Los
jueces y fiscales que tengan resoluciones de no ratificación y destitución del
Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) dejarán sus cargos de inmediato, a
fin de prevenir la utilización indebida del cargo, según el proyecto de
ley aprobado por el Pleno del Congreso.
Al
respecto, el presidente de la Comisión de Justicia del Legislativo, Juan Carlos
Eguren, explicó que la intención es evitar que los magistrados sigan emitiendo
resoluciones y sentencias “que muchas veces son sumamente cuestionables”.
Sostuvo
que la norma tiene como objetivo fortalecer el sistema de justicia y se enmarca
dentro de los esfuerzos que realiza el Congreso para luchar contra la
corrupción.
“La iniciativa aprobada modifica el artículo
21 e inciso 4 del artículo 34 de la Ley Orgánica del CNM que ahora se encargará
de ratificar a los jueces y fiscales de todos los niveles cada 7 años. Los no
ratificados no podrán reingresar al Poder Judicial ni al Ministerio Público. El
proceso de ratificación es independiente de las medidas disciplinarias que
adopte el Poder Judicial, el Ministerio Público”, explicó.
guren
añadió que el texto aprobado precisa que “las resoluciones de no ratificación
se ejecutan en forma inmediata, para que el magistrado no desempeñe función
judicial o fiscal alguna, desde el día siguiente de la publicación de la resolución
en la página electrónica del CNM o la notificación en forma personal en el domicilio
consignado o en el correo electrónico autorizado por el magistrado evaluado”.
Refirió
que la presentación del recurso extraordinario (de reconsideración) no suspende
la ejecución de la resolución de no ratificación y, además, otorga un plazo de
sesenta días naturales para ser resuelta.
Argumentó
que muchas veces los magistrados sometidos a procesos disciplinarios o no ratificados
presentan recursos de reconsideración y mientras estos se resuelven continúan expidiendo
resoluciones controvertidas y discutibles o entorpeciendo el proceso disciplinario
sancionador.
“En
adelante, el magistrado sujeto destitución o no ratificación dejará el cargo al
día siguiente de que se publique la resolución sancionadora, sin perjuicio del
derecho a presentar recursos de reconsideración y/o impugnación”, acotó Eguren.
Añadió
que la suspensión regirá hasta que se emita la resolución definitiva del caso.
CELERIDAD
PROCESAL
Eguren también mencionó que el Pleno del
Parlamento aprobó por amplia mayoría el proyecto de Ley que modifica la Ley de
Celeridad Procesal Civil a fin de brindar herramientas de mayor celeridad al
proceso civil y, a la vez, modernizar algunos de sus requisitos y formalidades
a través de la modificación de una serie de artículos del Código procesal
Civil.
El
titular de la Comisión de Justicia del Parlamento sostuvo que la norma busca,
fundamentalmente, la modernidad, movilidad y celeridad procesal, a través de
una serie de cambios referidos a temas prácticos que aceleren la administración
de justicia.
“Una
justicia que tarda no es justicia”, argumentó,
COMISIÓN
DE JUSTICIA
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