lunes, 16 de septiembre de 2013

Municipalidad Distrital de Alto Larán ORDENANZA N° 015 - 2013 - MDAL


Alto Laràn, 11  de Setiembre de  2013
El Concejo Municipal de la Municipalidad del Distrito de Alto Laràn;
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Alto Larán, en Sesión Ordinaria de fecha 10 de Setiembre de 2013; y
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía  política, económica y administrativas en los asuntos de su competencia, conforme lo establece  el Artículo 194° de la constitución Política del estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional N° 27680 y  en concordancia con el artículo II del Título preliminar de la Ley de Municipalidades N° 27972;
Que, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, en concordancia  con lo mencionado en los considerandos que anteceden, la Municipalidad Distrital de Alto Larán, expidió la Ordenanza N° 006-2013-MDAL  del 21.03.2013 mediante el cual se aprobó el monto mínimo del Impuesto Predial 2013, así como el vencimiento para el pago del Impuesto Predial, así como el plazo para la presentación de la Declaración Jurada de Autovaluo y pago de la Primera Cuota del Ejercicio 2013, con fecha de vencimiento al 26.06.2013, que luego fue ampliado por Ordenanza N° 011-2013-MDAL con vencimiento al 28 de Agosto de 2013;
Que, de acuerdo con el Informe N° 053-2013-JR/MDAL de la Jefatura de Rentas y del Informe N° 323-2013-MDAL/ALE de Asesoria Legal, ha propuesto  la prórroga del plazo aludido para la presentación de la Declaración Jurada de Autovaluo y Pago de la Primera, Segunda y Tercera Cuota del Impuesto Predial, hasta el 30 de Noviembre de 2013, sin recargo de intereses, moras o multas, con el propósito de brindar facilidades de pago a los vecinos de la jurisdicción y puedan cumplir con sus obligaciones,
Que, en Sesión Ordinaria de fecha  10 de Setiembre de 2013, fue puesto a consideración del Concejo Municipal, la propuesta de la prorroga aludida, procediendo el Colegiado con aprobarlo por unanimidad;
Que, estando a lo expuesto en los considerandos que anteceden; y en concordancia con los Artículos 9° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA
PRORROGA PARA LA PRESENTACION DE LA DECLARACION JURADA DE AUTOVALUO Y PAGO DE LA PRIMERA Y
SEGUNDA CUOTA DEL IMPUESTO PREDIAL – 2013
Artículo Primero.- PRORROGUESE hasta el 30 de Noviembre  de 2013, el Plazo para la presentación de la Declaración Jurada de Autovaluo y pago de la Primera, Segunda y Tercera Cuota del Impuesto Predial, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2013, sin recargo de intereses, moras  o multas.
Artículo Segundo.- Comuníquese la presente Ordenanza a la Jefatura de Rentas, de la Municipalidad Distrital de Alto Larán, para su cumplimiento, con conocimiento de la Municipalidad Provincial de Cincha.
Artículo Tercero.- Disponer que el Responsable del Área de Imagen Institucional, proceda a la difusión de la presente Ordenanza a nivel de la jurisdicción del Distrito de Alto Larán.
POR LO TANTO:
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
Ana M. Sotteccani Altamirano

Alcaldesa

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