miércoles, 31 de julio de 2013

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO EL CONCEJO POR UNANIMIDAD Y CON DISPENSA DEL TRÁMITE DE APROBACIÓN DEL ACTA, ACORDÓ APROBAR LA SIGUIENTE: ORDENANZA N° 014-2013- MDPN


Pueblo Nuevo, 24 de Julio del 2013
POR CUANTO:
EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO
Visto, en Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha 22 de Julio del presente año, de la Comisión de Administración Rentas, Planificación y Pre-supuesto, en relación a la propuesta de actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA- de la Entidad y su adecuación a la Ley No. 29090 “Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones”, entre otros; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo prevé el artículo 194º de la Constitución Política del Estado Peruano, modificada por Ley de reforma constitucional Nº27680, se establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, de conformidad al Artículo I de la Ley Nº27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales son entidades básicas de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la población y la organización. Las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.
Que, para cumplir dicha función requiere contar con instrumentos técnicos y administrativos (DE GESTION)  que le permita tener una mejor interrelación entre la Municipalidad y los administrados o usuarios, siendo uno de ellos el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA.
Que, mediante Ordenanza Municipal se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo;
Que,  de acuerdo al Informe Nº 098-A-2013-MDPN- de la Oficina de Contabilidad y Presupuesto de la revisión efectuada se encuentra que los procedimientos administrativos que corresponden a la Oficina de Desarrollo Urbano y Obras Publicas fijados en dicho texto, no estaban adecuados a la Ley Nº29090 – Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, que establece la regulación jurídica de los procedimientos administrativos para la obtención de habilitación urbana y de edificación, sus normas reglamentarias dispuestas a través del Decreto Supremo Nº008-2013-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación,
Que, asimismo mediante Informe Nº097-2013-A.L/CEFH de Asesoría Legal, ha informado que conforme se establece en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en su artículo 8º.- Elevación de Observaciones y en el artículo53º.-Recursos Impugnativos; deberá incorporarse en el TUPA los procedimientos: - Recurso de Apelación en los procesos de Selección: Contrataciones, Bienes y Servicios u obras del Estado, y - Elevación de Observaciones a las Bases; entre otros.
Que, consecuentemente propone modificar y/o actualizar todo el TUPA toda vez que debe efectuarse la eliminación de algunos procedimientos y algunos requisitos por considerarse innecesarios y no ajustarse a la ley, de igual modo es necesario adecuar algunos procedimientos sin necesidad de ser suprimidos, debido a que en algunos casos cambia de denominación, mientras que en otros es necesario cambiar los requisitos sin necesidad de cambiar la denominación, conforme han requerido las Áreas de Secretaría General, Oficina de Rentas y Administración Tributaria, Oficina de transportes,Registro Civil  y dar cumplimiento a la recomendación de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros a través del Oficio Múltiple Nº097-2010-PCM/SGP con la finalidad de adecuarlos y actualizarlos a las disposiciones contenidas en las normas vigentes y sus modificatorias, y cuyo detalle se encuentra en el Anexo adjunto;
Que, el proceso de costeo de todos los procedimientos se ha efectuado de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº064-2010-PCM, que aprueba la nueva metodología para la determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, dándose cumplimiento dentro de los plazos establecidos conforme a la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 001-2011-PCM-SGP, que modifica los plazos de implementación de la metodología de determinación de costos.
Que, después del análisis y debate de la propuesta presentada por la Oficina de Presupuesto y Contabilidad, con la Opinión favorable de Asesoría Jurídica de esta Institución, lo dispuesto por el D.S.Nº079-2007-PCM que aprueba los lineamientos para elaboración y aprobación de Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) en el marco de la Ley Nº27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley Nº 29060 – Ley del Silencio Administrativo y la Ley Nº29566 que modifica diversas disposiciones con el objeto de mejorar el clima de inversión y facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias, estableciendo en su Art.5º eliminación de requisitos para solicitar licencias de edificación y de funcionamiento.
Disponiéndose su aplicación en esta Municipalidad a través de la presente Ordenanza, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972; el Concejo Municipal por Unanimidad y, con dispensa de trámite de aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente:
ORDENANZA QUE ACTUALIZA Y MODIFICA EL TEXTO UNICO DE
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO
Artículo 1º.- Aprobar la Actualización y modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo,  actualizando su contenido que consta de 124 procedimientos que comprende:
Las acciones de eliminación, modificación de denominación, incorporación de nuevos, cambio y Eliminación de requisitos, fijación de nuevas tasas por derecho de tramitación, correspondiente a las Áreas de Secretaría General, Oficina de Rentas y Administración Tributaria, Oficina Coactiva, Oficina de Obras Públicas y Desarrollo Urbano, Oficina de Catastro y Acondicionamiento Territorial, Oficina de Transportes, Oficina de Registro Civil; por las razones expuestas y al detalle del Anexo adjunto.
Artículo 2º.- Aprobar las nuevas tasas por los derechos de tramitación en aplicación de la nueva metodología de costos dispuesta en el Decreto Supremo Nº064-2010-PCM y su incorporación en el TUPA de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo.
Artículo 3º.- Encárguese a la Secretaría General la debida publicación y difusión de la presente Ordenanza, y a la Gerencia Municipal adoptar las acciones necesarias para la aplicación y cumplimiento de las modificaciones del TUPA de esta Municipalidad  por parte de las Oficinas de las distintas unidades orgánicas de ésta entidad.
Artículo 4º.- Incorpórese los formularios y formatos aprobados mediante Resolución Viceministerial Nº 003-2008-VMVU-VIVIENDA, mencionados en el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencia de Edificación aprobada mediante Decreto Supremo Nº008-2013-VIVIENDA en los procedimientos de la Subgerencia de Catastro y Acondicionamiento Territorial, los cuales serán publicados conjuntamente con el TUPA modificado en el portal institucional de esta Municipalidad www.munipnuevochincha.gob.pe
Artículo 5º.- El presente texto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial La Verdad del Pueblo.
REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
MARIELLA ORMEÑO DE PEÑA

ALCALDESA

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