martes, 4 de junio de 2013

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE ICA Presidencia


 La Sala Plena y los Jueces de la Corte Superior de Justicia de Ica, en forma unánime, han decidido emitir el pronunciamiento siguiente:
Primero.- Mediante resolución expedida por el Tribunal Constitucional de fecha 21 de mayo del año en curso, en el Expediente N° 0002-2013-PCC/TC, se suspenden los efectos del artículo segundo de la Resolución Administrativa N° 235-2012-CE-PJ, de fecha 27 de noviembre del 2012, y las Resoluciones Nros. 91 y 95 expedidas por el Quinto Juzgado Constitucional de Lima, de fechas 14 de marzo y 22 de abril del año en curso, relacionados con la nivelación de las remuneraciones de los Jueces del Poder Judicial
Segundo.- En respuesta a la sorpresiva medida el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial emitió un comunicado, con fecha 24 de mayo del año 2013, lamentando que se que se afecten los legítimos derechos de los Jueces de este Poder del Estado, cuyas remuneraciones no son reajustadas hace más de doce años; en el referido comunicado se hace saber a la opinión pública que los justos requerimientos de los Jueces no implica un aumento o incremento de las remuneraciones, sino simplemente la nivelación establecida en un mandato legal contenido en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Tercero.- En tal sentido, los Jueces de la Corte Superior de Justicia de Ica, por acuerdo de Sala Plena del 31 de mayo del año 2013, EXPRESAN SU TOTAL APOYO al señor Presidente del Poder Judicial y al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en las gestiones y decisiones que se adopten tendientes a revertir este injusto estado de cosas.
Cuarto.- Así mismo, manifiestan su preocupación por las resoluciones expedidas por el Tribunal Constitucional en el Exp. Antes aludido, N° 0002-2013-PCC/TC, planteado por el Poder Ejecutivo, dado que estas contravienen e interfieren de manera inconstitucional la ejecución de resoluciones judiciales que tienen la autoridad de cosa juzgada e incluso suspende el cumplimiento de resoluciones emanadas del propio Tribunal Constitucional.

Ica, 31 de mayo del 2013.

0 comentarios:

Publicar un comentario

Con la tecnología de Blogger.