ACUERDO DE CONCEJO N° 04-2015- MDTM
Tambo de Mora, 19 de enero del 2015
VISTOS.
La Sesión Ordinaria de Concejo del 16 de enero del 2015 la Celebración
de un Convenio inter institucional entre la Municipalidad Distrital de
Tambo de Mora y la Municipalidad Provincial de Chincha;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 194° de la
Constitución Política del Estado, las municipalidades Provinciales y
distritales son los órganos de gobierno local y gozan de autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su competencia, que radican en la
facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración, con
sujeción al ordenamiento jurídico.
Que, la Municipalidad Provincial de Chincha ha dispuesto otorgar a
favor de la Municipalidad Distrital de Tambo de Mora para la adquisición o uso
de un vehículo motorizado a fin sea destinado al servido de Seguridad Ciudadana
en la jurisdicción del distrito de Tambo de Mora lo cual va a permitir
viabilizar y potenciar el servicio de Serenazgo en favor de la población del
distrito;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 9o,
numeral 26) de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, corresponde al
Concejo Municipal aprobar la celebración de convenios de cooperación nacional e
internacional y convenios interinstitucionales.
Estando a lo expuesto, con el voto unánime de sus miembros y en uso de
las facultades conferidas por el Numeral 26 del artículo 9, numeral 4 del
artículo 10 y numeral 14 del artículo 20 de la Ley Orgánica de Municipalidades,
Ley N° 27972 y demás normas conexas sobre la materia,
ACORDÓ
Artículo 1o.-
CELEBRAR un Convenio interinstitucional
entre la Municipalidad Distrital de Tambo de Mora con la Municipalidad
Provincial de Chincha sobre la Adquisición o Uso de un Vehículo Motorizado para
ser destinado al Servicio de Seguridad Ciudadana;
Artículo
2°.- AUTORIZAR al Alcalde
de la Municipalidad Distrital de Tambo de Mora para suscribir un Convenio Interinstitucional
con la Municipalidad Provincia! de Chincha;
Artículo
3°.- Facultar a la
Alcaldía a expedir las normas, decreto y/o resoluciones que permitan
efectivizar el presente Acuerdo.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
JESUS AMADO ESPINOZA CRISÓSTOMO
ALCALDE
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