viernes, 3 de enero de 2014

Municipalidad Distrital de Chincha Baja Acuerdo de Concejo N° 0103-2013-MDCHB


El Concejo Municipal de Chincha Baja
Chincha Baja,  24  de Diciembre de 2013.
VISTO:
En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 23 de Diciembre 2013 el Informe  Nº 097-2013-VAR/OPP/MDCHB de la Jefatura de Planificación y Presupuesto Srta. Flor Peña Guerra, mediante el cual solicita la aprobación del sueldo del Acalde y dieta de los Regidores para el ejercicio Fiscal 2014.
CONSIDERANDO.-
Que, a través del D.S. Nº 025-2007-PCM, se han fijado medidas sobre los ingresos que por todo concepto perciben los alcaldes. La remuneración fijada  se ha determinado teniendo en cuenta la proporción de la población electoral de la circunscripción de acuerdo a la información emitida por el Registro nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC. En el distrito de Chincha Baja existen 8.090 electores, factor que determina una remuneración mensual de S/. 2,600.oo (dos mil seiscientos y 00/100 nuevos soles).
Que, adicionalmente el art. 5º del citado D.S. Nº 025-2007-PCM, señala que las dietas de los regidores no podrán superar el 30 % del monto total de los ingresos mensuales que perciben los Alcaldes, correspondiéndole la suma de S/.780.00 (Setecientos ochenta y 00/100 nuevos soles) mensual.
De conformidad con lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 9 de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades y contando con el voto unánime el Concejo Municipal de Chincha Baja se adopta el siguiente:
ACUERDO:
ARTICULO 1º FIJAR, la remuneración mensual del Señor Alcalde de Chincha Baja en S/. 2,600.oo (dos mil seiscientos y 000/100 nuevos soles)  de conformidad  con los considerandos expuestos y de acuerdo a Ley.
ARTICULO 2º FIJAR, el monto de la DIETA mensual de los señores regidores en S/. 780.oo (Setecientos ochenta y 00/100 nuevos soles) por asistencia efectiva a Sesiones Ordinarias de Concejo, cuyo total equivale al 30% del monto de los ingresos que percibe el Señor Alcalde de Chincha Baja, es decir :S/. 260.00 (Doscientos sesenta y 00/100 nuevos soles), por cada Sesión de Concejo.
ARTICULO 3º ENCARGAR,  a la SECRETARIA GENERAL, el cumplimiento de la presente disposición.    
Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.
Emilio Del Solar Salazar

Alcalde

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