrimoniales Muebles para la
Municipalidad Provincial de Chincha, tiene por finalidad establecer normas y
procedimientos que regirán a las diferentes unidades orgánicas de la Municipalidad
Provincial de Chincha, en los procesos de altas, bajas y enajenación de los bienes
patrimoniales muebles de la Municipalidad, que la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades
y las normas nacionales de la materia lo regulan.
Estando a lo expuesto, con el voto unánime
de los regidores asistentes en la Sesión Ordinaria de fecha 14 de Enero de 2015, con la dispensa de la lectura y aprobación
del acta y a las facultades conferidas
por la Ley Orgánica de Municipalidades N. 27972; se aprueba lo siguiente:
ORDENANZA
QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE
ALTAS,
BAJAS Y ENAJENACION DE BIENES
PATRIMONIALES
MUEBLES DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA.
Artículo
Primero.- APROBAR el Reglamento de Altas, Bajas y Enajenación de Bienes Patrimoniales
Muebles de la Municipalidad Provincial de Chincha, el mismo que consta de 82
artículos y tres Disposiciones Complementarias y Finales, que se adjuntan y
forman parte de la presente Ordenanza.
Articulo
Segundo.- Encargar a la Secretaría
General publicar la presente ordenanza, para los fines pertinentes.
Regístrese,
publíquese, comuníquese y cúmplase
Ing.
CÉSAR ANTONIO CARRANZA FALLA
Alcalde
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