Alto Larán, 20 de Enero de 2014.
El Concejo Municipal de la Municipalidad del Distrito
de Alto Larán;
POR CUANTO: El Concejo Municipal de Alto Larán, en
sesión Ordinaria de fecha 17 de Enero de 2014; y
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativas en los
asuntos de su competencia, conforme lo establece el Artículo 194° de la constitución Política
del estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional N° 27680 y en concordancia con el artículo II del Título
preliminar de la Ley de Municipalidades N° 27972;
Que, la autonomía que la Constitución Política del
Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos
de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento
jurídico;
Que, conforme lo establece el Artículo 13° del Texto
Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por decreto supremo
N° 156-2004-EF-2004-EF y normas modificatorias, las municipalidades están
facultadas para establecer un monto mínimo a pagar por concepto del Impuesto
Predial equivalente al 0.6 % de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente
al 01 de enero del año que corresponda el impuesto;
Que, el Artículo 15° del citado Texto Único Ordenado
de la Ley de Tributación Municipal, regula la forma de pago del Impuesto
Predial, estableciendo que los pagos pueden efectuarse al contado hasta el
último día hábil del mes de febrero de cada año, o en forma fraccionada hasta
en cuatro cuota trimestrales, debiéndose pagar la primera cuota hasta el último día hábil del
mes de febrero y las siguientes los últimos días hábiles de los meses de mayo,
agosto y noviembre, reajustadas de acuerdo a la variación acumulada del índice
de Precios al por Mayor (IPM), que publica el Instituto Nacional de estadística e Informática (INEI).
Que, por tanto es necesario establecer las fechas de
vencimiento para el pago del Impuesto predial para el ejercicio 2014.
En uso de sus facultades contenidas por los artículos
9° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, por UNANIMIDAD, se
aprobó la siguiente:
ORDENANZA
QUE ESTABLECE PAGO MINIMO DEL IMPUESTO PREDIAL Y
APRUEBA CRONOGRAMA DE PAGOS PARA EL IMPUESTO PREDIAL, 2014
Artículo Primero.- MONTO MINIMO DEL IMPUESTO PREDIAL
Establecer en la jurisdicción del Distrito de Alto
Larán, que los contribuyentes obligados al pago del Impuesto Predial por el
Ejercicio 2014, pagaran como mínimo por dicho concepto el 0.6% de la Unidad Impositiva Tributaria, vigente
para el Ejercicio 2014, cuyo monto asciende a VEINTIDOS Y 80/100 NUEVOS SOLES (
S/ 22.80 ).
Artículo segundo.- VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL
IMPUESTO PREDIAL
Las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto
Predial del Ejercicio 2014 serán las siguientes:
Pago al contado 28
de febrero 2014
Pago fraccionado
- Primera Cuota 28
de febrero 2014
- Segunda Cuota
30 de Mayo 2014
- Tercera Cuota 29
de agosto 2014
- Cuarta Cuota 28 de Noviembre 2014
Artículo Tercero.- INTERES MORATORIO
Los pagos que se efectúen con posterioridad a las
fechas antes señaladas estarán sujetas al interés moratorio de conformidad a lo
establecido en el Artículo 33° del Texto Único Ordenado del código Tributario aprobado por Decreto
Supremo N° 135-EF-99.
Artículo Cuarto.- PRORROGA DEL PLAZO DE VENCIMIENTO.
En los casos que por disposición legal pertinente se
dictaren días feriados inhábiles, las fechas de vencimiento se entenderán
prorrogadas al siguiente día hábil.
DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS
Primera.- ENCARGAR a la Jefatura de Rentas y Tesorería
el cumplimiento de la presente Ordenanza, asimismo a Secretaria General su
publicación en el diario oficial de la Provincia.
Segunda. FACULTAR, a la señora Alcaldesa para que
mediante Decreto de Alcaldía, pueda modificar el calendario de pagos a que se
refiere el artículo 3° de la presente Ordenanza.
Tercera. DISPONER que la presente Ordenanza entrara en
vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial de
la Provincia.
POR LO TANTO:
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
Ana M. Sotteccani Altamirano - Alcaldesa
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