martes, 18 de noviembre de 2014

Municipalidad Provincial de Pisco ORDENANZA N° 011-2014-MPP


Pisco, 30  de Octubre del 2014
EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO.
POR CUANTO:
El Concejo de la Municipalidad Provincial de Pisco, en sesión Ordinaria de fecha  30 de octubre del 2014  se trató lo señalados en los siguientes Informes: Informe N° 861-2014-MPP-GM/GDEIS emitido por la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social   e Informe N° 662- 2014-MPP-GAJ emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de Pisco, donde se informa sobre el Proyecto de Ordenanza que Aprueba  la conformación de la “COORDINADORA MULTISECTORIAL PROVINCIAL PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIONAL INCLUIR PARA CRECER”, en la Municipalidad Provincial de Pisco.
CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades Provinciales, son los organismos de Gobierno Local con su autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de sus competencia, conforme se ha establecido en el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo único de la Ley N° 28607, en concordancia con lo previsto en los artículos 1° y 2° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
Que por el Decreto Supremo N° 008-2013-MIDIS, se aprueba la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social “INCLUIR PARA CRECER”, como herramienta de gestión vinculante basada en la articulación para el logro de resultados en los siguientes cinco ejes estratégicos, definidos mediante un enfoque de ciclo de vida, en atención a las necesidades específicas de cada etapa de desarrollo humano y a la importancia de las intervenciones en edades tempranas sobre los resultados en etapas posteriores de la vida de un individuo: i) Nutrición Infantil; ii) Desarrollo Infantil Temprano;  iii) Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia; iv) Inclusión Económica; y, v) Protección del Adulto Mayor.
Que, en este orden de ideas el Gobierno Local de la Municipalidad Provincial de Pisco, asume el compromiso y responsabilidad de luchar contra la pobreza y exclusión social, tomando en cuenta el enfoque de ciclo de vida, en atención a las necesidades específicas de cada etapa de desarrollo humano y a la importancia de las intervenciones en edades tempranas sobre los resultados en etapas posteriores de la vida de un individuo: i) Nutrición Infantil; ii) Desarrollo Infantil Temprano;  iii) Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia; iv) Inclusión Económica; y, v) Protección del Adulto Mayor, considerando las dimensiones transversales de género, interculturalidad y discapacidad.
Por ello, para el cumplimiento de lo previsto en el Decreto Supremo N° 008-2013-MIDIS, se ha previsto crear la “COORDINADORA MULTISECTORIAL PROVINCIAL PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA ESTRATEGIA INCLUIR PARA CRECER” como Instancia de Articulación y Coordinación, que permita y facilite la acción articulada interinstitucional de todas las entidades público-privadas, que actúan en el ámbito territorial de la Provincia; desde sus diferentes niveles de responsabilidad en el ámbitos de sus competencias, así como, la implementación de acciones concentradas, orientadas a la lucha contra la pobreza, tomando en cuenta el enfoque de ciclo de vida, en atención a las necesidades específicas de cada etapa de desarrollo humano y a la importancia de las intervenciones en cada uno de los ejes estratégicos y considerando las dimensiones transversales de género, interculturalidad y discapacidad;
ORDENANZA DE  CONFORMACIÓN DE LA “COORDINADORA MULTISECTORIAL PROVINCIAL PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIONAL INCLUIR PARA CRECER
ARTICULO PRIMERO.- CONFORMAR la “COORDINADORA MULTISECTORIAL PROVINCIAL PARA LA  IMPLEMENTACIÓN DE LA ESTRATEGIA INCLUIR PARA CRECER” como Instancia de Articulación y Coordinación de la Municipalidad Provincial de Pisco, de  “Lucha Contra la Pobreza tomando en cuenta el enfoque de ciclo de vida, en atención a las necesidades específicas de cada etapa de desarrollo humano y a la importancia de las intervenciones en edades tempranas sobre los resultados en etapas posteriores de la vida de un individuo: i) Nutrición Infantil; ii) Desarrollo Infantil Temprano;  iii) Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia; iv) Inclusión Económica; y, v) Protección del Adulto Mayor con enfoque de género, interculturalidad y discapacidad la cual será responsable de la gestión articulada, supervisión y monitoreo de la implementación de la Estrategia Nacional INCLUIR PARA CRECER dentro del ámbito de la jurisdicción, aprobado por Decreto Supremo 008-2013-MIDIS.
ARTICULO SEGUNDO.- Incorporase la Estrategia Nacional INCLUIR PARA CRECER en las políticas locales y en el Plan de Desarrollo Concertado de la Municipalidad Provincial de Pisco, conformando la Instancia de Articulación y Coordinación de Desarrollo Local de la Provincia de Pisco, lo cual será responsable de la gestión, supervisión y monitoreo de la Estrategia Nacional INCLUIR PARA CRECER, en el ámbito de la Jurisdicción , aprobado por Decreto Supremo N° 008-2013-MIDIS.
ARTICULO TERCERO.- La “COORDINADORA MULTISECTORIAL PROVINCIAL PARA LA  IMPLEMENTACIÓN DE LA ESTRATEGIA INCLUIR PARA CRECER” estará Presidido por el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Pisco, quién actuará como presidente, conformado además por los siguientes integrantes:
a)  El (la) Gerente de Desarrollo e Inclusión Social de la Municipalidad  Provincial de Pisco :
i.    El (la) Sub Gerente de Desarrollo Humano y Participación Vecinal.
ii.    El (la) Sub Gerente de Programa Sociales de Lucha Contra la Pobreza.
iii.    El (la) Sub Gerente de Educación, Cultura, Deporte y Sanidad.
b)  El (la) Gerente de Desarrollo Económico de la Municipalidad  Provincial de Pisco
c)  El (la) Gerente de Desarrollo de la Ciudad de la Municipalidad  Provincial de Pisco
d)  Los Alcaldes distritales de la Provincia de Pisco a través de sus Gerencias de Desarrollo Social
e)  Un representante de la UE 404 Hospital San Juan de Dios de Pisco
f)   Un representante de la Sub Dirección Regional de Pisco y las dependencias a su cargo: salud, educación, trabajo, vivienda, producción, turismo
g)  Un representante de la Unidad de Gestión Local UGEL- PISCO
h)  Un representante de la Mesa de Concertación para la Lucha Contra la Pobreza.
Un representante de la Federación de Mujeres de Pisco.
i)   Un representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS)
j)   Un representante de cada uno de los Programas Sociales adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusión social (MIDIS):
i.    Programa Nacional Cuna MAS
ii.    Programa Nacional de Alimentación Escolar - Qali warma
iii.    Programa Nacional de Asistencia Solidaria - Pensión 65
k)  Un representante de la Beneficencia Pública de Pisco
l)   Un representante del Centro de Emergencia Mujer – CEM
m)             Un representante de la Oficina Municipal de Atención a las Personas con
        Discapacidad – OMAPED, Defensoria Municipal del Niño y Adolescente  
       DEMUNA
J)  Un representante de la División de la Familia  - Policía Nacional del Perú.
K) El Gobernador de Pisco
l)   Un representante de EMAPISCO.
m)             Un representante del Seguro Integral de Salud  SIS
n)  Un representante del CAM- ESSALUD
o)  Un representante del CIAM- PISCO
p)  Un representante de ESSALUD
q)  Un representante de la Jefatura Provincial RENIEC
r)   Un representante de la Cámara de Comercio.
s)  Un representante de la Sanidad de las Fuerzas Policiales
ARTICULO CUARTO.- ACREDITAR, como representante permanente al GERENTE DE DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL  DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO, quien bajo responsabilidad deberá participar en todas las actividades que realice o coordine la “COORDINADORA MULTISECTORIAL PROVINCIAL PARA LA  IMPLEMENTACIÓN DE LA ESTRATEGIA INCLUIR PARA CRECER” como Instancia de Articulación y Coordinación.
ARTICULO QUINTO.- ENCARGAR, a la Gerencia de Desarrollo e Inclusión  Social de la Municipalidad Provincial de Pisco, que realice las gestiones necesarias para que las entidades  que conforman  la “COORDINADORA MULTISECTORIAL PROVINCIAL PARA LA  IMPLEMENTACIÓN DE LA ESTRATEGIA NACIONAL “INCLUIR PARA CRECER” como Instancia de Articulación y Coordinación, acrediten a sus representantes y se expidan los actos administrativos
Correspondientes para su reconocimiento como tales, lo cual deberá ejecutar en un plazo no mayor a 30 días calendarios de publicada la presente Ordenanza Municipal.
ARTICULO SEXTO.- La mencionada “COORDINADORA MULTISECTORIAL PROVINCIAL PARA LA  IMPLEMENTACIÓN DE LA ESTRATEGIA INCLUIR PARA CRECER” tiene por objeto reconocer el trabajo-articulado intersectorial e intergubernamental como factor vital para reducir las brechas existentes en el país y mejorar las condiciones de vida de la población  en situación de pobreza y pobreza extrema, de modo que todos los ciudadanos y ciudadanas puedan ejercer sus derechos, desarrollar sus habilidades y aprovechar las ventajas que ofrece el crecimiento económico, en el ámbito de sus competencias. Asimismo la Coordinadora Multisectorial adoptará las medidas necesarias para su ejecución y cumplimiento, correspondiendo al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social a través del área competente en la jurisdicción realizar el seguimiento de los resultados alcanzados según lo estipula el Decreto Supremo N° 008-2013-MIDIS
ARTICULO SEPTIMO.- La mencionada “COORDINADORA MULTISECTORIAL PROVINCIAL PARA LA  IMPLEMENTACIÓN DE LA ESTRATEGIA INCLUIR PARA CRECER”, para su financiamiento, considera que las acciones e intervenciones necesarias para la ejecución y cumplimiento de la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social “Incluir para Crecer”, se financiarán con cargo al presupuesto institucional de las entidades públicas involucradas.
ARTICULO OCTAVO.- ENCARGAR, a la “COORDINADORA MULTISECTORIAL PROVINCIAL PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA ESTRATEGIA INCLUIR PARA CRECER” como Instancia de Articulación y Coordinación, la formulación de un Plan Articulado Local de Superación de la Pobreza, el mismo que se constituirá en parte del Plan de Desarrollo Local Concertado, teniendo como prioridad el desarrollo infantil temprano y el abordaje de los ejes estratégicos de la Estrategia Nacional de Desarrollo e inclusión social: “Incluir para Crecer”.
ARTICULO NOVENO.- ENCARGAR, a la “COORDINADORA MULTISECTORIAL PROVINCIAL PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA ESTRATEGIA INCLUIR PARA CRECER” como Instancia de Articulación y Coordinación, la elaboración del Reglamento y Plan de Trabajo, respectivo, en un plazo no mayor a 30 días calendarios de instalada.
ARTICULO DECIMO.- PUBLICAR, la presente Ordenanza Municipal conforme a lo dispuesto por la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y PUBLÍQUESE
Jesús Echegaray Nieto

Alcalde

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