miércoles, 18 de diciembre de 2013

Establecen monto único de subsidio de Luto y Sepelio para profesores comprendidos en carrera Pública


Por Decreto Supremo el gobierno ha fijado el monto único del Subsidio por Luto y Sepelio para los profesores de la Carrera Pública Magisterial.
Dicho monto es de tres mil nuevos soles (S/. 3,000.00) que se fija como monto único del Subsidio por Luto y Sepelio al que se refiere el artículo 62 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial.
Este subsidio se otorga al profesor al fallecimiento de su cónyuge o conviviente reconocido judicialmente, padres e hijos, corresponde también su otorgamiento al cónyuge o conviviente reconocido judicialmente, hijos, padres o hermanos en forma excluyente y en ese orden de prelación, al fallecimiento del profesor.

Dicho subsidio no tiene carácter remunerativo ni pensionable.

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