Para nadie resulta
extraño el contenido del título que presenta este artículo pero, ES VERDAD aunque
Ud. no lo crea. Miremos: En el Perú se promulgó la Ley N° 28705 cuyo título es: Ley
General para la Prevención y Control de los Riesgos de Consumo de Tabaco”. Esta
Ley, como es claro comprender, tiene por finalidad evitar la contaminación del
medio ambiente con el humo del tabaco y, prohíbe terminantemente FUMAR en
lugares públicos cerrados ya que, según estudios científicos, los más
perjudicados resultaban siempre los no fumadores.
El 02 de abril del
2,010, se expidió la Ley N° 29517 “Ley que Modifica la Ley N° 28705”. Así
es, esta Ley modifica y hace precisión de algunos artículos de la Ley 28705. Como
los siguientes:
“Artículo 3º.- De la
protección contra la exposición al humo del tabaco
3.1. Prohíbese fumar en
los establecimientos dedicados a la salud o a la educación, en las dependencias
públicas, en los interiores de los lugares de trabajo, en los espacios
públicos cerrados y en cualquier medio de transporte público, los que
son ambientes ciento por ciento libres de humo de tabaco.
3.2. Se entiende
por interiores o espacios públicos cerrados todo lugar de trabajo o de acceso
al público que se encuentre cubierto por un techo y cerrado entre paredes,
independientemente del material utilizado para el techo y de que la estructura
sea permanente o temporal.
Artículo 4.- De la
obligatoriedad de un anuncio en lugares donde está prohibido fumar
En todos los
establecimientos a los que se refiere el artículo 3º, deben colocarse en un
lugar visible, carteles con la siguiente inscripción:
“ESTÁ PROHIBIDO FUMAR EN LUGARES PÚBLICOS POR SER DAÑINO PARA LA SALUD”
“AMBIENTE 100% LIBRE DE HUMO DE TABACO”
De lo expuesto se infiere
que, está PROHIBIDO FUMAR en todos los lugares cerrados con
acceso al público, entre ellos los CASINOS Y/O LOS TRAGAMONEDAS.
Exigimos al Ministerio
Pú-blico y específicamente al Fiscal de Prevención del Delito así como al
Defensor del Pueblo que hagan operativos en los casinos y tragamonedas de toda
la región Ica y comprobarán la burla que los propietarios hacen de la Ley.
Colocan sus cartelitos que efectivamente dice “Prohibido Fumar” y al
lado otro que dice “Lugar 100% libre de contaminación” y al ladito de
ellos están los ludópatas (enviciados en los tragamonedas), fumando y llenando
de humo los espacios cerrados, haciendo daño no sólo a los no fumadores sino al
personal que labora en dichos centros de esparcimiento y que, -por necesidad-,
tiene que permanecer toda su jornada laboral en un sitio altamente contaminado
con humo de tabaco.
Esperamos que estas
líneas no sean en vano y que se cumpla con los operativos y con la aplicación
de las multas que correspondan y, en casos de reincidencia, con la clausura del
local infractor.
Estaremos muy atentos.
José Castro Silva - COL. 046
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