jueves, 8 de agosto de 2013

Registro de organizaciones sindicales trabajadores sector construcción civil


Por Decreto Supremo N° 006-2013-TR el gobierno del presidente constitucional, Ollanta Humala Tasso, ha establecido las normas para el registro de las organizaciones sindicales de trabajadores pertenecientes al sector construcción civil, que consta de 10 artículos y disposiciones transitorias.
En su primer artículo además de normar los requisitos y procedimientos especiales de las organizaciones sindicales, trata sobre la determinación de su representatividad.

Otros de los puntos que se fija es el pago de cuotas sindicales las que deben realizarse mediante depósito en la cuenta bancaria de la organización sindical, entre otros puntos. 

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