Pueblo
Nuevo, 24 de Julio del 2013
POR
CUANTO:
EL
CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO
Visto,
en Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha 22 de Julio del presente año,
de la Comisión de Administración Rentas, Planificación y Pre-supuesto, en
relación a la propuesta de actualización del Texto Único de Procedimientos
Administrativos –TUPA- de la Entidad y su adecuación a la Ley No. 29090 “Ley de
Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones”, entre otros; y,
CONSIDERANDO:
Que,
conforme lo prevé el artículo 194º de la Constitución Política del Estado
Peruano, modificada por Ley de reforma constitucional Nº27680, se establece que
las Municipalidades Provinciales y Distritales son Órganos de Gobierno Local
con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que,
de conformidad al Artículo I de la Ley Nº27972 – Ley Orgánica de
Municipalidades, los gobiernos locales son entidades básicas de la organización
territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los
asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses
propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del
gobierno local, el territorio, la población y la organización. Las Municipalidades
Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno promotores del
desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad
para el cumplimiento de sus fines.
Que,
para cumplir dicha función requiere contar con instrumentos técnicos y
administrativos (DE GESTION) que le
permita tener una mejor interrelación entre la Municipalidad y los
administrados o usuarios, siendo uno de ellos el Texto Único de Procedimientos
Administrativos – TUPA.
Que,
mediante Ordenanza Municipal se aprobó el Texto Único de Procedimientos
Administrativos (TUPA) de Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo;
Que, de acuerdo al Informe Nº 098-A-2013-MDPN- de
la Oficina de Contabilidad y Presupuesto de la revisión efectuada se encuentra
que los procedimientos administrativos que corresponden a la Oficina de Desarrollo
Urbano y Obras Publicas fijados en dicho texto, no estaban adecuados a la Ley
Nº29090 – Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, que
establece la regulación jurídica de los procedimientos administrativos para la
obtención de habilitación urbana y de edificación, sus normas reglamentarias
dispuestas a través del Decreto Supremo Nº008-2013-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento
de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación,
Que,
asimismo mediante Informe Nº097-2013-A.L/CEFH de Asesoría Legal, ha informado
que conforme se establece en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del
Estado, en su artículo 8º.- Elevación de Observaciones y en el
artículo53º.-Recursos Impugnativos; deberá incorporarse en el TUPA los procedimientos:
- Recurso de Apelación en los procesos de Selección: Contrataciones, Bienes y
Servicios u obras del Estado, y - Elevación de Observaciones a las Bases; entre
otros.
Que,
consecuentemente propone modificar y/o actualizar todo el TUPA toda vez que
debe efectuarse la eliminación de algunos procedimientos y algunos requisitos
por considerarse innecesarios y no ajustarse a la ley, de igual modo es
necesario adecuar algunos procedimientos sin necesidad de ser suprimidos,
debido a que en algunos casos cambia de denominación, mientras que en otros es
necesario cambiar los requisitos sin necesidad de cambiar la denominación,
conforme han requerido las Áreas de Secretaría General, Oficina de Rentas y
Administración Tributaria, Oficina de transportes,Registro Civil y dar cumplimiento a la recomendación de la
Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros a
través del Oficio Múltiple Nº097-2010-PCM/SGP con la finalidad de adecuarlos y
actualizarlos a las disposiciones contenidas en las normas vigentes y sus
modificatorias, y cuyo detalle se encuentra en el Anexo adjunto;
Que,
el proceso de costeo de todos los procedimientos se ha efectuado de conformidad
a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº064-2010-PCM, que aprueba la nueva metodología
para la determinación de costos de los procedimientos administrativos y
servicios prestados en exclusividad, dándose cumplimiento dentro de los plazos
establecidos conforme a la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº
001-2011-PCM-SGP, que modifica los plazos de implementación de la metodología
de determinación de costos.
Que,
después del análisis y debate de la propuesta presentada por la Oficina de
Presupuesto y Contabilidad, con la Opinión favorable de Asesoría Jurídica de
esta Institución, lo dispuesto por el D.S.Nº079-2007-PCM que aprueba los
lineamientos para elaboración y aprobación de Texto Único de Procedimientos Administrativos
(TUPA) en el marco de la Ley Nº27444, Ley del Procedimiento Administrativo
General, la Ley Nº 29060 – Ley del Silencio Administrativo y la Ley Nº29566 que
modifica diversas disposiciones con el objeto de mejorar el clima de inversión
y facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias, estableciendo en su
Art.5º eliminación de requisitos para solicitar licencias de edificación y de
funcionamiento.
Disponiéndose
su aplicación en esta Municipalidad a través de la presente Ordenanza, la Ley
Orgánica de Municipalidades Nº27972; el Concejo Municipal por Unanimidad y, con
dispensa de trámite de aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente:
ORDENANZA
QUE ACTUALIZA Y MODIFICA EL TEXTO UNICO DE
PROCEDIMIENTOS
ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL
DE PUEBLO NUEVO
Artículo
1º.- Aprobar la Actualización y modificación del Texto Único de Procedimientos
Administrativos -TUPA de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, actualizando su contenido que consta de 124
procedimientos que comprende:
Las
acciones de eliminación, modificación de denominación, incorporación de nuevos,
cambio y Eliminación de requisitos, fijación de nuevas tasas por derecho de
tramitación, correspondiente a las Áreas de Secretaría General, Oficina de
Rentas y Administración Tributaria, Oficina Coactiva, Oficina de Obras Públicas
y Desarrollo Urbano, Oficina de Catastro y Acondicionamiento Territorial,
Oficina de Transportes, Oficina de Registro Civil; por las razones expuestas y
al detalle del Anexo adjunto.
Artículo
2º.- Aprobar las nuevas tasas por los derechos de tramitación en aplicación de
la nueva metodología de costos dispuesta en el Decreto Supremo Nº064-2010-PCM y
su incorporación en el TUPA de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo.
Artículo
3º.- Encárguese a la Secretaría General la debida publicación y difusión de la
presente Ordenanza, y a la Gerencia Municipal adoptar las acciones necesarias
para la aplicación y cumplimiento de las modificaciones del TUPA de esta
Municipalidad por parte de las Oficinas
de las distintas unidades orgánicas de ésta entidad.
Artículo
4º.- Incorpórese los formularios y formatos aprobados mediante Resolución
Viceministerial Nº 003-2008-VMVU-VIVIENDA, mencionados en el Reglamento de
Licencias de Habilitación Urbana y Licencia de Edificación aprobada mediante Decreto
Supremo Nº008-2013-VIVIENDA en los procedimientos de la Subgerencia de Catastro
y Acondicionamiento Territorial, los cuales serán publicados conjuntamente con
el TUPA modificado en el portal institucional de esta Municipalidad www.munipnuevochincha.gob.pe
Artículo
5º.- El presente texto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su
publicación en el Diario Oficial La Verdad del Pueblo.
REGISTRESE,
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
MARIELLA
ORMEÑO DE PEÑA
ALCALDESA