Alto Laràn, 11 de
Setiembre de 2013
El Concejo Municipal de la Municipalidad del Distrito de
Alto Laràn;
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Alto Larán, en Sesión Ordinaria de
fecha 10 de Setiembre de 2013; y
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativas en los
asuntos de su competencia, conforme lo establece el Artículo 194° de la constitución Política
del estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional N° 27680 y en concordancia con el artículo II del Título
preliminar de la Ley de Municipalidades N° 27972;
Que, la autonomía que la Constitución Política del Perú
establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de
gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento
jurídico;
Que, en concordancia
con lo mencionado en los considerandos que anteceden, la Municipalidad
Distrital de Alto Larán, expidió la Ordenanza N° 006-2013-MDAL del 21.03.2013 mediante el cual se aprobó el
monto mínimo del Impuesto Predial 2013, así como el vencimiento para el pago
del Impuesto Predial, así como el plazo para la presentación de la Declaración
Jurada de Autovaluo y pago de la Primera Cuota del Ejercicio 2013, con fecha de
vencimiento al 26.06.2013, que luego fue ampliado por Ordenanza N°
011-2013-MDAL con vencimiento al 28 de Agosto de 2013;
Que, de acuerdo con el Informe N° 053-2013-JR/MDAL de la
Jefatura de Rentas y del Informe N° 323-2013-MDAL/ALE de Asesoria Legal, ha
propuesto la prórroga del plazo aludido
para la presentación de la Declaración Jurada de Autovaluo y Pago de la
Primera, Segunda y Tercera Cuota del Impuesto Predial, hasta el 30 de Noviembre
de 2013, sin recargo de intereses, moras o multas, con el propósito de brindar
facilidades de pago a los vecinos de la jurisdicción y puedan cumplir con sus
obligaciones,
Que, en Sesión Ordinaria de fecha 10 de Setiembre de 2013, fue puesto a
consideración del Concejo Municipal, la propuesta de la prorroga aludida,
procediendo el Colegiado con aprobarlo por unanimidad;
Que, estando a lo expuesto en los considerandos que
anteceden; y en concordancia con los Artículos 9° y 40° de la Ley Orgánica de
Municipalidades N° 27972, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA
PRORROGA PARA LA PRESENTACION DE LA DECLARACION JURADA DE
AUTOVALUO Y PAGO DE LA PRIMERA Y
SEGUNDA CUOTA DEL IMPUESTO PREDIAL – 2013
Artículo Primero.- PRORROGUESE hasta el 30 de
Noviembre de 2013, el Plazo para la
presentación de la Declaración Jurada de Autovaluo y pago de la Primera,
Segunda y Tercera Cuota del Impuesto Predial, correspondiente al Ejercicio
Fiscal 2013, sin recargo de intereses, moras
o multas.
Artículo Segundo.- Comuníquese la presente Ordenanza a la
Jefatura de Rentas, de la Municipalidad Distrital de Alto Larán, para su
cumplimiento, con conocimiento de la Municipalidad Provincial de Cincha.
Artículo Tercero.- Disponer que el Responsable del Área de
Imagen Institucional, proceda a la difusión de la presente Ordenanza a nivel de
la jurisdicción del Distrito de Alto Larán.
POR LO TANTO:
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
Ana M. Sotteccani Altamirano
Alcaldesa
0 comentarios:
Publicar un comentario